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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2023 (01/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de marzo de 2023 El Peruano / de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y modi fi catorias; su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 284-2018-EF y modi fi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA y modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y; la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por la Resolución Directoral N° 001-2019-EF/63.01 y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Derogar la Resolución Ministerial N° 253-2021-VIVIENDA. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2155725-1 Aprueban la creación de la Comisión Sectorial, de naturaleza temporal, denominada “Comisión por la Integridad del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 089-2023-VIVIENDA Lima, 28 de febrero de 2023VISTOS:El Informe N° 008-2023-VIVIENDA-SG/OILCC de la O fi cina de Integridad y Lucha contra la Corrupción; el Memorándum N° 196-2023-VIVIENDA/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 43-2023/VIVIENDA-OGPP-OPM de la Ofi cina de Planeamiento y Modernización; el Informe N° 0163-2023-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, se aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, la misma que tiene como objetivo general el contar con instituciones transparentes e íntegras que practican y promueven la probidad en el ámbito público, sector empresarial y la sociedad civil, y garantizar la prevención y sanción efectiva de la corrupción a nivel nacional, regional y local, con la participación activa de la ciudadanía; Que, la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, se organiza en tres ejes, en los cuales se han establecido objetivos especí fi cos a fi n de dotar al Estado peruano, de mecanismos que garanticen la prevención y sanción de la corrupción, propiciar el mejoramiento continuo de las instituciones, corrigiendo aquellas fallas del sistema que aprovecha la corrupción; Que, el Eje 1: Capacidad Preventiva del Estado frente a los actos de corrupción, tiene como objetivo especí fi co 1.4 “Promover e instalar una cultura de integridad y de ética pública, en los/as servidores/as civiles y en la ciudadanía”, estableciendo que las entidades públicas en todos los niveles de gobierno son responsables de desarrollar programas y campañas en favor de la construcción de una cultura de la integridad;Que, con Decreto Supremo N° 042-2018-PCM, se establecen medidas para fortalecer la integridad pública y lucha contra la corrupción con el objeto de orientar la correcta, transparente y e fi ciente actuación de los/as servidores/as públicos/as y de las entidades públicas y con la fi nalidad de contribuir al cumplimiento de las políticas en materia de integridad pública, como parte de las acciones de prevención y lucha contra la corrupción para la consolidación de la democracia, el estado de derecho y el buen gobierno; Que, el numeral IV del Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 044-2018-PCM, propone como estrategia de implementación, un “Modelo de Integridad para las entidades del sector público”; el cual, según la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 180-2021-PCM, se mantiene vigente hasta la actualización de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción; Que, la Directiva N° 001-2019-PCM/SIP “Lineamientos para la implementación de la función de integridad en las entidades de la Administración Pública”, aprobada mediante Resolución de Secretaría de Integridad Pública N° 001-2019-PCM/SIP, establece que la O fi cina de Integridad Institucional es la unidad de organización responsable de ejercer la función de integridad en la entidad, señalando que, en caso se conforme comisiones u otros espacios de articulación en materia de integridad y lucha contra la corrupción; la mencionada o fi cina o la que haga sus veces asume el rol de la secretaría técnica; Que, el numeral 1 del artículo 36 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que las Comisiones Sectoriales son de naturaleza temporal, creadas con fi nes especí fi cos para cumplir funciones de fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos; y se crean formalmente por resolución ministerial del/de la titular a cuyo ámbito de competencia corresponden; Que, el numeral 21.1 del artículo 21 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, establece que las comisiones son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica y se crean para cumplir con funciones de seguimiento, supervisión, fi scalización, propuesta o emisión de informes, que sirven de base para la toma de decisiones de otras entidades; sus conclusiones carecen de efectos jurídicos frente a terceros; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 129- 2021-PCM, se crea la Comisión de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento de naturaleza temporal, por dos (2) años, dependiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con el objeto de fi scalizar las acciones orientadas al cumplimiento del Modelo de Integridad Pública, siendo Presidida por el/la Secretario/a General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, con base en las normas glosadas, mediante Informe N° 008-2023-VIVIENDA-SG/OILCC, la O fi cina de Integridad y Lucha contra la Corrupción, en su calidad de órgano encargado de ejercer la función de integridad en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, sustenta la necesidad de derogar la resolución citada en el considerando que antecede, a fi n de crear una nueva Comisión, incorporando al Despacho Ministerial, quien ejercerá la presidencia; así como la participación del Despacho Viceministerial de Vivienda y Urbanismo y el Despacho Viceministerial de Construcción y Saneamiento; Que, asimismo, con el precitado Informe, la O fi cina de Integridad y Lucha contra la Corrupción, en el marco de lo comunicado por la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros con el O fi cio Múltiple N° D000020-2022-PCM-SIP, propone la conformación de la Red de Integridad del Sector Vivienda Construcción y Saneamiento, integrada por los O fi ciales y/o responsables de ejercer la función de Integridad en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, sus Organismos Públicos adscritos y Entidades adscritas; Que, mediante Memorándum N° 196-2023-VIVIENDA/ OGPP, sustentado en el Informe N° 43-2023/VIVIENDA-OGPP-OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable respecto a la derogación de la Resolución Ministerial N° 129-2021-VIVIENDA, la creación