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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2023 (11/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 91

91 NORMAS LEGALES Sábado 11 de marzo de 2023 El Peruano / De ser necesario, el presidente del Equipo Técnico podrá solicitar el apoyo de las demás unidades orgánicas de la Municipalidad según sus competencias. Artículo 10.- REPRESENTANTE DE LA SOCIEDAD CIVIL, AL EQUIPO TÉCNICO Será un residente del distrito de San Isidro, profesional con experiencia en temas de planeamiento y presupuesto, cuya incorporación resultará de la elección por parte de los agentes participantes durante el primer taller del proceso. De postular dos o más agentes participantes, la elección será por votación simple de los asistentes. La incorporación en el Equipo Técnico del representante de la sociedad civil, es facultativa siempre y cuando cumpla con los requisitos antes descritos. En aquellos casos donde no exista agente participante de la sociedad civil que cumpla con el requisito señalado, corresponderá que el Equipo Técnico quede integrado exclusivamente por los representantes de la Municipalidad. TÍTULO V COMITÉ DE VIGILANCIA Artículo 11.- COMITÉ DE VIGILANCIA El Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo es elegido por votación de los agentes participantes acreditados durante el Taller de priorización de proyectos y formalización de acuerdos y compromisos del presupuesto participativo. De esta manera, el Comité se conforma de cinco (05) Agentes Participantes que representan a la Sociedad Civil y sus suplentes, siendo renovado cada año y comprenderá el periodo para el cual se priorizaron los proyectos, para el seguimiento y fi scalización de los compromisos, concluyendo sus funciones al asumir el Comité entrante. Los requisitos para poder ser elegido como miembro del Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo son los siguientes: a) Ser Agente Participante, representante de la Sociedad Civil Organizada. b) Radicar en el distrito de San Isidro.c) No haber sido condenado por delitos o faltas.d) No podrán ser elegidos los funcionarios, regidores y los miembros del Comité de Vigilancia, que están en uso de facultades en el Comité del proceso de presupuesto participativo anterior, con el propósito de fomentar la mayor participación de la población. Por la labor efectuada, los miembros del Comité de Vigilancia no reciben ninguna retribución pecuniaria. Artículo 12.- INFORMACIÓN PARA EL COMITÉ DE VIGILANCIA La Municipalidad proporcionará al Comité de Vigilancia la siguiente Información: a) Cronograma con el detalle de la programación de los proyectos priorizados, especí fi camente las fechas estimadas en las que se iniciará y culminará las etapas de pre inversión y de inversión, según corresponda. b) El Presupuesto Institucional de Apertura, correspondiente y sus modi fi caciones durante la ejecución, cuando estas afecten los acuerdos del Presupuesto Participativo. c) Reporte del avance de la ejecución de proyectos de inversión correspondientes al Proceso de Presupuesto Participativo, según información obtenida del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF). TÍTULO VI FASES DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 13.- Mediante Decreto de Alcaldía, el Titular de la entidad establecerá anualmente el Cronograma de Ejecución de las actividades de las fases del Proceso de Presupuesto Participativo.Artículo 14.- Las fases del Proceso de Presupuesto Participativo, son las que a continuación se indican: 1. Preparación : En la cual se realiza la comunicación, sensibilización, convocatoria, identi fi cación, registro y capacitación de los Agentes Participantes. 2. Concertación: En la que se desarrolla los talleres de trabajo y formulación de acuerdos y compromisos. 3. Coordinación: En la que se realizará la articulación de políticas y proyectos. 4. Formalización: En la que se efectuará la coordinación para la inclusión de proyectos de inversión pública al Presupuesto Institucional de Apertura y la Rendición de Cuentas. Artículo 15.- FASE DE PREPARACIÓN La fase de preparación del Proceso estará a cargo del Equipo Técnico, a través del cual se realizarán las acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria, identi fi cación, registro y capacitación de los agentes participantes, para el desarrollo del proceso, los mismos que deben realizarse en forma oportuna y bajo el siguiente esquema: a) Comunicación , durante el Proceso del Presupuesto Participativo se desarrollará mecanismos de comunicación a fi n de que la población se encuentre debidamente informada sobre los avances y resultados del proceso, para lo cual pueden utilizar los diversos medios de comunicación, incluyendo el portal institucional, redes sociales, entre otros. b) Sensibilización , promueve la participación responsable de la sociedad civil organizada en la gestión del desarrollo local y el compromiso que deben asumir en las decisiones que se tomen contribuyendo al desarrollo local. c) Convocatoria , la Municipalidad de San Isidro, en coordinación con su Consejo de Coordinación Local Distrital convocará a los representantes de la Sociedad Civil y a las Entidades del Gobierno Nacional del distrito de San Isidro, a inscribirse y participar en los Talleres de Trabajo para el desarrollo del proceso de Presupuesto Participativo, a través de la publicación en la página web de la Municipalidad de San Isidro, cartas de invitación, correos electrónicos, el diario municipal, aviso en un diario de mayor circulación, u otros medios que se estimen convenientes. d) Identi fi cación y registro de agentes participantes , la documentación que deberán presentar es la siguiente: 1. Organizaciones Sociales de base territorial o temática: - Ficha de inscripción al proceso suscrita por el representante de la organización, que deberá residir en el distrito, quien en adelante será el agente participante (Anexo Nº 1). - Documento que acredite la representación de su organización - Ficha de inscripción en los Registros Públicos (copia) - Vigencia de poder actual del representante legal (copia) - DNI de la persona que participará en representación de la organización (copia) - De no contar con fi cha de inscripción en registros públicos, deberá adjuntar en la comunicación, copia simple del acta de fundación, constitución o estatuto de la organización según corresponda. Las Organizaciones sociales que se encuentren registradas en el Registro Único de Organizaciones Sociales – RUOS de la Municipalidad de San Isidro, deberán acreditar la designación de su representante para el proceso del Presupuesto Participativo mediante la presentación del Acta en la que conste expresamente dicho acuerdo. 2. Juntas Vecinales: - Ficha de inscripción al proceso fi rmada por el representante de la Junta, que deberá residir en el distrito, quien en adelante será Agente Participante (Anexo Nº1).