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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MARZO DEL AÑO 2023 (04/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Sábado 4 de marzo de 2023 El Peruano / departamento de Amazonas, se debe proseguir con el trámite hasta la emisión de la decisión correspondiente; Que, mediante el Memorando Nº 0436-2023-ANA- OA, la O fi cina de Administración opina que es viable la creación de la O fi cina de Enlace en Santa María de Nieva tal y como ha sido propuesto por la Administración Local de Agua Bagua-Santiago y la Autoridad Administrativa del Agua Marañón, la mismas que cuenta con las opiniones favorables de las Direcciones de Plani fi cación y Desarrollo de los Recursos Hídricos y de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; Que, mediante el informe legal de Vistos de la Ofi cina de Asesoría Jurídica recomienda que se emita la Resolución Jefatural que apruebe la creación de la O fi cina de Enlace Santa María de Nieva, ubicada en el ámbito de la Administración Local de Agua Bagua-Santiago, de la Autoridad Administrativa del Agua Marañón; Estando a lo opinado por la Dirección de Plani fi cación y Desarrollo de los Recursos Hídricos, el visto bueno de la Gerencia General, O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina de Administración y la O fi cina de Asesoría Jurídica, así como de conformidad con la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Creación de la O fi cina de Enlace Créase la O fi cina de Enlace de la Administración Local de Agua Bagua-Santiago, de la Autoridad Administrativa del Agua Marañón; de acuerdo al siguiente detalle: AAA ALA O fi cina de EnlaceUBICACIÓN POLITICO - ADMINISTRATIVA Distrito Provincia Departamento MarañónBa- gua-San- tiagoSanta María de NievaNieva Condorcanqui Amazonas Artículo 2º.- Implementación La implementación de la O fi cina de Enlace, reconocida mediante el articulo precedente no demandará recursos presupuestales adicionales a la institución. Artículo 3º.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución Jefatural a la Autoridad Administrativa del Agua Marañón, la Administración Local del Agua Bagua-Santiago, la Dirección de Plani fi cación y Desarrollo de los Recursos Hídricos y la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y el portal web de la entidad: www.gob.pe/ana. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS MONTERO CHIRITO Jefe 2157230-1 PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO Dan por culminada la función de procuradora pública de la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas RESOLUCIÓN N° D000159-2023-JUS/PGE-PG San Isidro, 3 de marzo del 2023VISTOS: El Informe Nº D000064-2023-JUS/PGE-DIR de la Dirección de Información y Registro de la Procuraduría General del Estado; el Informe Nº D000111-2023-JUS/ PGE-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Procuraduría General del Estado; el Memorando Nº D000016-2023-JUS/PGE-SGCD de la Secretaría General del Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado; y, el Acta Nº 8-2023 de la Sexagésima Cuarta Sesión Extraordinaria del Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado; CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1326, se reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y se crea la Procuraduría General del Estado, como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con personería jurídica de derecho público interno, autonomía funcional, técnica, económica y administrativa para el ejercicio de sus funciones; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 14.1 del artículo 14 del referido decreto legislativo, el Consejo Directivo es el órgano colegiado de mayor nivel jerárquico de la Procuraduría General del Estado; Que, según lo prescrito en los numerales 1 al 6 del artículo 38 del Decreto Legislativo Nº 1326, la designación de los procuradores públicos culmina, por aceptación de renuncia, fallecimiento, incapacidad permanente, término de la designación, destitución y límite de edad; Que, por Decreto Supremo Nº 018-2019-JUS se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1326, con la fi nalidad de optimizar el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado, garantizando el desarrollo efectivo de las actividades desplegadas por los operadores en bene fi cio de los intereses del Estado; Que, la Octava Disposición Complementaria Final del citado reglamento establece que, mediante resolución expresa del Procurador General del Estado, se da término a la designación de los procuradores públicos y procuradores públicos adjuntos de todos los niveles de gobierno, incluso a aquellos que hayan sido designados mediante acto administrativo distinto; Que, de acuerdo a la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1326, el cese de funciones de dichos servidores que se encuentran en actividad a la fecha de entrada de vigencia del mismo, tal como se establece en la Novena Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1326, es dispuesto por el Procurador General del Estado, previa aprobación del Consejo Directivo, manteniéndose dicha atribución hasta que culmine el proceso de evaluación desarrollado en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento antes señalado; Que, mediante Resolución Suprema Nº 260-2002- JUS, se resuelve “Designar, a partir de la fecha, a la doctora SONIA RAQUEL MEDINA CALVO como Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior relativos a Trá fi co Ilícito de Drogas” ; a la fecha denominada Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas, de conformidad al Decreto Legislativo Nº 1326; Que, el Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado, en su Sexagésima Cuarta Sesión Extraordinaria, acordó en concordancia con los documentos de vistos, aceptar dar por culminada la designación de la señora abogada Sonia Raquel Medina Calvo al cargo de procuradora pública de la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas, de conformidad al numeral 6 del artículo 38 del Decreto Legislativo Nº 1326, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados y dispone que se emita el acto resolutivo correspondiente, así como su publicación en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional de la entidad; Con el visto de la Secretaría General del Consejo Directivo, de la Dirección de Información y Registro, y de la O fi cina de Asesoría Jurídica, todas de la Procuraduría General del Estado, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1326 que reestructura el Sistema