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99 NORMAS LEGALES Sábado 11 de marzo de 2023 El Peruano / 2022 se aprobó el Manual de Clasi fi cador de cargos de la Municipalidad Distrital de la Perla. Que, la Subgerencia de Recursos Humanos, mediante Informe N°085-2023-SGRH/GAF/MDLP de fecha 18-01-2023 remite a la Gerencia de Administración y Finanzas Plani fi cación, Presupuesto y Modernización, remite la observación del punto VIII. DESARROLLO DE CARGOS – especí fi camente en los rubros de experiencia y equivalencias del Sub gerente/a con el de Gerente/a del Manual del Clasi fi cador de Cargo de la Municipalidad Distrital de La Perla, señalando: “que en lo relacionado al cargo estructural de Sub gerente/a y Gerente/a en el rubro experiencia y en el punto a) de equivalencias, son similares lo que condice con el Reglamento de la Ley N°31419, Ley que establece Disposiciones para garantizar la idoneidad en el Acceso y ejercicio de la Función Pública de funcionarios y Directivos de libre designación y Remoción y otras Disposiciones, ya que en su artículo 18°, numeral 18.5 señala textualmente, “Los requisitos y las equivalencias de fi nidas para los Directivos del numeral 18.3, son aplicables a los servidores/as públicos/as de la Municipalidades Provinciales, no siendo el caso de nuestra entidad”; de igual forma remite la propuesta de corrección del referido punto VIII. DESARROLLO DE CARGOS especí fi camente en los rubros de experiencia y equivalencias del Sub gerente/a del manual del clasi fi cador de cargos previa opinión técnica de la Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto y Modernización, así como también contar con la Opinión Legal de la Gerencia de Asesoría Jurídica para complementar su opinión y continuar con los tramites que correspondan; Que, la Gerencia de Administración y Finanzas, mediante Memorándum N° 043-2023-GAF/MDLP de fecha 18-01-2023, solicita Opinión técnica a la Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto y Modernización respecto a la observación del manual de clasi fi cador de cargos, así como su recti fi cación; Que, la Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto y Modernización, a través del Informe N° 024-2023-GPPM/MDLP, opina por la procedencia de la modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos, por encontrarse dentro de los alcances normativos vigentes; Que, mediante Informe N° 014-2023-GAJ/MDLP de fecha 23-01-2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye en lo siguiente: a) Por la procedencia de la aprobación del proyecto de Modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Municipalidad Distrital de La Perla, el cual cumple con la clasi fi cación establecida en la Ley Marco del Empleo Público, los criterios técnicos del Manual Normativo de Clasi fi cación de Cargos de la Administración Pública y la Resolució n N° 150-2021-SERVIR-PE, que aprueba al Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSSRH. b) Asimismo, esta Gerencia, opina que corresponde al titular de la entidad aprobar la Modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos y gestionar la publicación en el Diario O fi cial El Peruano, el Portal de Transparencia u otro medio que asegure su publicidad. Que, asimismo recomienda a la Gerencia Municipal, la consecución del trámite administrativo correspondiente para que proceda a expedir el acto resolutivo correspondiente de parte del Titular de la Entidad, como máxima autoridad administrativa, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, de acuerdo a lo señalado por el literal c) y j) del artículo III. Principios de la Ley del Servicio Civil contenido en el Título Preliminar del Reglamento de la Ley N° 30057 Ley del Servicio Civil, aprobado por el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; Que, con la visació n de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto y Modernización, y la Sub Gerencia de Recursos Humanos, y; En uso de las facultades conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de La Perla, la Ley N° 30057 - Lev de Servicio Civil, Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 141-2016-SERVIR-PE, que aprueba la Directiva “Normas para la Gestión del Proceso de Capacitación en las Entidades Públicas” y la Resolución de Alcaldía N° 133-2022-ALC/MDLP del 23-03-2022. SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR la Modi fi cación del punto VIII. DESARROLLO DE CARGOS - especí fi camente en los rubros de experiencia y equivalencias del Sub gerente del Manual del Clasi fi cador de Cargo de la Municipalidad Distrital de La Perla aprobado mediante Resolución de Gerencia Municipal N°060-2022-GM/MDLP; el cual consta de (01) folio, contenido en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto y Modernización y la Sub Gerencia de Recursos Humanos; el estricto cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Portal institucional de la Municipalidad Distrital de La Perla, a través de la Subgerencia de Tecnología de la Información. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.JOSE ARTURO RAA TRESIERRA Gerente 2159466-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RIO NEGRO Ordenanza de regularización de las licencias de edificación en la zona urbana del distrito de Río Negro ORDENANZA MUNICIPAL N° 003-2023-CM/MDRN Río Negro, 15 de febrero del 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE RÍO NEGRO POR CUANTO EL CONCEJO MUNICIPALVISTO: En Sesión Ordinaria N°003 de fecha 15 de febrero del 2023, visto el Dictamen de la Comisión Permanente de Desarrollo en Infraestructura Urbano, Rural y Catastro con opinión favorable para la Aprobación de la Ordenanza Municipal de regularización de licencias de edi fi cación en la zona urbana del distrito de Río Negro; el Informe Legal N°032-2023-OAJ/MDRN de la O fi cina de Asesoría Jurídica y el Informe NO030-2023-SGPCUR-GDIUR/MDRN de la Sub Gerente de Planeamiento y Catastro Urbano de la MDRN y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la constitución política del Perú, modi fi cado por la ley de la reforma constitucional N O 27680, y posteriormente por la Ley NO 28607, concordante con el artículo ll de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley NO 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa. La misma norma señalada de la Ley 27972, también indica que la “Autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de Gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico” Que, el Artículo IX del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley NO 27972, señala que: “El proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho proceso se establecen las políticas públicas de nivel local, teniendo en cuenta