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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MARZO DEL AÑO 2023 (04/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Sábado 4 de marzo de 2023 El Peruano / Que, el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, señala que, a efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el Titular es la máxima autoridad administrativa de la misma, cargo que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 49 del Reglamento de Organizaciones y Funciones del Gobierno Regional de Ancash aprobado por Ordenanza Regional Nº 008-2017-GRA/CR y sus modi fi catorias entre ellas la aprobada por ordenanza Regional Nº 007-2021-GRA/CR recae en el Gobernador Regional de Ancash; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 932-2013-REGION ANCASH/PRE de fecha 11 de diciembre de 2013, se aprobó el Manual de Clasi fi cación de cargos del Gobierno Regional de Ancash, teniendo como base el Reglamento de Organizaciones y Funciones aprobado por Ordenanza Regional Nº 011-2011-REGION ANCASH/CR de fecha 21 de junio 2011 y la Ordenanza Regional Nº 019-2011-REGION ANCASH/CR de fecha 15 de diciembre de 2011, que aprueba el Cuadro de Asignación del Personal del Gobierno Regional de Ancash; Que, mediante Credencial de fecha 24 de noviembre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huaraz, se reconoce al Señor Fabián Koki Noriega Brito, como Gobernador del Gobierno Regional de ancash, periodo de Gobierno Regional 2023 – 2026, con todas las facultades que le con fi ere la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 013- 2023-GRA/GR, de fecha 05 de enero del 2023, delega en el Gerente General Regional la facultad de aprobar planes, directivas, y/o manuales, así como todo documento normativo que regule los actos de administración interna y externa, elaboración de documentos de gestión, trámites internos, lineamientos técnicos – normativos y metodológicos, orientados a optimizar los procesos de carácter interno y externo del Gobierno Regional de Ancash, conforme lo establece el numeral 6 materia Administrativa del artículo 2 de la resolución antes señalada; Que, por tales consideraciones, a fi n de cumplir con la adecuación a los lineamientos dispuestos en la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, corresponde la aprobación del Manual de Clasi fi cador de Cargos del Gobierno Regional de Ancash, propuesto por la Subgerencia de Recursos Humanos, en coordinación con la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a través de la Subgerencia de Modernización y Desarrollo Institucional, conforme a sus competencias funcionales, debiendo dejarse sin efecto la Resolución Ejecutiva Regional Nº 932-2013-REGION ANCASH/PRE de fecha 11 de diciembre de 2013, que aprueba el Manual de Clasi fi cación de Cargos del Gobierno Regional; Estando a lo expuesto, y con la visación de la Gerencia Regional de Administración, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Asesoría Jurídica y en uso de las atribuciones conferidas por el literal d) articulo 16 del Reglamento de Organizaciones y Funciones aprobado por Ordenanza Regional Nº 008-2017-GRA/CR y sus modi fi caciones entre ellas la Ordenanza Regional Nº 007-2021-GRA/CR y la Resolución Ejecutiva Regional Nº 022-2022-GRA/GR. SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR el Manual de Clasi fi cación de Cargos - MCC del Gobierno Regional de Ancash, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Ejecutiva Regional Nº 932-2013-REGION ANCASH/PRE de fecha 11 de diciembre de 2013, que aprueba el Manual de Clasi fi cación de Cargos del Gobierno Regional de Ancash, por los fundamentos expuestos en los considerandos precedentes, asimismo también la Resolución Gerencial General Regional Nº 188-2022-GRA/GGR, de fecha 05 de agosto 2022, y la Resolución Gerencial General Regional Nº 343-2022-GRA/GGR, de fecha 28 de noviembre 2022.Artículo Tercero.- NOTIFICAR la presente Resolución a los órganos competentes del Gobierno Regional de Ancash. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la presente Resolución y el anexo que contiene el Manual de Clasi fi cador de cargos del Gobierno Regional de Ancash en el Portal de la entidad: www.regionancash.gob.pe, así como el diario ofi cial El Peruano y en la Plataforma Digital del Estado Peruano (www.gob.pe) y el portal de Transparencia (www.transparencia.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.WALTER HUGO SANDOVAL BALTAZAR Gerente General Regional 2157014-1 GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Ordenanza Regional que dispone incluir, en el Plan Educativo Regional y/o Actividades Educativas, desarrolladas por la Gerencia Regional de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local, los servicios de apoyo educativo de la Educación Básica Especial ORDENANZA REGIONAL Nº 495-AREQUIPA El Consejo Regional de ArequipaHa aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Que, estando a las consideraciones expuestas en la exposición de motivos, y al amparo de la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional; SE HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA: ORDENANZA QUE ESTABLECE SE INCLUYA EN EL PLAN EDUCATIVO REGIONAL Y/O ACTIVIDADES EDUCATIVAS, DESARROLLADAS POR LA GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN Y LAS UNIDADES DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL, LOS SERVICIOS DE APOYO EDUCATIVO DE LA EDUCACIÓN BÁSICA ESPECIAL Artículo Primero.- INCLUIR, en el Plan Educativo Regional y/o Actividades Educativas, desarrolladas por la Gerencia Regional de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local, los servicios de apoyo educativo de la Educación Básica Especial, promoviéndose la creación de modelos de servicio educativo y formas de atención diversi fi cada dirigido a personas con discapacidad congénita o adquirida, que le di fi culte su aprendizaje regular, el acceso a la información, participación en todos los espacios educativos, y/o necesiten el aprendizaje de técnicas compensatorias que contribuyan a su participación plena y efectiva en la sociedad. Artículo Segundo.- ENCARGAR, al Ejecutivo del Gobierno Regional de Arequipa, a través de la Gerencia Regional de Educación, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”.