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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2023 (01/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de marzo de 2023 El Peruano / de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, establece que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la citada Ley señala que los pliegos involucrados se encuentran autorizados a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencia, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuados de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fi n de realizar las transferencias fi nancieras a favor del pliego 019-Contraloría General de la República, para el fi nanciamiento del control concurrente; Que, de acuerdo con el numeral 4.2 del mencionado artículo y el numeral 7.3.3 de la Directiva Nº 008-2022-CG/GMPL “Directiva externa que establece disposiciones complementarias de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 103-2022-CG, las transferencias fi nancieras a favor de la Contraloría General en el marco de la Ley Nº 31358 son gestionadas por la o fi cina de presupuesto de la entidad, se aprueban mediante Resolución del Titular del Pliego y se publican en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, mediante O fi cio N° 000067-2023-CG/SGE, de fecha 6 de febrero de 2023, la Secretaría General de la Contraloría General de la República solicita a la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, una Transferencia Financiera a favor del Pliego 019 – Contraloría General, hasta por la suma de S/ 17,835.50 (Diecisiete mil ochocientos treinta y cinco con 50/100 Soles), en el marco de la Ley N° 31358, modi fi cado por la Décima Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023; Que, a través del Memorando N° 000125-2023- PERÚ COMPRAS-OPP, de fecha 24 de febrero de 2023, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto aprobó y adjuntó la Nota de Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0000000198 por el importe de S/ 17,835.50 (Diecisiete mil ochocientos treinta y cinco con 50/100 Soles); Que, por medio del Informe N° 000003-2023-PERÚ COMPRAS-OA-AWP, el Especialista en Ejecución de Inversión Pública señala que, el Proyecto de Inversión “Mejoramiento de la gestión de las contrataciones especiales a realizarse a través de la Central de Compras Públicas en Lima ”, Código Único de Inversión 2275434, se encuentra en fase de ejecución desde el 19 de agosto de 2016, teniendo un monto de inversión actualizado de S/ 5,510,112.40, por lo que, se encuentra sujeto a las acciones de control concurrente establecidas en la Ley N° 31358; precisándose además que, el citado proyecto cuenta con recursos disponibles para fi nanciar la respectiva transferencia, para lo cual, han realizado el registro del costo de control concurrente en el banco de inversiones; Que, con Memorando N° 000304-2023-PERÚ COMPRAS-OA, la O fi cina de Administración señala que, en su calidad de Unidad Ejecutora de Inversiones de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, y de acuerdo con lo expuesto por Especialista en Ejecución de Inversión Pública, ha realizado la modi fi cación correspondiente en el banco de inversiones en gastos de inversión del referido proyecto, para efectuar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General, para el control gubernamental, en el marco de la Décima Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, que modi fi ca el artículo 1 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 096 – Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, a favor del Pliego 019 – Contraloría General, hasta por el importe señalado en el considerando precedente; Que, a través del Informe N° 000056-2023-PERÚ COMPRAS-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que, resulta viable que se emita la Resolución Jefatural que autorice la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, en el marco de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, modi fi cada por la Décima Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023; Con el visto bueno de la Gerencia General, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina de Administración y la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Resolución de Contraloría N° 103-2022-CG, que aprueba la Directiva N° 008-2022-CG/ GMPL “ Directiva Externa que establece disposiciones complementarias de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente ”; el Decreto Legislativo N° 1018; y, en uso de las facultades conferidas por el artículo 8 y el literal y) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, aprobado por Decreto Supremo N° 052-2019-EF; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 096 – Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, hasta por la suma de S/ 17,835.50 (Diecisiete mil ochocientos treinta y cinco con 50/100 Soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, destinada a fi nanciar el despliegue de acciones de control gubernamental sobre el proyecto de inversión “Mejoramiento de la gestión de las contrataciones especiales a realizarse a través de la Central de Compras Públicas en Lima ”, Código Único de Inversión 2275434, en el marco de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, modi fi cada por la Décima Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023. Artículo Segundo.- Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo primero de la presente Resolución no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo Tercero.- Disponer que la O fi cina de Administración, en el ámbito de su competencia, es responsable de llevar a cabo las acciones administrativas orientadas a coadyuvar al cumplimiento de los fi nes para los cuales se realiza la presente transferencia fi nanciera. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y encargar a la O fi cina de Tecnologías de la Información que realice su publicación en el Portal Institucional (www.gob.pe/perucompras) y en la intranet institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO MASUMURA TANAKA Jefe de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS 2155675-1