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46 NORMAS LEGALES Jueves 30 de marzo de 2023 El Peruano / DPTO. / PROV. / DISTRITO S/ US$ POCOLLAY 0.00 450.00SAMA 0.00 225.00 TACNA/TARATA ESTIQUE 0.00 688.49 ESTIQUE-PAMPA 0.00 337.50 HEROES ALBARRACIN 0.00 1,687.50 TARATA 0.00 450.00 TARUCACHI 0.00 1,138.50 TUMBES/CONTRALMIRANTE VILLAR CANOAS DE PUNTA SAL 0.00 1,050.00 CASITAS 0.00 225.00 ZORRITOS 0.00 1,050.00 TUMBES/TUMBES CORRALES 0.00 225.00 LA CRUZ 0.00 900.00 PAMPAS DE HOSPITAL 0.00 675.00 SAN JACINTO 0.00 2,925.00 UCAYALI/CORONEL PORTILLO CAMPOVERDE 0.00 562.50 NUEVA REQUENA 0.00 112.50 YARINACOCHA 0.00 225.00 UCAYALI/PADRE ABAD CURIMANA 0.00 225.00 TOTAL GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES47,605.31 705,336.84 Nº Distritos 416 ANEXO Nº 2 GOBIERNOS REGIONALES: DERECHO DE VIGENCIA Y PENALIDAD De conformidad con el artículo 92 del Reglamento de Diversos Títulos del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM y el inciso d) del artículo 57 del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, modi fi cado por Ley Nº 29169, la distribución de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de febrero 2023 a los Gobiernos Regionales es el siguiente: REGIÓN S/ US$ AMAZONAS 0.00 487.50 ANCASH 0.00 191.25 AREQUIPA 3,075.30 1,285.00 AYACUCHO 0.00 4,766.19 CAJAMARCA 0.00 237.50 CALLAO(LIMA) 0.00 9.00CUSCO 0.00 398.95 HUANCAVELICA 0.00 112.50HUANUCO 0.00 75.00 ICA 423.83 792.65JUNIN 195.61 175.00 LA LIBERTAD 0.00 863.49 LAMBAYEQUE 0.00 25.00REGIÓN S/ US$LIMA 0.00 384.00MOQUEGUA 0.00 362.50 PASCO 0.00 125.00 PIURA 44.00 1,617.48 PUNO 1,292.51 330.41 TACNA 918.21 850.59 TUMBES 0.00 1,450.00 UCAYALI 0.00 375.00 TOTAL GOBIERNOS REGIONALES 5,949.46 14,914.01 Nº Gobiernos Regionales 21 2164401-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA Designan Ejecutivo de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina de Administración de la SUNEDU RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 0037-2023-SUNEDU Lima, 28 de marzo de 2023VISTO: El Memorando N° 0287-2023-SUNEDU-03-10 de la Ofi cina de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas, se modi fi có la Ley N° 30220, Ley Universitaria, estableciendo que la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu, es un ente autónomo de naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal, responsable de autorizar la prestación del servicio educativo superior universitario, supervisar y fi scalizar la calidad de dicho servicio y si los recursos públicos y los bene fi cios otorgados por el marco legal a las universidades han sido destinados a fi nes educativos y al mejoramiento de la calidad. Asimismo, administra el Registro Nacional de Grados y Títulos para contribuir a una educación superior de calidad; Que, el literal f) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, modi fi cado por Decreto Supremo N° 006-2018-MINEDU, dispone que el/la Superintendente/a tiene entre otras funciones, la de designar y remover a los directores de los órganos de línea, órganos de administración interna y órganos desconcentrados de la Sunedu; Que, con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000092-2021-SERVIR-PE, se formalizó el acuerdo de Consejo Directivo de SERVIR, adoptado en sesión N° 016-2021, mediante el cual se aprobó el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) de la Sunedu el cual, consideró en la posición (correlativo) N° 104, el puesto de Ejecutivo (a) de la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina de Administración de la Sunedu; Que, con la Resolución de Secretaría General N° 0068-2021-SUNEDU se aprobó la primera actualización del Cuadro de Puesto de la Entidad – CPE, el cual, consideró, el puesto de Ejecutivo (a) de la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina de Administración; como puesto de con fi anza;