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18 NORMAS LEGALES Viernes 23 de junio de 2023 El Peruano / Que, mediante Resolución de la Unidad de Recursos Humanos Nº 032-2023-MIDIS/PNADP-URH, se aprueba la actualización del Manual de Per fi les de Puestos del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS”, que incluye el/la Ejecutivo(a) de Tecnologías de la Información de la Unidad de Tecnologías de la Información, en el marco de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 027-2023-SERVIR-PE, que formalizó el acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, por el cual se aprobó la Directiva ‘Elaboración y aprobación de per fi les en el sector público’; Que, en mérito a la propuesta remitida con el Memorando Nº 75-2023-MIDIS/PNADP-DE de la Dirección Ejecutiva, la Unidad de Recursos Humanos ha emitido el Memorando Nº 901-2023-MIDIS/PNADP-URH del 22 de junio de 2023, señalando que el profesional Miguel Santiago Avila Jara cumple los requisitos establecidos en el per fi l del puesto de Ejecutivo(a) de Tecnologías de la Información de la Unidad de Tecnologías de la Información del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS”, alineado al Manual de Operaciones del Programa, estimando viable su designación en dicho cargo de con fi anza a partir del 23 de junio de 2023; Que, a través del Informe Nº 206-2023-MIDIS/PNADP- UAJ del 22 de junio de 2023, la Unidad de Asesoría Jurídica estima viable la emisión del acto que dispone la designación en el cargo indicado; Con el visado de la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 032- 2005-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 062- 2005-PCM, el Decreto Supremo Nº 012-2012-MIDIS y el Decreto Supremo Nº 002-2021-MIDIS; la Resolución Ministerial Nº 068-2020-MIDIS; y estando a lo dispuesto por el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS”, aprobado con Resolución Ministerial Nº 278-2017-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al profesional MIGUEL SANTIAGO AVILA JARA en el cargo de con fi anza de Ejecutivo de Tecnologías de la Información de la Unidad de Tecnologías de la Información – Jefe de la Unidad de Tecnologías de la Información del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS”, a partir del 23 de junio de 2023. Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la Unidad de Recursos Humanos para conocimiento y los fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer que la Unidad de Comunicación e Imagen, publique la presente Resolución en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS” (www.gob.pe/juntos), en el plazo de dos (02) días hábiles contados desde su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JESSICA NIÑO DE GUZMÁN ESAINE Directora EjecutivaPrograma Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres “JUNTOS” 2189836-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Decreto Supremo que autoriza Transferencias de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros DECRETO SUPREMO Nº 132-2023-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 de la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, se declara prioritaria, de interés nacional y necesidad pública la implementación de un Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con enfoque de gestión del riesgo de desastres, para la reconstrucción y construcción de la infraestructura pública y viviendas afectadas por desastres naturales con un nivel de emergencia 4 y 5, así como para la implementación de soluciones integrales de prevención; Que, a través del artículo 1 del Decreto Supremo N° 091-2017-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Plan de la Reconstrucción al que se re fi ere la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, se aprueba el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, en el marco de lo dispuesto en la citada Ley N° 30556; Que, el literal b) del numeral 57.1 del artículo 57 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que se han asignado hasta por la suma de S/ 3 397 338 901,00 (TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS UNO Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, en los pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, para la sostenibilidad y continuidad de la ejecución de las intervenciones incluidas en el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios y que se encuentran a cargo de dichos pliegos, de acuerdo con el Anexo IV de la citada Ley; Que, el primer párrafo del literal d) del numeral 57.1 del artículo 57 de la Ley N° 31638 dispone que se han asignado hasta por la suma de S/ 159 620 162,00 (CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS VEINTE MIL CIENTO SESENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, en el pliego Presidencia del Consejo de Ministros - Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, para el fi nanciamiento de las intervenciones incluidas en el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios; Que, el numeral 57.3 del artículo 57 de la Ley N° 31638, establece que, en el caso de modi fi cación y/o actualización del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, y/o actualización en el Banco de Inversiones del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y/o de existir saldos de libre disponibilidad según proyección al cierre del Año Fiscal 2023 de las intervenciones consignadas en el referido Plan, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, para realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del pliego Presidencia del Consejo de Ministros - Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, de conformidad con las disposiciones que para el efecto imparta esta última; las cuales se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas, a solicitud de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, las que comprenden los recursos a los que se re fi eren los literales b) y d) del numeral 57.1, los cuales se destinan a fi nanciar los fi nes establecidos en el acápite ii del literal c) y el literal d) del numeral 57.1 del artículo 57 de la citada Ley; Que, mediante los O fi cios N°s. 474 y 484-2023-ARCC/ DE, la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, a favor del pliego Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, con cargo a los recursos de cuatro (04) pliegos del Gobierno Nacional, de cuatro (04) gobiernos regionales y de sesenta y nueve (69) gobiernos locales, asignados a través de los literales b) y d) del numeral 57.1 del artículo 57 de la Ley N° 31638, que corresponden a saldos de