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26 NORMAS LEGALES Domingo 5 de marzo de 2023 El Peruano / CONSIDERANDO: En el marco de lo dispuesto en la Ley N° 31358, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2837-2022-MP-FN, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 022 Ministerio Público por toda Fuente de Financiamiento. El artículo 1 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, dispone que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los S/ 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República. Asimismo, el numeral 4.1 del artículo 4, indica que “Para el cumplimiento de la presente ley, autorizase a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se refi eren los artículos 1 y 3 de la presente ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del pliego 019 - Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza. (…)”. Mediante el O fi cio N° 000106-2023-CG/SGE la Contraloría General de la República señala que a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, la entidad deberá efectuar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General, correspondiente al 1% del Saldo de Inversión por ejecutar, el cual forma parte del Costo de Control Concurrente determinado; el saldo restante conforme a lo señalado en el referido dispositivo, deberá ser transferido al Pliego 022: Ministerio Público a cargo de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público. Asimismo, dicho Ente Rector de Control solicita al Ministerio Público, efectuar la Transferencia Financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por el monto de S/ 85 603.50 (OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS TRES Y 50/100 SOLES), y las acciones pertinentes para garantizar la mencionada transferencia fi nanciera. El acápite ii) del literal b) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01, establece el procedimiento a seguir para la ejecución de transferencias fi nancieras enmarcadas en el artículo 4 de la Ley N° 31358, para el fi nanciamiento del control concurrente de las inversiones. En atención a lo solicitado y estando a lo propuesto por la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe la referida Transferencia Financiera. Contando con los vistos de la Gerencia General, Ofi cina General de Asesoría Jurídica, O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto y la O fi cina de Presupuesto;De conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Autorizar la Transferencia Financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 022: Ministerio Público del Año Fiscal 2023 hasta por el monto de S/ 85 603,50, (OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS TRES Y 50/100 SOLES) en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar las acciones de control concurrente del proyecto de inversión “Construcción y Equipamiento de la Sede del Ministerio Público en Provincia de Huari dentro del Marco del Nuevo Código Procesal Penal” (CUI N° 2168980), en el marco de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente. Artículo Segundo.- Disponer que la Transferencia Financiera autorizada en el artículo precedente se atienda con cargo al Presupuesto Institucional aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 022: Ministerio Público, Unidad Ejecutora 002: Gerencia General, Programa Presupuestal 0086: Mejora de los Servicios del Sistema de Justicia Penal, Proyecto 2168980: Construcción y Equipamiento de la Sede del Ministerio Público en Provincia de Huari dentro del Marco del Nuevo Código Procesal Penal, Acción de Inversión 6000053: Control Concurrente, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Especí fi ca de Gasto: 2.4.2.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios. Artículo Tercero.- Disponer que los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo Cuarto.- Disponer que la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto remita copia de la presente resolución, a los organismos señalados en el artículo 31º, numeral 31.4 del Decreto Legislativo N° 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, en el plazo establecido en el citado artículo. Artículo Quinto .- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional. Artículo Sexto .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, O fi cina General de Asesoría Jurídica, Órgano de Control Institucional, O fi cina General de Finanzas, O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, O fi cina de Programación Multianual de Inversiones y a la O fi cina de Presupuesto para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2157361-1 Aceptan renuncia de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 526-2023-MP-FN Lima, 3 de marzo de 2023VISTO Y CONSIDERANDO:El ofi cio Nº 385-2023-MP-FN-CN-FEMA, remitido por la abogada Karina Diana Vargas Quiñones, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia