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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2023 (11/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 107

107 Sábado 11 de marzo de 2023 El Peruano / PROYECTO de Regulación de Tarifas, los cuales complementan la motivación de la decisión del Consejo Directivo de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27133, Ley de Promoción del Desarrollo de la Industria del Gas Natural; en la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simpli fi cación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en Servicios Públicos; en el Reglamento General del Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM y en la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, así como en sus normas modi fi catorias, complementarias y conexas. Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° xxx-2023. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación del Ingreso Anual de la Derivación Principal Ayacucho Determinar que el Ingreso Anual de la Derivación Principal Ayacucho asciende a USD 9 359 585,60 (nueve millones trescientos cincuenta y nueve mil quinientos ochenta y cinco con 60/100 dólares americanos), valor expresado al 1 de mayo de 2023, correspondiente al Periodo Regular comprendido del 1 de mayo de 2023 al 30 de abril de 2024. Artículo 2.- Aprobación de la Tarifa Incremental de la Derivación Principal Ayacucho Fijar la Tarifa Incremental (TI t) de la Derivación Principal Ayacucho correspondiente al Periodo Regular comprendido del 1 de mayo de 2023 al 30 de abril de 2024, de acuerdo a lo siguiente: TI t = 2,4253 USD/mil m3 La referida Tarifa Incremental se aplicará únicamente a los Consumidores Independientes que utilicen la Derivación Principal Ayacucho. Artículo 3.- Aprobación del Factor de Aplicación Tarifaria de la Derivación Principal Ayacucho Fijar el Factor de Aplicación Tarifaria (FAT) de la Derivación Principal Ayacucho correspondiente al Periodo Regular comprendido del 1 de mayo de 2023 al 30 de abril de 2024, de acuerdo a lo siguiente: FAT t = 1,0331 El FAT constituye un factor que se aplica a las Tarifas Reguladas de los usuarios de la Red Principal de TGP, mediante el cual se cubrirá el Ingreso Anual de la Derivación Principal Ayacucho. Artículo 4.- Condiciones de Aplicación Disponer que las Condiciones de Aplicación de la Tarifa Incremental de la Derivación Principal Ayacucho, el Cargo por Reserva de Capacidad (CRC) y el Cargo por Uso Mensual (CUM) seguirán los criterios establecidos en el artículo 13 del “Procedimiento de Cálculo de las Tarifas de Transporte y Distribución de Gas Natural por Ductos para el Caso de la Red Principal de Camisea” aprobado mediante Resolución Osinergmin N° 078-2004-OS/CD o el que lo sustituya. Artículo 5.- Vigencia Disponer que la presente resolución entre en vigencia a partir del 01 de mayo de 2023. Artículo 6.- Incorporación de Informes de Sustento Incorporar el Informe Técnico N° XXX-2023-GRT y el Informe Legal N° XXX-2023-GRT como parte integrante de la presente resolución. Artículo 7.- Publicación de la Resolución Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y que sea consignada junto con los Informes a que se re fi ere el artículo precedente en el portal institucional de Osinergmin: https://www.osinergmin. gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2023.aspx OMAR CHAMBERGO RODRÍGUEZ Presidente del Consejo Directivo Osinergmin EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Mediante la Ley de Promoción del Desarrollo de la Industria del Gas Natural, Ley N° 27133, y su reglamento, se permitió al Estado peruano suscribir adendas a los contratos de transporte de gas natural con la fi nalidad que los concesionarios de dichos contratos pudieran ejecutar, entre otros, derivaciones desde sus redes de transporte (“Derivaciones Principales”). En este contexto, el Ministerio de Energía y Minas - Minem y la empresa Transportadora de Gas del Perú S.A. – TGP, Sociedad Concesionaria de Transporte de Gas Natural por Ductos de Camisea al City Gate, suscribieron una adenda al Contrato de Concesión de TGP para la ejecución de la Derivación Principal Ayacucho. Conforme al Reglamento de la Ley N° 27133, la Derivaciones Principales se remunerarían a través de los conceptos de Ingreso Anual, la Tarifa Incremental y el Factor de Aplicación Tarifaria (FAT). Asimismo, conforme a la adenda al Contrato de Concesión de TGP, suscrito por el Minem y TGP, aprobada por Resolución Suprema N° 053-2013-EM, una vez ejecutada la Derivación Principal Ayacucho, el costo de inversión de dicha obra sería reajustado. Para ello, sería necesario que el Minem y TGP suscribiesen un Acta en el cual establecieran el valor reajustado del costo de inversión. Posteriormente, Osinergmin haría lo propio con los conceptos de Ingreso Anual, la Tarifa Incremental y el FAT correspondientes sobre la base del costo de inversión reajustado. De acuerdo a ello, con fecha 6 de abril de 2022, el Minem y TGP suscribieron el Acta de reunión para el reajuste del Costo de Inversión del Proyecto Derivación Principal Ayacucho, como resultado de los laudos arbitrales que resolvieron la controversia sobre el costo de inversión, la cual remitieron a Osinergmin a efectos de que realice las acciones correspondientes. Al respecto, la Adenda establece que Osinergmin deberá considerar el costo de inversión reajustado a efectos de determinar el Ingreso Anual y fi jar la Tarifa Incremental y el FAT de la Derivación Principal Ayacucho. Mediante Resolución N° 064-2022-OS/CD, Osinergmin aprobó el Ingreso Anual correspondiente al inicio del primer Periodo Regular, la Tarifa Incremental y el Factor de Aplicación Tarifaria (FAT) de la Derivación Principal Ayacucho vigentes entre el 1 de mayo 2022 al 30 de abril de 2023, en aplicación del “Procedimiento para el Cálculo del Ingreso Anual, la Tarifa Incremental y el Factor de Aplicación Tarifaria (FAT) por Construcción de Derivaciones Principales de Transporte de Gas Natural Por Ductos”, aprobado con Resolución N° 168-2016-OS/CD. Considerando que ha transcurrido el plazo de vigencia de dichos conceptos tarifarios, corresponde a Osinergmin emitir la presente resolución mediante la cual se determina el Ingreso Anual, y fi ja la Tarifa Incremental y el Factor de Aplicación Tarifaria (FAT) de la Derivación Principal Ayacucho para el Periodo Regular comprendido entre el 1 de mayo 2023 al 30 de abril de 2024. En tal sentido, en virtud del Principio de Legalidad, y en el marco del procedimiento establecido en el Anexo C.8 de la Norma “Procedimientos para Fijación de Precios Regulados” aprobada mediante Resolución N° 080-2012-OS/CD, en cumplimiento de la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simpli fi cación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; este organismo debe disponer la publicación del Proyecto de Resolución que determina el Ingreso Anual, y fi ja la Tarifa Incremental y el Factor de Aplicación Tarifaria (FAT) de la Derivación Principal Ayacucho para el Periodo Regular comprendido entre el 1 de mayo 2023 al 30 de abril de 2024. 2159270-1