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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2023 (11/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 92

92 NORMAS LEGALES Sábado 11 de marzo de 2023 El Peruano / - DNI del representante de la Junta Vecinal que será el agente participante (copia). - Documento que acredite su representación de la Junta Vecinal. 3. Organismos e instituciones privadas y entidades del gobierno: - Ficha de inscripción al proceso, de la persona que participará en representación del Organismo, Institución Privada o Entidad de Gobierno, quien en adelante será Agente Participante (Anexo Nº1). - DNI del representante y de la persona que participará en representación de la entidad (copia). - Documento que acredite su representación de la organización o institución En caso de organismo o institución privada, se deberá presentar: - Ficha de inscripción en los registros públicos. - Vigencia de poder actual del representante legal.- DNI del representante legal y de la persona que participará en representación del organismo o institución privada (copia). De no contar con fi cha de inscripción en Registros Públicos, deberá adjuntar, Acta de Fundación (copia), Constitución o Estatuto de la Organización según corresponda. La inscripción se efectuará de manera virtual o presencial a través de Anexo Nº 1 “Ficha de inscripción de agentes participantes”, en la plataforma de atención y la subsanación de los documentos de acreditación de los agentes participantes, estará a cargo de la Gerencia de Participación Vecinal, luego de lo cual el listado de los participantes que cumplen con requisitos para su inscripción, en coordinación con la Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, será publicado en la página web de la Municipalidad de San Isidro, de acuerdo al cronograma respectivo. Para el ingreso a los talleres de trabajo, los agentes participantes deberán acreditarse de manera obligatoria y fi rmar el Registro de Asistencia a cargo de la Gerencia de Participación Vecinal. e) Capacitación de agentes participantes , los cuales se realizan para preparar a los agentes participantes en temas que permiten un mejor desarrollo y resultado para el proceso de Presupuesto Participativo. Artículo 16.- FASE DE CONCERTACIÓN En esta fase se reúnen el Equipo Técnico y la sociedad civil en talleres para desarrollar un trabajo concertado de diagnóstico, identi fi cación y priorización de resultados y proyectos de inversión que contribuyan al logro de resultados a favor del distrito. Los integrantes del Equipo Técnico serán los encargados de brindar apoyo para la realización de los talleres de trabajo, debiendo preparar la información necesaria para tal fi n. Se inicia con la presentación del diagnóstico del ámbito territorial que incluye información disponible sobre los resultados deseados para el distrito (objetivos contenidos en el Plan de Desarrollo Local Concertado) y otros que el Equipo Técnico considere prioritario, asignando puntajes a cada criterio priorizando los resultados que se aborden; de ésta manera, los proyectos que se identi fi quen según las necesidades responderán a la priorización de resultados, lo que se analizará en el Taller de Identi fi cación y Priorización de Resultados. En base a lo descrito, los Agentes Participantes con sus respectivos representados efectuarán reuniones de Trabajo y/o Asambleas de forma previa a los Talleres de Trabajo, a fi n de recoger sus inquietudes y necesidades y poder registrar las propuestas consensuadas a través del Anexo Nº 2 “Ficha de identi fi cación mínima por proyecto de inversión”, presentando documentos que sustenten los resultados concertados con sus representados. Cabe señalar que, durante el periodo de presentación de la “ fi cha de identi fi cación mínima por proyecto de inversión”, se efectuará reuniones con el Equipo Técnico para facilitar el acompañamiento en el registro de los proyectos propuestos, a solicitud de los agentes participantes. Para el caso de Juntas Vecinales que actúen como agentes participantes, deberán presentar copia del Acta de Asamblea debidamente suscrita donde detallen la priorización de proyectos en el Presupuesto Participativo, la cual deberá contar con el respaldo vecinal. De otro lado, el Equipo Técnico propone una cartera de proyectos, concordante con los resultados priorizados, a fi n que los agentes participantes los consideren para la priorización de proyectos de inversión. Durante la etapa de Evaluación por parte del Equipo Técnico, previa al Taller de Priorización de Proyectos y formalización de acuerdos y compromisos se aplicará el Anexo Nº 3 “Matriz de criterios de evaluación técnica de proyectos”, para lo cual se tendrá en consideración: a) Análisis de la cartera de proyectos vinculados a los resultados priorizados, veri fi cando si cuentan con estudios de pre inversión o expediente técnico, que contribuyan al cierre de brechas. b) De no contar con estudios de pre inversión o expediente técnico, el Equipo Técnico determinará si sus características lo cali fi can como un proyecto de inversión o Inversión de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR). c) El Equipo Técnico presentará la lista de proyectos que superaron la evaluación técnica, ordenados de mayor a menor, que serán considerados de acuerdo a su costo estimado en la priorización de proyectos del proceso. d) Los proyectos de inversión que por limitación presupuestal no logren su fi nanciamiento, se incluyen en lista de proyectos alternativos. De existir disponibilidad de recursos en la fase de ejecución éstos proyectos podrán incorporarse. El Equipo Técnico presenta los resultados del Presupuesto Participativo a los agentes participantes, según la cali fi cación obtenida luego de la evaluación técnica. Se conforma el Comité de Vigilancia requiriendo la propuesta y votación por parte de los agentes participantes. El Equipo Técnico elabora el Acta de Acuerdos y Compromisos del Proceso, formalizándola con las fi rmas de los agentes participantes. Artículo 17.- FASE DE COORDINACIÓN De existir proyectos de inversión pública de ámbito metropolitano, se comunicará a la Municipalidad Metropolitana de Lima, estableciendo previamente mecanismos de coordinación, para su inclusión en los Procesos de Presupuesto Participativo metropolitano que permita la ejecución de los proyectos priorizados, dichos mecanismos de coordinación se efectuarán respetando las competencias y niveles de gobierno. El Alcalde como presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital, informará los acuerdos y propuestas de proyectos de inversión pública, cuyo ámbito de ejecución, competencia o impacto, de ser el caso, sea del ámbito metropolitano. Artículo 18.- FASE DE FORMALIZACIÓN La formalización de los acuerdos y compromisos adoptados en el Proceso del Presupuesto Participativo, se efectuará sometiendo el Informe Final del proceso a conocimiento del CCLD, para su posterior aprobación en pleno del Concejo Municipal mediante Acuerdo de Concejo, concluyendo con su inclusión en el Presupuesto Institucional de Apertura y el registro correspondiente en la aplicación web del Presupuesto Participativo del Ministerio de Economía y Finanzas, estando sujeto al cronograma de plazos establecido por dicho ente rector. De otro lado, la Gerencia de Inversiones Públicas y Mantenimiento Urbano elaborará el cronograma de ejecución de proyectos, en coordinación con la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, a fi n de ponerlo a disposición del Comité de Vigilancia, el Concejo de Coordinación Local Distrital, así como del Concejo Municipal. Si en la etapa de ejecución, alguno de los proyectos priorizados en el Presupuesto Participativo no puede