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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (04/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Domingo 4 de junio de 2023 El Peruano / De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 156-2021-PCM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor CARLOS FRANCISCO EYZAGUIRRE BELTROY, en el cargo de Subsecretario de la Subsecretaría de Gestión del Diálogo de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros 2183989-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representante del Ministerio para participar en evento a realizarse en la Confederación Suiza RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 162-2023-MINCETUR Lima, 1 de junio de 2023VISTO, el Memorándum N° 418-2023-MINCETUR/ VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo público competente para de fi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; en tal razón, representa al Perú en los foros y organismos internacionales de comercio y esquemas de integración y tiene la responsabilidad en materias de la promoción de las exportaciones y de las negociaciones comerciales internacionales; Que, la Organización Mundial del Comercio (OMC) es la organización internacional que se ocupa de las normas que rigen el comercio entre los países; teniendo como funciones administrar un sistema mundial de normas comerciales, sirve de foro para la negociación de acuerdos comerciales, se ocupa de la solución de las diferencias comerciales entre sus Miembros y de atender a las necesidades de los países en desarrollo. El Perú es miembro de la OMC desde su creación en el año 1995; Que, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 6 al 8 de junio de 2023, se llevará a cabo la Quinta Reunión de Discusiones Estructuradas de Facilitación de Inversiones para el Desarrollo (FID) de la OMC, la cual se enmarca en la Iniciativa sobre la facilitación de las inversiones para el desarrollo, de la cual el Perú forma parte desde el año 2021; Que, en la referida Reunión se negociará e intercambiará opiniones sobre la estructura y los artículos pendientes de discusión que debe contener el futuro Acuerdo FID de la OMC; tales como de las Secciones I (Ámbito y Principios Generales), VI (Inversión Sostenible) y VII (Arreglos Institucionales y Disposiciones Finales), así como de la estructura legal del Acuerdo FID. Asimismo, se abordará la información brindada por los miembros en el marco de la Encuesta de Evaluación de Necesidades para la implementación del Acuerdo FID; Que, en tal sentido, siendo el Perú receptor de inversiones extranjeras directas de muchos de los miembros de la OMC y dado el carácter de instrumento internacional que contribuye a facilitar la realización y tratamiento de la Inversión Extranjera Directa, es fundamental tener una participación activa en estas negociaciones; ello incluye, entre otros, asistir activamente a todas las reuniones que se convoquen y presentar y/o comentar las propuestas discutidas en los diversos temas del futuro Acuerdo FID; Que, por ser de interés institucional, el Viceministerio de Comercio Exterior solicita que se autorice el viaje del señor Ernesto Emilio Guevara Lam, profesional de la Dirección de Asuntos Multilaterales de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR participe en la reunión antes mencionada; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos, serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y sus modi fi catorias; la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Ernesto Emilio Guevara Lam, profesional de la Dirección de Asuntos Multilaterales de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior, del 4 al 9 de junio de 2023, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, para que, en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participe en la reunión a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, están a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos Clase Económica US$Zona Geográ fi caViáticos por día US$Total Viáticos US$ Ernesto Emilio Guevara Lam2 918,09 Europa 540,00 x 4 días 2 160,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Ernesto Emilio Guevara Lam presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS MATHEWS SALAZAR Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2183457-1