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35 NORMAS LEGALES Domingo 5 de marzo de 2023 El Peruano / Artículo Cuarto.- CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Establecer como fechas de vencimiento para presentar la declaración jurada del Impuesto Predial vence el último día del mes de febrero del 2023 y el pago del impuesto predial correspondiente al ejercicio fi scal 2023, conforme al siguiente detalle: Pago del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2023, de acuerdo al siguiente cronograma: Impuesto Predial PAGO AL CONTADO: Bajo esta modalidad el contribuyente podrá efectivizar el pago del impuesto predial correspondiente al ejercicio fi scal 2023, hasta el 28 de febrero de 2023, sin ningún tipo de recargo por reajuste o intereses. PAGO FRACCIONADO: El contribuyente podrá pagar en cuatro cuotas, para el presente ejercicio fi scal 2023, según las fechas de vencimiento que se detallan 1° Cuota Hasta el 28 de febrero de 2023 2° Cuota Hasta el 31 de mayo de 2023 3° Cuota Hasta el 31 de agosto de 2023 4° Cuota Hasta el 30 de noviembre de 2023 Artículo Quinto. - TASA DE INTERÉS MORATORIO La tasa de interés moratoria de 0.90% para el ejercicio fi scal 2023. DISPOSICIONES FINALES Primera.- FACULTAR al señor alcalde para que mediante decreto de alcaldía apruebe las normas reglamentarias respectivas, así como la prórroga parcial o total de la vigencia de la presente ordenanza. Segunda.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Rentas, Fiscalización y Ejecución Coactiva, y demás unidades orgánicas competentes de esta Municipalidad. Tercera.- ENCARGAR a la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Tecnologías de Información la publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Antonio. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. SANTOS EULOGIO VILLEGAS MAMANI Alcalde 2157332-1 Ordenanza que aprueba el régimen tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Recojo de Residuos Sólidos, Mantenimiento de Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana correspondiente al período 2023, y establece el Cronograma de Vencimiento para el pago de los Arbitrios Municipales CONCEJO MUNICIPAL ORDENANZA MUNICIPAL N° 003-2023-MDSA San Antonio,16 de enero de 2023 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ANTONIO:VISTOS: En “Sesión Ordinaria” de fecha 10-01-2023, La opinión Legal Nº 004-2023-OGAJ/MDSA de Expediente Nº 85-2023 de fecha 09-01-2023 SOBRE APROBACIÓN DE LA VIGENCIA DE LOS IMPORTES DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES, APLICADOS DEL AÑO 2022 PARA EL EJERCICIO 2023, A TRAVÉS DE ORDENANZA MUNICIPAL, Y; CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades son los Órganos de Gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título preliminar de la Ley Nº 27972; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 005-2022- MPMN, se aprobó la vigencia de los importes de los arbitrios municipales de Limpieza Publica, Recolección de residuos sólidos, mantenimiento de parques y jardines y seguridad ciudadana, aplicados del año 2021, con el reajuste del índice de precios al consumidor acumulado a diciembre de 2021, para ejercicio 2022, en el distrito de San Antonio, disposición que se emitió en observancia a la primera disposición complementaria transitoria de la Ley N° 31216 “Ley de Creación del Distrito de San Antonio en la provincia de Mariscal Nieto del Departamento de Moquegua”; Que, el Artículo 69º del Decreto Supremo Nº156-2004- EF – “Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal”, establece que las tasas por servicios públicos o arbitrios se calcularán dentro del último trimestre de cada ejercicio fi scal anterior al de su aplicación en función del costo efectivo del servicio a prestar. El artículo 69º-A de la norma acotada, establece que las Ordenanzas que aprueben el monto de las tasas por Arbitrios deberán ser publicadas a más tardar el 31 de diciembre del ejercicio fi scal anterior al de su aplicación. Asimismo, el Artículo 69º-B del mismo cuerpo legal, establece que en caso que las Municipalidades no cumplan con lo dispuesto en el Artículo 69º-A en el plazo establecido, sólo podrán determinar el importe de las tasas por servicios públicos o arbitrios tomando como base el monto de las tasas cobradas al 1º de enero del año fi scal anterior reajustado con la aplicación de la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor vigente en la Capital de Departamento correspondiente a dicho Ejercicio Fiscal; POR CUANTO:EL Concejo Distrital de San Antonio, en uso de las facultades concedidas por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú y modi fi cada por Ley Nº 27680 Ley de reforma constitucional, sobre descentralización, al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 y Ley Nº 31216 “Ley de Creación del Distrito de San Antonio en la provincia de Mariscal Nieto del Departamento de Moquegua”, Decreto Legislativo Nº 776 y sus modi fi catorias y Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, ha aprobado en “Sesión Ordinaria” de fecha 10-01-2023, por UNANIMIDAD y con la Dispensa del trámite de Lectura y aprobación del acta la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LA VIGENCIA DE LOS IMPORTES DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PÚBLICA, RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS, MANTENIMIENTO DE PARQUES Y JARDINES Y SEGURIDAD CIUDADANA, APLICADOS DEL AÑO 2022, PARA EL EJERCICIO 2023 Y APROBAR EL CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, RECOJO DE RESIDUOS SÓLIDOS, MANTENIMIENTO DE PARQUES Y JARDINES Y SEGURIDAD CIUDADANA, PARA EL EJERCICIO 2023 Artículo Primero.- Aprobar el régimen tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Recojo de Residuos Sólidos, Mantenimiento de Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana correspondiente al período 2023,