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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2023 (11/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 98

98 NORMAS LEGALES Sábado 11 de marzo de 2023 El Peruano / organizaciones de la sociedad civil y otros al Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2024 en el distrito de Surquillo. Artículo 2º.- Aprobar el Cronograma de Actividades del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2024 y el Anexo Nº 4: Formato de Priorización e Identi fi cación de Resultados, que forman parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 3º.- Aprobar como asignación presupuestaria destinada a proyectos de inversión pública del proceso de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2024, el monto de S/ 4,000,000.00 (Cuatro Millones con 00/100 Soles). Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia Estadística e Informática brindar el soporte técnico mediante la implementación de instrumentos tecnológicos que contribuyan al desarrollo de las fases del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año Fiscal 2024. Artículo 5º.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, a la Subgerencia de Participación Vecinal y al Equipo Técnico del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2024. Artículo 6º.- Autorizar, de manera excepcional a la Gerencia de Desarrollo Social, Educación y Juventudes a través de la Subgerencia de Participación Vecinal, para que permitan la participación en el Proceso del Presupuesto Participativo por Resultados del Año Fiscal 2024, de aquellas Organizaciones Sociales inscritas en el Registro Unico de Organizaciones Sociales (RUOS) de la Municipalidad; que no cuenten con Juntas Directivas vigentes, y que mani fi esten su voluntad de participar en dicho proceso. Artículo 7º.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Gerencia de Estadística e Informática la publicación del presente Decreto, el Cronograma y Anexo en el Portal Institucional de la Municipalidad de Surquillo. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase.CINTIA MERCEDES LOAYZA ALVAREZ Alcaldesa 2159330-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Aprueban la modificación del punto VIII. DESARROLLO DE CARGOS, específicamente en los rubros de experiencia y equivalencias del Sub gerente del Manual del Clasificador de Cargo de la Municipalidad Distrital de La Perla RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL N° 009-2023-GM/MDLP La Perla, 24 de enero de 2023VISTO:El Informe N° 085-2023-SGRH-GAF/MDLP de fecha 18 de enero de 2023 de la Sub Gerencia de Recursos Humanos, el Memorándum N° 043-2023- GAF/MDLP de fecha 18 de enero de 2023 de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe N°024-2023-GPPM/MDLP de fecha 19 de enero de 2023 de la Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto y Modernización, el Memorándum N° 066-2023-GAF/MDLP de fecha 20 de enero de 2023 de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe N° 014-2023-GAJ/MDLP de fecha 23 de enero de 2023, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 015-2023-GAF/MDLP de fecha 23 de enero de 2023, de la Gerencia de Administración y Finanzas; CONSIDERANDO:Que la Constitución Política del Estado en su artículo 194°, modi fi cado por la Ley 30305, Ley de Reforma Constitucional, reconoce a las Municipalidades Distritales su calidad de Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo señalado en el Art. 2° del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades en su Artículo I, señala:”(…) Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes”; el Articulo II, establece: “Los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; y, que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el articulo 27 ° de la Ley N ° 27972, Orgánica de Municipalidades, dispone que la Administración Municipal está bajo la dirección y responsabilidad del Gerente Municipal, cuyas funciones se encuentran debidamente establecidas en el Reglamento y Manual de Organización y Funciones de la Municipalidad; Que, el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento de la Ley N° 30057del Servicio Civil, dispone que, para efectos del Sistema Administrativo de gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la Entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública, En el caso de los Gobiernos Regionales y Locales, la máxima autoridad administrativa es el Gerente General del Gobierno Regional y el Gerente Municipal respectivamente; Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 4° de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y sus modi fi catorias, el proceso de modernización tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, siendo para ello uno de los Objetivos del Estado, contar con servidores públicos cali fi cados; Que, con Ordenanza Municipal N° 002-2022-MPDLP, se aprobó la estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, de la Municipalidad Distrital de La Perla; constituyendo el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad. Contiene las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones especí fi cas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia; Que, el Manual de Clasi fi cador de Cargos: Documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad. Bajo ese contexto, es notorio que el clasi fi cador de cargos es una herramienta técnica de trabajo, cuyo objetivo es lograr el ordenamiento racional de los cargos y el diseño de los per fi les en las entidades públicas en función a determinados criterios, correspondiendo a cada entidad la clasi fi cación y aprobación de los cargos a incorporarse en dicho instrumento de gestión; Que, el Clasi fi cador de Cargos es una herramienta técnica de trabajo, cuyo objetivo es lograr el ordenamiento racional de los cargos y el diseño de los per fi les en las entidades públicas, en función a determinados criterios correspondiendo a cada entidad la clasi fi cación y aprobación de los cargos a incorporarse en dicho instrumento de gestión; Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal N° 060-2022-GM/ MDLP, de fecha 22 de setiembre de