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36 NORMAS LEGALES Jueves 4 de mayo de 2023 El Peruano / Artículo 3.- Responsabilidades 3.1. Corresponde al Ministerio de Salud, al Ministerio de Educación, al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el Seguro Social de Salud, las Sanidades de las FFAA y Sanidad de la PNP, a los gobiernos regionales y gobiernos locales, en el marco de sus competencias, así como a las universidades públicas y privadas, el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley N° 28553, Ley general de protección a las personas con Diabetes, modi fi cada por la Ley N° 30867, y en el presente Reglamento. 3.2 La Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) es responsable de velar por el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Reglamento, dentro del marco de sus funciones. Artículo 4.- De fi niciones y acrónimos 4.1. Para efectos de la aplicación de la Ley N° 28553, modi fi cada por la Ley N° 30867, y del presente Reglamento, se establecen las siguientes de fi niciones: a) Acciones de prevención: Son el conjunto de intervenciones orientadas a reducir la incidencia de la diabetes mediante intervenciones concretas y puntuales basadas en los conocimientos cientí fi cos aportados por las ciencias médicas; se clasi fi can en prevención primaria (acciones dirigidas a la identi fi cación oportuna y al control de los factores de riesgo), prevención secundaria (acciones dirigidas a la detección precoz y al cuidado integral de las personas diagnosticadas con diabetes), prevención terciaria (acciones orientadas a evitar las complicaciones o multimorbilidad derivadas de la diabetes) y prevención cuaternaria de la atención de salud (acciones orientadas a disminuir los efectos negativos de la atención de la persona). Estas acciones consideran la participación activa de las personas que padecen la enfermedad, la familia y la comunidad, destinada a reducir el impacto individual, social y económico de la diabetes para el país. b) Agente comunitario de salud : Es la persona elegida y/o reconocida por su comunidad, que realiza acciones voluntarias de promoción de la salud y prevención de enfermedades, en coordinación con el personal de la salud y otras instituciones, locales y regionales, ejerciendo la representatividad de su comunidad a través de la participación ciudadana, cumpliendo de esa manera el rol articulador entre la comunidad y las autoridades. c) Comunidad saludable: Es el conjunto de personas empoderadas en su desarrollo que deciden intervenir y abordar los determinantes sociales para mejorar las condiciones de vida y de salud de cada uno de sus integrantes, de manera inclusiva y solidaria, con proyección hacia su desarrollo personal, familiar y social. d) Cuidado integral de salud: Son las acciones e intervenciones personales, familiares y comunitarias destinadas a promover hábitos y conductas saludables; buscan preservar la salud, recuperarla de alguna dolencia o enfermedad, rehabilitarse, paliar el sufrimiento físico o mental, fortalecer la protección familiar y social. Comprende, por un lado, las intervenciones sanitarias de promoción, prevención, recuperación, rehabilitación en salud en torno a la persona, familia y comunidad, en el Sistema de Salud, considerando las dimensiones biopsicosociales de los individuos, aplicando los enfoques de derechos humanos, género, interculturalidad y equidad en salud. Además, comprende las intervenciones intersectoriales e intergubernamentales sobre los Determinantes Sociales de la Salud, bajo la rectoría del Ministerio de Salud, abordando el marco socio económico, político, cultural, las determinantes estructurales y las determinantes intermedias, incluido el Sistema de Salud, con la fi nalidad de construir un país y sociedad saludable. e) Datos Personales en Salud: Son todos aquellos referidos a la situación de salud o enfermedad de una persona, y que la identi fi ca y la hace identi fi cable individualmente. f) Diabetes: Es un trastorno metabólico de causas diversas, caracterizado por hiperglucemia crónica y trastornos del metabolismo de los carbohidratos, grasas y proteínas como consecuencia de anomalías de la secreción o del efecto de la insulina; incluye la diabetes mellitus tipo 1, diabetes mellitus tipo 2, diabetes gestacional y cualquier otro tipo de diabetes mellitus. g) Equipo de cuidado integral en diabetes: Está conformado por el personal de salud encargado del cuidado de la salud de la persona con diabetes, integrado al menos por un profesional en medicina, enfermería, odontología, nutrición y psicología. h) Estrategias educativas en salud: Son el conjunto de actividades orientadas a la prevención, promoción y educación sobre los factores protectores y de riesgo para fomentar el autocuidado y lograr el empoderamiento en la práctica de hábitos saludables. i) Institución educativa: Es una comunidad de aprendizaje y enseñanza que presta el servido educativo en determinado nivel, modalidad o forma educativa en el logro de aprendizajes y la formación integral de sus estudiantes. Tiene autonomía en el planeamiento, ejecución, supervisión, monitoreo y evaluación del servicio educativo, así como en la elaboración de sus instrumentos de gestión, en el marco de la normatividad vigente. Se vincula con su entorno y está abierta a la participación de la comunidad, atiende a sus necesidades y apoya propuestas de desarrollo. El Proyecto Educativo Institucional orienta su gestión y tiene un enfoque inclusivo. j) Multimorbilidad: Presencia de dos (02) o más enfermedades crónicas en un mismo individuo. 4.2 AcrónimosANS Autoridad Nacional de Salud. AUS Aseguramiento Universal en Salud.CDC Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades. DM1 Diabetes mellitus tipo 1.DM2 Diabetes mellitus tipo 2.DMG Diabetes mellitus gestacional.ESSALUD Seguro Social de Salud. IAFAS Institución administradora de fondos de aseguramiento en salud. IPRESS Instituciones prestadoras de servicios de salud. MEF Ministerio de Economía y Finanzas.MINEDU Ministerio de Educación.MINSA Ministerio de Salud.MTPE Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.PEAS Plan Esencial de Aseguramiento en Salud.PNUME Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales. PRONPAD Programa Nacional de Prevención y Atención de Pacientes con Diabetes. PP Programa Presupuestal. RNPD Registro Nacional de Pacientes con Diabetes. RIS Redes Integradas de Salud.SIS Seguro Integral de Salud.SEHO Servicio Educativo HospitalarioSUSALUD Superintendencia Nacional de Salud.UGIPRESS Unidad de gestión de instituciones prestadoras de servicios de salud. Artículo 5.- Prevención y control de la diabetes dentro de la Política Nacional Multisectorial de Salud El MINSA, como ANS, de forma participativa y en el marco de la Política Nacional Multisectorial de Salud al 2030 “Perú, País Saludable”, aprobada por Decreto Supremo N° 026-2020-SA o la que haga sus veces, formula y aprueba los documentos normativos que tienen por fi nalidad estandarizar los aspectos técnicos, asistenciales, sanitarios y/o administrativos relacionados al ámbito del Sector Salud; así como facilitar el adecuado y correcto desarrollo de competencias, funciones, procesos, procedimientos y/o actividades, en los diferentes niveles de atención de salud, niveles de gobierno y subsectores de salud, según corresponda, para garantizar la atención integral de la diabetes. Artículo 6.- Del Ente Rector6.1. El MINSA es el Ente Rector encargado de normar y cautelar los procesos y acciones que potencien y