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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (28/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de junio de 2023 El Peruano / DISPOSICIONES APLICABLES A LOS CONCURSOS PÚBLICOS PARA LA SELECCIÓN Y DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DEL TRIBUNAL DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y ATENCIÓN DE RECLAMOS DEL OSITRAN I. DISPOSICIONES GENERALES 1. ObjetoLas presentes Disposiciones regulan la selección y designación de miembros del Tribunal de Solución de Controversias y Atención de Reclamos del Ositrán mediante concurso público, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, Ley N° 27332, modi fi cado mediante Decreto Legislativo N° 1555. 2. Ámbito de aplicaciónLas presentes Disposiciones son de obligatorio cumplimiento para los órganos o unidades orgánicas del Ositrán involucrados en los concursos públicos, desde los actos preparatorios hasta la designación de los miembros del Tribunal de Solución de Controversias y Atención de Reclamos del Ositrán. Los postulantes a los concursos públicos se sujetan a la regulación establecida a través de las presentes Disposiciones. 3. De fi niciones Bases del concurso público: Documento que establece las reglas y requisitos necesarios para realizar las etapas del concurso público. Debe contener toda la información que el/la postulante debe conocer para presentarse al concurso público y que garanticen el cumplimiento de los principios del servicio civil. Experiencia especí fi ca: Esta experiencia está incluida en la experiencia general y se re fi ere al tiempo en funciones equivalentes o equiparables al puesto. Experiencia general: Es el tiempo total de experiencia que se solicita en el Per fi l el Puesto. Jefatura de Gestión de Recursos Humanos: Órgano de apoyo encargado de brindar al Comité el soporte especializado para la realización de las etapas del concurso público (en adelante, JGRH). Tribunal de Solución de Controversias y Atención de Reclamos del Ositrán: Tribunal administrativo del Ositrán competente para resolver en última instancia administrativa controversias y reclamos dentro del ámbito de competencia del Ositrán (en adelante, TSC). 4. Principios Los concursos públicos realizados en aplicación de las presentes Disposiciones se rigen por los siguientes principios: Igualdad de oportunidades.- Principio referido a que las reglas del concurso público, son generales, impersonales, objetivas, públicas y previamente determinadas, sin discriminación alguna por razones de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole. Mérito.- Principio referido a que el acceso a cada etapa del concurso público, se basa en la aptitud, actitud, desempeño, capacidad y resultado de las evaluaciones de los/las postulantes. II. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS II. 1. Del cargo de miembro del TSC5. RequisitosLas bases del concurso público deben contemplar los requisitos legales establecidos para ser miembro del TSC: - Profesional titulado. - Estudios completos a nivel de maestría, en materias relacionadas a la actividad objeto de competencia del Ositrán.- Contar con diez (10) años de experiencia profesional general en el sector público y/o privado. - Contar con cinco (5) años de experiencia profesional especí fi ca en materias que con fi guran el objeto de la competencia del Ositrán. 6. IncompatibilidadesLos postulantes no deben encontrarse inmersos dentro de los impedimentos, prohibiciones o incompatibilidades previstas en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en Servicio Públicos y sus modi fi catorias y el Decreto Supremo N° 044-2006-PCM, Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público – OSITRAN; y en la Ley N° 27588, Ley que establece prohibiciones e incompatibilidades de funcionarios y servidores públicos, así como de las personas que presten servicios al Estado bajo cualquier modalidad contractual, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2002-PCM; o normas que las modi fi quen, complementen o sustituyan. Las bases del concurso público deben establecer los impedimentos legales antes mencionados, así como los demás que resulten aplicables a la función pública. II. 2. Del Concurso Público7. ConducciónEl comité conduce los concursos públicos materia de las presentes Disposiciones, la JGRH actúa como órgano de apoyo del Comité en las actividades que este le encargue. El Comité está conformado por no más de cinco (5) integrantes, de acuerdo con lo designado por la Gerencia General. II. 3. Del procedimientoII.3.1. De los actos preparatorios a la convocatoria8. RequerimientoLa Secretaría Técnica de los Tribunales del Ositrán (en adelante, Secretaría Técnica) comunica a la Gerencia General la necesidad de convocar al concurso público, indicando la cantidad de miembros del TSC que se encuentran pendientes de designación. En dicha comunicación, la Secretaría Técnica debe precisar que cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva; para tal efecto, coordina con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. 9. Designación del ComitéLa Gerencia General del Ositrán designa al Comité conformado de acuerdo con lo establecido en las presentes Disposiciones. La resolución de designación debe establecer el plazo para que el Comité publique la convocatoria al concurso público. La resolución de designación debe publicarse en el portal institucional del Ositrán ubicado en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/ositran). La Gerencia General pone en conocimiento del Consejo Directivo la resolución de designación del comité. 10. Instalación del ComitéEl Comité debe instalarse dentro del plazo de tres (3) días hábiles siguientes a la publicación de la resolución de designación. 11. Aprobación de BasesDentro del plazo de diez (10) días hábiles siguientes a la instalación del Comité, la JGRH remite a los miembros del Comité el proyecto de bases del Concurso Público. Corresponde al Comité la revisión y aprobación de las Bases del Concurso Público. Para tal efecto, cuenta con un plazo de cinco (5) días hábiles siguientes de recibido el proyecto de bases del Concurso Público.