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38 NORMAS LEGALES Jueves 23 de marzo de 2023 El Peruano / Con los visados de la Gerencia General, la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Compromiso Global, la Dirección de Asuntos Técnicos, la Dirección de Promoción y Monitoreo, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina General de Administración, y la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM. SE RESUELVE:Artículo 1°.- AUTORIZAR a la O fi cina General de Administración de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, a efectuar la transferencia de recursos hasta por la suma de S/ 87’296,965.00 (Ochenta y siete millones doscientos noventa y seis mil novecientos sesenta y cinco con 00/100 soles), a favor de la Embajada de los Estados Unidos de América en el Perú, para fi nanciar la ejecución de la Actividad: “Transferencias para las Intervenciones de Reducción de Cultivos con Fines Ilícitos”, con la fi nalidad de fi nanciar acciones conjuntas establecidas por el “Acuerdo Operativo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de América para el proyecto de control de Drogas”. Artículo 2°.- DISPONER que la transferencia de recursos autorizada por el artículo 1° de la presente resolución, se realice con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fi scal, del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, correspondiente a la fuente de fi nanciamiento: “Recursos Ordinarios”, de acuerdo a la disponibilidad de recursos fi nancieros. Artículo 3°.- DISPONER conforme a la Nota Diplomática N° 0257 de la Embajada de los Estados Unidos de América, de fecha 17 de marzo de 2023, que los fondos deben ser depositados en la Cuenta del Banco Continental N° 0011-0306-01-00119114 (Código de Cuenta Interbancaria N° 011-306-000100119114-85). Artículo 4°.- RATIFICAR que la intervención de erradicación se ejecute con los recursos transferidos por DEVIDA a la Embajada de los Estados Unidos de América para las líneas de acción: Operaciones de reducción de cultivos de coca ilegal y transporte aéreo para el traslado de personal y equipos involucrados en las operaciones de erradicación, a través del Proyecto “Control y Reducción del Cultivo de la Coca en el Alto Huallaga – CORAH”. Artículo 5°.- DISPONER que la Dirección de Asuntos Técnicos – DAT y la Dirección de Promoción y Monitoreo – DPM de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, monitoreen mensualmente los avances, logros y resultados obtenidos en las actividades conjuntas que se fi nancien con los recursos a los que se refi ere el artículo 1° de la presente resolución, informando de ello a la Dirección de Articulación Territorial – DATE y a la Presidencia Ejecutiva. Artículo 6°.- REMITIR copia de la presente resolución a la Sección de Asuntos Antinarcóticos y Aplicación de la Ley – SAAL de la Embajada de los Estados Unidos de América en el Perú, para fi nes de monitoreo y veri fi cación del cumplimiento de las metas programadas. Artículo 7°.- NOTIFICAR la presente resolución a la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, la Dirección de Compromiso Global, la Dirección de Promoción y Monitoreo, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y a la O fi cina General de Administración para los fi nes correspondientes, así como al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fi n que proceda a gestionar la publicación del presente acto en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional de DEVIDA. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ANTONIO FIGUEROA HENOSTROZA Presidente Ejecutivo 2162865-1ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION, ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA Aprueban diversos documentos para orientar y operativizar los procesos de mejora de la calidad y el seguimiento de acreditaciones emitidas o reconocidas por el SINEACE RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 000043-2023-SINEACE/P San Isidro, 21 de marzo del 2023 VISTOS: El Informe Nº 000008-2023-SINEACE/DEA del 11 de marzo de 2023 de la Dirección de Evaluación y Acreditación en Educación Superior y Técnico – Productiva, (en adelante, DEA); el Memorándum Nº 000140-2023-SINEACE/P-GG-OPP del 15 de marzo de 2023, de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto; el Informe Nº 000016-2023-SINEACE/P-GG-OPP-UM del 15 de marzo de 2023, de la Unidad de Modernización; el Informe Legal Nº 000128-2023-SINEACE/P-GG-OAJ del 20 de marzo 2023, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 5 de la Ley Nº 28740, Ley del Sineace, establece como fi nalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa - Sineace, constituyéndose a través de Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU del 28 de agosto 2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, siendo una de sus funciones aprobar los planes, lineamientos, directivas y demás documentos de gestión necesarios para ejecutar las funciones necesarias que permitan la continuidad del SINEACE y los procesos en desarrollo; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 000023-2021-SINEACE/CDAH-P, del 29 de marzo 2021, se aprobó la Norma que de fi ne la estructura funcional no orgánica transitoria del Sineace en su calidad de entidad en reorganización, cuyo literal a) del artículo 10° prescribe que es función de la Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc del Sineace aprobar y supervisar la implementación de políticas, lineamientos, directivas y demás documentos de gestión que permitan ejecutar las funciones de la entidad; Que, asimismo, la mencionada norma establece en su artículo 40° que “son funciones de la Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Superior y educación Técnico-Productiva: (…); b) Formular los estándares, criterios, indicadores, procedimientos y otros documentos técnico-normativos que regulen las diversas etapas del proceso de evaluación con fi nes de acreditación (…)”; Que, la Directiva Nº 000001-2023-SINEACE/CDAH-P, denominada Directiva para la formulación, aprobación y actualización de los documentos de gestión interna y orientadores del Sineace, aprobada mediante Resolución