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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (23/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Viernes 23 de junio de 2023 El Peruano / Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo, Seguimiento y Cumplimiento La Dirección General de Desarrollo Empresarial, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales se realiza la presente Transferencia Financiera. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de la Producción 2189631-1 SALUD Designan Ejecutivo Adjunto II del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 581-2023/MINSA Lima, 22 de junio del 2023CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Directoral Nº 215-2023-OGGRH/MINSA, de fecha 9 de marzo de 2023, se aprobó la actualización de los cargos comprendidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, aprobado con Resolución Secretarial N° 063-2022/MINSA, en el cual el cargo de Ejecutivo/a Adjunto/a II (CAP – P N° 004) del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud, se encuentra clasi fi cado como cargo de con fi anza; Que, se ha visto por conveniente designar en dicho cargo al señor ERIC RICARDO PEÑA SANCHEZ; Con el visado de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor ERIC RICARDO PEÑA SANCHEZ, en el cargo de Ejecutivo Adjunto II (CAP – P N° 004), Nivel F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2189666-1 Modifican el Manual de Clasificador de Cargos del Ministerio de Salud RESOLUCIÓN SECRETARIAL Nº 161-2023/MINSA Lima, 20 de junio del 2023Visto, el expediente N° DIGEP20230000270, que contiene la Nota Informativa N° D000472-2023-DIGEP-MINSA, el Informe N° D000020-2023-DIGEP-DIPLAN-VPN-MINSA y el Informe N° D000024-2023-DIGEP-DIPLAN-VPN-MINSA, emitidos por la Dirección General de Personal de la Salud, el Memorándum N° D001846-2023-OGGRH-MINSA, el Informe N° D000266-2023-OGGRH-OARH-EPP-MINSA y el Informe N° D000273-OGGRH-OARH-EPP-MINSA, emitidos por la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos; el Informe N° D000163-2023-OGPPM-OOM-MINSA de la O fi cina de Organización y Modernización de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000657-2023-OGAJ-MINSA y la Nota Informativa N° D000865-2023-OGAJ-MINSA, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 6 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, establece que las o fi cinas de recursos humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector, teniendo entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) y por la entidad; Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR/PE, se formaliza la aprobación de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional ” (en adelante, la Directiva), la misma que contiene, entre otras, las reglas que permitan a las entidades públicas, elaborar, aprobar, modi fi car y actualizar su Manual de Clasi fi cador de Cargos; Que, el literal c) del sub numeral 5.1 del numeral 5 de la Directiva, de fi ne al Manual de Clasi fi cador de Cargos como el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad; Que el numeral 6.1.4 de la Directiva precisa que, la información dispuesta sobre los cargos estructurales debe contener, como mínimo, lo referente a clasi fi cación, sigla, denominación, funciones y requisitos (Anexo N° 5); debiendo recurrir, en adición a los documentos citados en el numeral 6.1.3 de la misma, a la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, y al MOF vigente de la entidad, de corresponder; Que, asimismo, dicha Directiva en el numeral 6.1.6 señala que, la información presentada sobre clasi fi cación y requisitos debe tener sustento técnico y/o legal, no debiendo consignarse la clasi fi cación de cargos como régimen especial (RE) y/o establecerse requisitos propios de un régimen especial, cuando los cargos no hubieran sido contemplados dentro de una carrera especial en una norma con rango de Ley y/o en una norma reglamentaria; así como tampoco consignarse cargos administrativos cuando la norma sustantiva expresamente dispone la clasi fi cación como RE en atención a una carrera especial; Que, el numeral 6.1.7 de la Directiva, señala que la Ofi cina de Recursos Humanos o la que haga las veces debe elevar la propuesta de Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) al(la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia; asimismo, dispone que de obtener la validación, el(la) titular de la entidad aprueba el MCC y gestiona la publicación de la resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad; Que, el numeral 6.1.9 de la Directiva establece que, la entidad pública, en su portal de transparencia publica