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124 NORMAS LEGALES Jueves 1 de junio de 2023 El Peruano / y Rentas, hace suyo el Informe Nº 229-2023-MDC/ GATR-SGREC de fecha 17 de mayo de 2023, de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva, el cual señala que de acuerdo a las normas tributarias en el ámbito municipal, según las cuales corresponde a cada propietario realizar el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales en forma oportuna; y teniendo en cuenta la realidad en la cual muchos contribuyentes están lidiando con el impacto económico negativo que ha venido atravesando nuestro país a consecuencia del COVID, se considera de especial importancia otorgar facilidades a los vecinos de esta jurisdicción a fi n de que puedan cumplir sus obligaciones tributarias contraídas con esta entidad municipal. Por tales consideraciones, propone que en uso de su potestad tributaria, la Municipalidad Distrital de Carabayllo apruebe, mediante Decreto de Alcaldía, la prorroga de la fecha de vencimiento para el pago al contado, la primera y segunda cuota del Impuesto Predial; asi como la 1era. 2da, 3era, 4ta, y 5ta. cuota de los Arbitrios Municipales 2023 hasta el 30 de junio del presente año. De la misma manera, proponen que los contribuyentes podrán acogerse hasta el 30 de junio del presente año, al Bene fi cio del Pronto Pago establecido en la Ordenanza Nº 474-MDC publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 17 de diciembre de 2022, previo pago al contado de los Arbitrios Municipales de todo el ejercicio 2023; Que, mediante Informe Legal N° 298-2023-GAJ/MDC, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina favorablemente respecto a la prórroga de la fecha de vencimiento para pago al contado, la primera y segunda cuota del impuesto Predial, asi como la 1era, 2da, 3era, 4ta, y 5ta. cuota de los Arbitrios Municipales 2023 en el Distrito de Carabayllo, por encontrarse conforme a Ley; y, mediante el Memorando N° 1000-2023-MDC/GM, la Gerencia Municipal remite los actuados a la Secretaría General para la emisión del Decreto correspondiente; Estando a lo informado, ejerciendo las facultades conferidas por la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y con el Visto Bueno de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia Municipal; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de junio de 2023, el plazo de vencimiento para el pago al contado, la primera y segunda cuota del Impuesto Predial; así como la 1era, 2da, 3era, 4ta, y 5ta cuota de los Arbitrios Municipales 2023, establecida en la Ordenanza Nº 480-MDC que fi ja el calendario de pagos tributarios correspondiente al ejercicio 2023 en el Distrito de Carabayllo. Artículo Segundo.- DISPONER que los contribuyentes podrán acogerse hasta el 30 de junio de 2023 al Bene fi cio de Pronto Pago establecido en la Ordenanza Nº 474-MDC publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 17 de diciembre de 2022, previo pago al contado de los Arbitrios Municipales de todo el ejercicio 2023. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, y Subgerencia de Imagen Institucional, el cumplimiento y difusión de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, respectivamente; asimismo, encargar a la Secretaria General y Subgerencia de Logística, la publicación del texto del presente Decreto en el diario o fi cial “El Peruano, y, a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística, su publicación en el Portal Institucional: www.municarabayllo.gob.pe. Artículo Cuarto.- FACULTAR al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y/o mejor aplicación de lo dispuesto en en la presente norma legal, así como para que eventualmente pueda prorrogar su vigencia. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PABLO MENDOZA CUEVA Alcalde 2183096-1MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Autorizan viaje de Alcalde para asistir a evento a realizarse en Argentina ACUERDO DE CONCEJO N° 000018-2023-MDI Independencia, 26 de mayo de 2023 VISTO: En sesión ordinaria de concejo de la fecha que se indica, el pedido de autorización de viaje del Alcalde de la Municipalidad Distrital de Independencia a partir del 28 de mayo al 01 de junio del presente; para asistir al Foro: “Las Ciudades Intermediarias como territorios de talento: el futuro del empleo, la transformación digital y la alimentación saludable”, en Tandil, Argentina. CONSIDERANDO:Que, de conformidad al Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley de reforma Constitucional Nº 30305, concordante con lo dispuesto por el Art. II de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Núm. 11) del Art. 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece como atribución del Concejo Municipal, “Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario”; Que, el Municipio de Tandil y la Organización Mundial CGLU invita al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Independencia a participar del Foro: “Las Ciudades Intermediarias como territorios de talento: el futuro del empleo, la transformación digital y la alimentación saludable”, a realizarse los días 29 y 30 de mayo de 2023 en Tandil, Argentina. Dicho evento y otras actividades que realizará el Alcalde, son de suma importancia por los conocimientos y experiencias exitosas, que podrían ser replicados en bene fi cio del distrito. Estando a lo expuesto, el Pleno del Concejo Municipal por unanimidad y con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, emite el siguiente ACUERDO: Artículo Primero.- AUTORIZAR, a partir del 28 de mayo al 01 de junio del presente, el viaje al exterior del Alcalde de la Municipalidad Distrital de Independencia, Economista ALFEDO REYNAGA RAMIREZ, para asistir al Foro: “Las Ciudades Intermediarias como territorios de talento: el futuro del empleo, la transformación digital y la alimentación saludable”, a realizarse en Tandil, Argentina. Artículo Segundo.- PRECISAR que por decisión del Alcalde Econ. Alfredo Reynaga Ramirez, los pasajes y estadía que genere el viaje al extranjero NO SERÁN ASUMIDOS por la Municipalidad Distrital de Independencia, no generando gastos al erario municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ALFREDO REYNAGA RAMIREZ Alcalde 2182376-1