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122 NORMAS LEGALES Jueves 1 de junio de 2023 El Peruano / Que, la Gerencia de Desarrollo Económico mediante Informe N° D000034-2023-MML-GDE del 25 de mayo de 2023, concluye que en el marco del artículo cuarto del Decreto de Alcaldía N° 010, publicado en el Diario o fi cial El Peruano el 14 de mayo del 2023, el cual declara Zona Rígida para el comercio informal y para el estacionamiento de vehículos, todo el perímetro de entorno y las vías internas del cuadrante de “Mesa Redonda y Mercado Central”, y de las opiniones técnicas vertidas por las Gerencias de Fiscalización y Control, Seguridad Ciudadana, Gestión del Riesgo y Movilidad Urbana, se amplíe los alcances del Decreto de Alcaldía N° 010; Que, mediante Informe N° D000108-2023-MML-OGAJ del 26 de mayo de 2023, la O fi cina General de Asuntos Jurídicos concluye que, la Municipalidad Metropolitana de Lima tiene competencias municipales en materia de comercio ambulatorio y de tránsito, así como en la Gestión del Riesgo de Desastres en el marco de la Ley Orgánica de Municipalidades, las normas generales y las Ordenanzas Metropolitanas; el “Decreto de Alcaldía que amplía los alcances del Decreto de Alcaldía N° 010, aprobado el 11 de mayo del 2023, incorporando como ZONA RIGIDA para el comercio informal a la zona denominada “Triángulo de Grau”, que está conformado por las vías: Av. Abancay Cdras. 9, 10 y 11; Av. Grau Cdras. 4, 5, 6 y 7; Av. Nicolás de Piérola Cdras. 14, 15, 16 y 17; Jr. Montevideo Cdras. 6, 7, 8 y 9; Jr. Leticia Cdras. 6 y 7; Jr. Ayacucho Cdras. 9, 10 y 11; Jr. Andahuaylas Cdras. 13 y 14; Jr. Paruro Cdra. 14; Jr. Inambari Cdra. 6; Pasaje los Artesanos Cdra. 1 del Cercado de Lima”, cuenta con las opiniones favorables de las unidades de la organización, por lo cual se enmarca en las disposiciones establecidas en la normativa vigente; Que, constituye por tanto un imperativo constitucional y legal, la impostergable e ineludible obligación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, ejecutar las acciones que resulten necesarias para dar solución a la problemática señalada, para dar cabal cumplimiento a las leyes, a fi n de garantizar la vigencia de los derechos de las personas, en coordinación con los sectores y entidades del Estado; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, a través de los Decretos de Alcaldía se establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario; Estando a lo dispuesto por los artículos 39 y 42 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y, de conformidad con las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20 de la precitada norma y a lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Ordenanza N° 2537; DECRETA:Artículo Primero.- AMPLIAR los alcances del Decreto de Alcaldía N° 010, aprobado el 11 de mayo de 2023, incorporando como ZONA RÍGIDA para el comercio informal a la zona denominada “Triángulo de Grau”, que está conformado por las vías: Av. Abancay Cdras. 9, 10 y 11; Av. Grau Cdras. 4, 5, 6 y 7; Av. Nicolás de Piérola Cdras. 14, 15, 16 y 17; Jr. Montevideo Cdras. 6, 7, 8 y 9; Jr. Leticia Cdras. 6 y 7; Jr. Ayacucho Cdras. 9, 10 y 11; Jr. Andahuaylas Cdras. 13 y 14; Jr. Paruro Cdra. 14; Jr. Inambari Cdra. 6; Pasaje los Artesanos Cdra. 1 del Cercado de Lima, de acuerdo al Plano que como Anexo 1, forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, a la Gerencia de Fiscalización y Control, Gerencia de Movilidad Urbana, Gerencia de Desarrollo Económico, Gerencia de Gestión del Riesgos de Desastres y a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y, demás áreas pertinentes de la Corporación Municipal, de acuerdo con sus atribuciones y competencias. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo la publicación del presente Decreto Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”, y a la Ofi cina de Gobierno Digital, su publicación, incluyendo su anexo, en el Portal Web de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto Supremo N° 004-2008-PCM. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde 2182707-1 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº478-MDC, que otorga beneficios para el pago de la deudas tributarias y multas administrativas en el distrito de Carabayllo DECRETO DE ALCALDÍA Nº 08-2023-A/MDC Carabayllo, 23 de mayo de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO VISTOS: El Informe Nº 49-2023-GATR-MDC, de fecha 17 de mayo de 2023, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; El Informe No. 231-2023-MDC/GATR-SGREC de fecha 17 de mayo del 2023, emitido por la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva; El Informe Legal N°297-2023-GAJ/MDC, de fecha 22 de mayo de 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorando N°999-2023-GM/MDC, de fecha 22 de mayo de 2023, emitido por la Gerencia Municipal, respecto a la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº478-MDC; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 42 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”; Que, mediante Ordenanza Nº478-MDC, publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 25 de enero de 2023, se otorgaron bene fi cios tributarios y administrativos en la jurisdicción del Distrito de Carabayllo, la misma que fue prorrogada hasta el 31 de mayo de 2023, a través del Decreto de Alcaldía No. 02-2023-A/MDC, Decreto de Alcaldía No. 04-2023-A/MDC y Decreto de Alcaldía No. 07-2023-A/MDC, respectivamente; Que, la Octava Disposición Final de la Ordenanza Nº478-MDC, faculta al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para su adecuada aplicación, así como para disponer su prórroga; Que, mediante Informe Nº 49-2023-GATR-MDC, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, hace suyo el Informe No. 231-2023-MDC/GATR-SGREC de fecha 17 de mayo de 2023 de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva, el cual señala que es política de la actual gestión otorgar a los vecinos del distrito las facilidades que corresponden para lograr