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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2023 (30/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Jueves 30 de marzo de 2023 El Peruano / ANEXO 01 TRANSFERENCIA FINANCIERA DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL “PROGRAMA DE DESARROLLO ALTERNATIVO INTEGRAL Y SOSTENIBLE – PIRDAIS” NRO.ENTIDAD EJECUTORANOMBRE DE LA ACTIVIDADMONTO DE LA TRANSFERENCIA HASTA S/ 01MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CONSTITUCIÓNMANTENIMIENTO PERIÓDICO DE CAMINO VECINAL NO PAVIMENTADO EN EL TRAMO: DESVÍO CC.NN. KIMPIRARI KM 1+900 - SAN JUAN DE CAHUAPANAS - PUERTO LAGARTO - PUERTO OCOPA DEL DISTRITO DE CONSTITUCIÓN, PROVINCIA DE OXAPAMPA, REGIÓN PASCO.357,049.74 TOTAL 357,049.74 2164909-1 Autorizan transferencia financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Tocache para financiar inversiones en el marco del PIRDAIS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 000065-2023-DV-PE Mira fl ores, 28 de marzo del 2023 VISTOS:El Memorando N° 000472-2023-DV-DATE, mediante el cual la Dirección de Articulación Territorial, remite el Anexo N° 01 que detalla las Inversiones, Entidad Ejecutora e importe a ser transferido y el Proveído N° 001242-2023-DV-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el literal a) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el literal c) del numeral 16.1 del artículo 16° de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias fi nancieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas”, y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”; precisándose en el numeral 16.2 del referido artículo, que dichas transferencias fi nancieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el numeral 16.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que trans fi ere los recursos en virtud al numeral 16.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales trans fi rieron los recursos, precisando que éstos bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fi nes para los cuales se autorizó su transferencia fi nanciera; Que, mediante Informe N° 000004-2023-DV-HPO- OPP-UINV, la Unidad de Inversiones de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto comunica la programación de las Inversiones programadas para el año 2023, encontrándose entre ellas las Inversiones: “Mejoramiento del servicio de la competitividad de la cadena productiva de cacao en las localidades del Distrito de Tocache - Provincia de Tocache - Departamento de San Martin” y “Mejoramiento de la cadena productiva del plátano en el Distrito de Tocache - Provincia de Tocache - Departamento de San Martín”; Que, en el marco del Programa Presupuestal “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, en el año 2023, DEVIDA suscribió una Adenda al Convenio de Cooperación Interinstitucional con la Municipalidad Provincial de Tocache para la ejecución de las precitadas Inversiones, hasta por la suma de DOS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS DIECIOCHO CON 67/100 SOLES (S/ 2’532,718.67), cuyo fi nanciamiento se efectuará a través de transferencia fi nanciera; Que, la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, ha emitido los Informes N° 000046-2023-DV-OPP-UPTO y N° 000047-2023-DV-OPP-UPTO, Informes Previos Favorables que dispone el numeral 16.2 del artículo 16° de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; asimismo, se ha emitido las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario N° 0000000285 y N° 0000000286, y la respectiva conformidad de los Planes Operativos de las Inversiones; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la precitada norma legal, la Entidad Ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución de las mencionadas Inversiones, las que se detallan en el Anexo N° 01 de la presente Resolución, de conformidad con los Planes Operativos aprobados por DEVIDA, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otras inversiones, actividades y/o gastos administrativos; Con los visados de la Gerencia General, los Responsables de la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, la Dirección de Promoción y Monitoreo, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la Ofi cina General de Administración y la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM. SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia fi nanciera hasta por la suma total de DOS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS DIECIOCHO CON 67/100 SOLES (S/ 2’532,718.67), para fi nanciar las Inversiones a favor de la Entidad Ejecutora que se detallan en el Anexo N° 01, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que la transferencia fi nanciera autorizada por el Artículo Primero, se realice con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2023 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, correspondiente a la fuente de fi nanciamiento “Recursos Ordinarios”. Artículo Tercero.- RATIFICAR que la Entidad Ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución de las Inversiones descritas en el Anexo N° 01 de la presente Resolución, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otras inversiones, actividades y/o gastos