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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MAYO DEL AÑO 2023 (04/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Jueves 4 de mayo de 2023 El Peruano / Cuarta.- Sistema de vigilancia epidemiológica de personas con Diabetes mellitus El MINSA, a través del CDC u organismo que haga sus veces, actualiza los documentos normativos para vigilancia epidemiológica de personas con diabetes, de acuerdo al RNPD, a fi n de efectuar el seguimiento de su tratamiento para la prevención de complicaciones como de comorbilidades y multimorbilidades. Quinta .- Supervisión a través de SUSALUD SUSALUD incorpora en sus acciones de supervisión el cumplimiento de la normativa para garantizar los derechos consignados a las personas con diabetes mellitus, las cuales son afectas a las sanciones dispuestas en caso de incumplimiento, según lo señalado en el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2014-SA. 2174601-5 Modifican la R.M. N° 026-2023/MINSA, en lo relativo a delegación de facultades al/a la Director/a General de la Oficina General de Administración RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 417-2023/MINSA Lima, 27 de abril del 2023 VISTO, el Expediente Nº SG000020230000382, que contiene el Memorándum N° D000627-2023-OGA-MINSA emitido por la O fi cina General de Administración; el Memorándum N° D000333-2023-SG-MINSA emitido por la Secretaría General y el Informe Nº D000648-2023-OGAJ-MINSA emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que las entidades pueden delegar la competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; Que, el literal e) del artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1161, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Ministro de Salud es la más alta autoridad política del Sector; y tiene entre otras funciones, las que le asigne la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, pudiendo delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 150-2023-MINSA, el Ministerio de Salud acepta la donación realizada por la Organización Panamericana de la Salud-Organización Mundial de la Salud (OPS/OMS) en Perú, consistente en los productos detallados en el Anexo de la presente Resolución Ministerial, valorizados en US$ 241,683.58 (DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES CON 58/100 DÓLARES AMERICANOS), que ingresaron al país con Guía Aérea N° 075-61456485; Que, mediante Resolución Ministerial N° 026-2023/ MINSA y modi fi catoria, se delega, durante el Año Fiscal 2023, en diversos funcionarios del Ministerio de Salud, aquellas facultades y atribuciones que no son privativas del/de la Ministro/a de Salud, conforme a lo establecido por la Ley N° 29158;Que, mediante Memorándum N° D000333-2023- SG-MINSA, la Secretaría General del Ministerio de Salud propone que se delegue en la O fi cina General de Administración la facultad para suscribir contratos de garantía y/o ampliaciones de contratos de garantía; Que, mediante Informe N° D000648-2023-OGAJ- MINSA, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite la opinión correspondiente sobre la propuesta señalada en el considerando precedente, estimando legalmente procedente proseguir con el trámite de su aprobación; Con los vistos de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General, del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y del Despacho Viceministerial de Salud Pública; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1161, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Incorporar el literal k) al numeral 3.2 del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 026-2023/MINSA, de acuerdo al siguiente texto: “Artículo 3.- Delegación de facultades al/a la Director/a General de la O fi cina General de Administración Delegar durante el Año Fiscal 2023, al/a la Director/a General de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Salud, las siguientes facultades correspondientes a la Unidad Ejecutora 001: Administración Central del Pliego 011: Ministerio de Salud: (…) 3.2 En materia de acciones administrativas: (…)k) Suscribir contratos de garantía y/o ampliaciones de contratos de garantía”. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano y encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la misma en la sede digital del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSA BERTHA GUTIÉRREZ PALOMINO Ministra de Salud 2174448-1 Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2024-2026 del Pliego 011: Ministerio de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 427-2023/MINSA Lima 2 de mayo del 2023 Visto, el Expediente N° OGPPM020230000236, que contiene el Memorándum N° D001164-2023-OGPPM- MINSA y el Informe N° D000093-2023-OGPPM-OPEE- MINSA emitidos por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Nota Informativa N° D000653-2023-OGAJ-MINSA emitida por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN,