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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2023 (23/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Jueves 23 de marzo de 2023 El Peruano / positivos en las Cortes Superiores de Justicia y en la Corte Suprema de Justicia de la República (Penal) donde han desplegado las operaciones el Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en diferentes especialidades; actividades y metas concordantes con los objetivos estratégicos considerados en el Plan Operativo de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (POI EJE). Tercero. Que, en ese sentido, el “Plan Anual de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (EJE) para el periodo 2023”, articulado y debidamente visado por la Gerencia de Informática, Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación de la Gerencia General y la Secretaría Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, comprende acciones organizadas en dos grupos: I) Procesos jurisdiccionales se ejecutan en medios virtuales y con menor desplazamiento de usuarios/as y elevada disposición al uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en los procesos jurisdiccionales y administrativos; y II) E fi caz soporte de los procesos de decisión e información para los servicios judiciales que brinda el Poder Judicial. Cuarto. Que, las actividades de implementación del Expediente Judicial Electrónico dispuestas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en el escenario provocado por la presencia de la pandemia COVID-19 en el país y las subsecuentes medidas de emergencia, permiten incorporar nuevos servicios en bene fi cio de los justiciables y de los órganos jurisdiccionales, con la fi nalidad de facilitar la labor jurisdiccional, brindar funcionalidad al trabajo remoto de jueces/zas y servidores/as; así como facilitar el acceso a la justicia, promoviendo la transición digital y que las fórmulas de teletrabajo puedan desarrollarse sin problemas en todo el territorio nacional. Quinto. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por lo que siendo así y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente la aprobación del referido documento. Por estos fundamentos, en mérito al Acuerdo N° 535- 2023 de la décima primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 15 de marzo de 2023, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, señora Medina Jiménez y señor Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el “Plan Anual de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (EJE) para el periodo 2023”, con cargo a la disponibilidad presupuestal; que en anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial fi nancie y dicte las medidas complementarias, para la ejecución del referido plan de actividades. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución y el documento aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Sala Penal Permanente y Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de la República, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA PresidenteConsejo Ejecutivo 2162830-8Autorizan a las Cortes Superiores de Justicia del país, a realizar acciones de coordinación internas y externas, para optimizar la etapa de ejecución de sentencias CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000115-2023-CE-PJ Lima, 20 de marzo del 2023VISTO:El Informe N° 000002-2023-CR-UETI-CPP-PJ, cursado por la señora Consejera Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. CONSIDERANDO:Primero. Que, la señora Consejera Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal remite a este Órgano de Gobierno el Informe N° 000002-2023-CR-UETI-CPP-PJ, relacionado al Plan Nacional “Resocialización Sirviendo a mi Comunidad”. Segundo. Que, en el referido informe se señala lo siguiente: Que tiene por objeto sustentar una iniciativa de generar principalmente una resocialización efectiva a los sentenciados por delitos de mínima criminalidad, pero que por la conducta cometida generó una afectación o peligro de afectación a la sociedad. De esa manera se afi anza los fi nes de la pena, preventiva, protectora y resocializadora; y como efecto el deshacinamiento de los centros penitenciarios. Este tipo de pena, se presta por jornadas de trabajo, que es el tiempo o duración de diez horas semanales de prestación de servicios a favor de la comunidad; siendo responsabilidad de los miembros de la Dirección del Medio Libre del Instituto Nacional Penitenciario, o de sus órganos desconcentrados o los que hagan sus veces, quienes en ejercicio de sus funciones realizan coordinaciones y visitas a las unidades bene fi ciarias a fi n de veri fi car si el condenado está cumpliendo con las jornadas impuestas por la autoridad judicial. Sin embargo, es un aspecto importante poder fortalecer dicha área, para la efectiva ejecución de estas sentencias. Y partimos; desde el momento que él o la juez sentenciadora o de ejecución, una vez decidida este tipo de pena, ya pueda establecer el lugar y el tipo de jornada que va realizará el sentenciado; para ello, es necesario que el Presidente de la Corte Superior, haga alianzas estratégicas, convenios y/o acuerdos de cooperación institucional entre el Instituto Nacional Penitenciario y los representantes de las instituciones públicas que brinden servicios sociales o asistenciales, principalmente a las Municipalidades o Gobiernos Regionales. Esto permitirá: primero; que el juez o jueza tenga una relación del lugar, forma y modo de prestación de la jornada laboral que realizará el sentenciado; como por ejemplo, con las Municipalidades, mediante su área de Servicios Sociales u otras, en el que los sentenciados podrán prestar los servicios de limpieza, mejoramiento del ornato de la ciudad, parques y jardines, u otros servicios sociales; segundo: Mejoramiento del Control de cómputo de jornadas; Teniendo en cuenta que dichas instituciones tienen un área de recursos humanos o a fi nes; realizarán un registro de control de asistencia y tiempo que duró la prestación del servicio; esto servirá como referencia al Equipo Técnico para poder tener un control de las horas efectivas de trabajo realizadas por los sentenciados Estas medidas, podrán ser tomadas por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país, lo que permitirá un fortalecimiento a la resocialización del condenado; en el que se reivindique hacia la sociedad prestando los servicios que son requeridos en su propia comunidad donde se ejecuta su pena, mediante