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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MARZO DEL AÑO 2023 (04/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Sábado 4 de marzo de 2023 El Peruano / Contando con el visado de la Gerencia General, la Ofi cina de Gestión de Recursos Humanos y la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y estando a las funciones señaladas en los literales e) y t) del artículo 16 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, aprobada por Decreto Supremo Nº 003-2019-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora PÍA MARIELLA ROJAS SÁNCHEZ en el cargo de Asesora II de la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU. Artículo 2.- Noti fi car la presente resolución a la señora PÍA MARIELLA ROJAS SÁNCHEZ y a la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ESPERANZA JARA RISCO Presidenta Ejecutiva 2157232-1 AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA Crean la Oficina de Enlace de la Administración Local de Agua Bagua-Santiago, de la Autoridad Administrativa del Agua Marañón RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0075-2023-ANA San Isidro, 1 de marzo de 2023VISTOS: El Informe Técnico Nº 0045-2022-ANA-DPDRH/ AATO de la Dirección de Plani fi cación y Desarrollo de los Recursos Hídricos, el Memorando Nº 2309-2022-ANA-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando Nº 0436-2023-ANA-OA de la O fi cina de Administración y el Informe Legal Nº 0226-2023-ANA-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 29338 Ley de Recursos Hídricos, establece en el artículo 17 que la Autoridad Nacional del Agua cuenta con Autoridades Administrativas del Agua como órganos desconcentrados, que a su vez tienen Administraciones Locales de Agua, a través de los cuales ejerce presencia a nivel nacional; Que, la delimitación de los ámbitos territoriales de las catorce (14) Autoridades Administrativas del Agua, entre ellas de la Autoridad Administrativa del Agua Marañón, fue aprobada mediante Resolución Jefatural Nº 0546-2009-ANA y rati fi cada por la Séptima Disposición Complementaria Final del Reglamento de la acotada Ley; Que, la Autoridad Administrativa del Agua Marañón, está conformada por once (11) Administraciones Locales de Agua, estas son: Bagua- Santiago, Chinchipe-Chamaya, Utcubamba, Chotano-Llaucano, Cajamarca. Las Yangas-Suite, Crisnejas, Huamachuco, Pomabamba, Huari y Alto Marañón, según es de verse en la Resolución Jefatural Nº 807-2011-ANA; Que, la Administración Local de Agua Bagua-Santiago, mediante el Informe Técnico Nº 0067-2022-ANA-AAA.M-ALA.BSA/JCRA sustenta la creación y el funcionamiento de la O fi cina de Enlace Santa María de Nieva, considerando la distancia o lejanía que existe desde la Unidad Orgánica Bagua-Santiago hasta Santa María de Nieva y los demás distritos, considerando la vía terrestre y vía fl uvial, que no permite una oportuna atención a los usuarios de recursos hídricos de Santa María de Nieva y en los demás distritos de la provincia de Condorcanqui, departamento de Amazonas, que implica la cuenca de los ríos Nieva, Santiago y Cenepa; Que, mediante el Informe Nº 0038-2022-ANA-AAA.M, la Autoridad Administrativa del Agua Marañón, solicita la creación de la O fi cina de Enlace Santa María de Nieva, para lo cual, adjunta como sustento técnico el Informe Técnico Nº 0067-2022-ANA-AAA.M-ALA.BSA/JCRA elaborado por la Administración Local del Agua Bagua Santiago; Que, mediante el O fi cio Nº 405-2022-MPC/A, la Municipalidad Provincial de Condorcanqui, solicita la apertura de una O fi cina de Enlace en el distrito de Nieva, provincia de Condorcanqui, región Amazonas, como consecuencia de los acuerdos tomados en la Mesa de Trabajo de fecha 04 de abril de 2022 con el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego y la Autoridad Nacional del Agua, en coordinación con la Autoridad Local de Agua Bagua-Santiago, a fi n de atender las demandas de las comunidades nativas, así como la agenda social y de inversión en la provincia de Condorcanqui; Que, mediante el Informe Técnico Nº 0045-2022-ANA- DPDRH/AATO, la Dirección de Plani fi cación y Desarrollo de los Recursos Hídricos, señala que es técnicamente viable la creación de la O fi cina de Enlace Santa María de Nieva, tal y como ha sido propuesto por la Autoridad Administrativa del Agua Marañón, agregando que su creación, permitiría contribuir a la solución del con fl icto social vigente y, además, atender preventivamente a potenciales situaciones de con fl ictos hídricos dentro de la jurisdicción de forma temprana, debido a la identi fi cación oportuna de las diversas problemáticas hídricas en la zona; Que, los artículos 22 y 23 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, establecen que la Autoridad Nacional del Agua tiene presencia a nivel nacional a través de sus órganos desconcentrados, los que administran los recursos hídricos y sus bienes asociados en sus respectivos ámbitos territoriales, en el marco de las políticas y normas dictadas por la Jefatura Institucional; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, en el acápite 1.2.1 del inciso 1.2 del artículo 1, re fi ere que “…Los actos de administración interna de las entidades destinados a organizar o hacer funcionar sus propias actividades o servicios, son regulados por cada entidad, con sujeción a las disposiciones del Título Preliminar de la Ley, y de aquellas normas que expresamente así lo establezcan”; Que, mediante Memorando Nº 2309-2022-ANA-OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, mani fi esta que debería tomarse en cuenta lo señalado en el Informe Nº 0038-2022-ANA-AAA.M y en el Informe Técnico Nº 0067-2022-ANA-AAA.M-ALA.BSA/JCRA, que sustentan la viabilización de la creación de la O fi cina de Enlace Santa María de Nieva, a fi n de atender a los habitantes de las comunidades nativas, caseríos y anexos de los distritos de Nieva, Río Santiago y El Cenepa, de esta zona transfronteriza, que comprende potenciales usuarios agrarios, poblacionales y acuícolas. Del mismo modo, señala que la operatividad de la mencionada O fi cina sería con cargo a los Gastos Operativos que se le asigna mensualmente a la Administración Local de Agua Bagua – Santiago de la AAA Marañón, sujeta a la normatividad que emite el Ministerio de Economía y Finanzas para cada ejercicio fi scal; Que, mediante el Memorando Nº 2261-2022-ANA- AAA.M, Autoridad Administrativa del Agua Marañón, señala que existiendo el informe técnico justi fi catorio y contando con la opinión favorable de la Dirección de Plani fi cación y Desarrollo de los Recursos Hídricos y la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, respecto a la viabilidad técnica de la creación y funcionamiento de la O fi cina de Enlace de la Autoridad Nacional del Agua, en el distrito de Nieva, provincia de Condorcanqui,