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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2023 (23/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Jueves 23 de marzo de 2023 El Peruano / Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; por lo que, se propone a la señorita abogada Patricia Shulay Failoc Su, para el cargo de confi anza de Administradora (Coordinadora I) del Módulo Corporativo Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. y, quien de acuerdo a lo señalado por la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar cumple con el per fi l profesional señalado en la Resolución Administrativa N° 399-2014-CE-PJ. Por estos fundamentos, en mérito al Acuerdo N° 557- 2023 de la décima segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 20 de marzo de 2023, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, señora Medina Jiménez y señor Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar a la señorita Patricia Shulay Failoc Su, en el cargo de con fi anza de Administradora del Módulo Corporativo Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. Artículo Segundo.- Disponer que el cumplimiento de la presente resolución, será a partir del día siguiente de publicada en el Diario O fi cial del Bicentenario “El Peruano”. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de Lambayeque, funcionaria designada; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JAVIER ARÉVALO VELA PresidenteConsejo Ejecutivo 2162830-10 ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONTRALORÍA GENERAL Designan Jefe/a del Órgano de Control Institucional de entidades bajo el ámbito de la Gerencia Regional de Control de Huancavelica RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 094-2023-CG Lima, 20 de marzo de 2023VISTOS:La Hoja Informativa N° 000012-2023-CG/VCIC, de la Vicecontraloría de Integridad y Control; el Memorando N° 000208-2023-CG/POLDEH, de la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano; la Hoja Informativa N° 000082-2023-CG/PER, de la Subgerencia de Personal y Compensaciones; el Memorando N° 000217-2023-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; el Memorando N° 000207-2023-CG/GRHV, de la Gerencia Regional de Control de Huancavelica; la Hoja Informativa N° 000213-2023-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando N° 000226-2023-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República;CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional (OCI) mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema Nacional de Control, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el artículo 19 de la citada Ley N° 27785 dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los OCI de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República; Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva N° 020-2020-CG/ NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y modi fi cada mediante Resolución de Contraloría N° 124-2021-CG, en adelante la Directiva de los OCI, establece que la designación en el cargo de Jefe del OCI es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República, la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el numeral 7.1.3.1 de la citada Directiva establece que el Jefe del OCI designado por la Contraloría General de la República ejercerá sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; y que, por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional, podrá permanecer en el cargo por un periodo menor a los tres (3) años o, de ser el caso, prorrogar el periodo de su designación hasta por un máximo de cinco (5) años en total; Que, de otro lado, el numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI establece que la designación de los Jefes de OCI termina por la ocurrencia de alguno de los hechos siguientes: a) situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de dicha Directiva; b) renuncia del Jefe del OCI; c) culminación del período de designación, incluso al haberse emitido prórroga; d) razones de necesidad del servicio o interés institucional de la Contraloría; e) separación de fi nitiva; f) cese por límite de edad; y, g) muerte; para lo cual se debe emitir la Resolución de Contraloría dando por terminada la designación; Que, de acuerdo con la actual normativa y conforme al modelo de control descentralizado orientado a resultados, la supervisión de la gestión en el uso de los recursos públicos debe asegurar una rendición de cuentas y el buen gobierno de las entidades públicas, cautelando la legalidad y e fi ciencia de sus actos y operaciones, así como las disposiciones para la correcta y transparente gestión de sus recursos y bienes, mediante la ejecución de servicios de control y servicios relacionados, para el cumplimiento de sus fi nes y metas institucionales; Que, mediante el artículo 5 de la Resolución de Contraloría N° 047-2022-CG, se encarga a la Vicecontraloría de Integridad y Control, durante el año fi scal 2022, en adición a sus funciones, desarrollar las funciones señaladas en los literales c), d) y f) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría N° 179-2021-CG, y sus modi fi catorias, referidas a la gestión y ejecución de los servicios de control gubernamental que realiza, entre otros, la Gerencia Regional de Control de Huancavelica; encargo ampliado, durante el año fi scal 2023, en mérito a la Resolución de Contraloría N° 405-2022-CG de 22 de diciembre de 2022; Que, en dicho contexto, la Vicecontraloría de Integridad y Control, mediante la Hoja Informativa Nº 000012-2023-CG/VCIC, en atención a sus competencias establecidas en el literal d) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General