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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MAYO DEL AÑO 2023 (16/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Martes 16 de mayo de 2023 El Peruano / 28. Aprobar la remuneración del Alcalde y las dietas de los Regidores. 29. Aprobar el régimen de administración de sus bienes y rentas, así como el régimen de administración de los servicios públicos locales. 30. Disponer el cese del Gerente Municipal cuando exista acto doloso o falta grave. 31. Plantear los con fl ictos de competencia. 32. Aprobar el cuadro de asignación de personal y las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo. 33. Fiscalizar el desempeño funcional y la conducta pública de funcionarios y directivos municipales, para lo cual está facultado para invitar a cualquiera de ellos para informar sobre temas especí fi cos previamente comunicados, con el voto favorable de un tercio del número legal de regidores. 34. Aprobar los espacios de concertación y participación vecinal, a propuesta del Alcalde, así como de reglamentar su funcionamiento. 35. Designar, a propuesta del alcalde, al secretario técnico responsable del procedimiento administrativo disciplinario y al coordinador de la unidad funcional de integridad institucional. 36. Las demás atribuciones que le correspondan conforme a ley. CAPÍTULO III DEL ALCALDE Artículo 7°.- El Alcalde es el representante legal de la Municipalidad Distrital y máxima autoridad administrativa. Artículo 8°.- Son atribuciones del Alcalde: 1. Defender y cautelar los derechos e intereses de la Municipalidad y los vecinos. 2. Convocar, presidir y dar por concluidas las Sesiones de Concejo. 3. Ejecutar, bajo responsabilidad, los acuerdos del Concejo Municipal Distrital de La Punta de conformidad con su Plan de Implementación. 4. Proponer al Concejo Municipal Distrital de La Punta proyectos de Ordenanzas y Acuerdos. 5. Promulgar las Ordenanzas y disponer su publicación. 6. Dictar Decretos y Resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las leyes y Ordenanzas. 7. Dirigir la formulación y someter a aprobación del Concejo Municipal Distrital de La Punta el Plan Integral de Desarrollo Sostenible Local y el Programa de Inversiones Concertado con la Sociedad Civil. 8. Dirigir la ejecución de los planes de desarrollo municipal. 9. Someter a aprobación del Concejo Municipal Distrital de La Punta, bajo responsabilidad y dentro de los plazos y modalidades establecidos en la Ley Anual del Presupuesto de la República, el Presupuesto Municipal Participativo, debidamente equilibrado y fi nanciado. 10. Aprobar el presupuesto municipal, en caso de que el Concejo Municipal Distrital de La Punta no lo apruebe dentro del plazo previsto conforme a ley. 11. Someter a aprobación del Concejo Municipal Distrital, dentro del primer trimestre del ejercicio presupuestal siguiente y bajo responsabilidad, el balance general y la memoria del ejercicio económico fenecido. 12. Proponer al Concejo Municipal Distrital de La Punta la creación, modi fi cación, supresión o exoneración de contribuciones, tasas, arbitrios, derechos y licencias; y, con Acuerdo del Concejo municipal, solicitar al Poder Legislativo la creación de los impuestos que considere necesarios. 13. Someter al Concejo Municipal Distrital de La Punta la aprobación del sistema de gestión ambiental local y de sus instrumentos, dentro del marco del sistema de gestión ambiental nacional y regional. 14. Proponer al Concejo Municipal Distrital de La Punta los proyectos de Reglamento Interno del Concejo Municipal, los de personal, los administrativos y todos los que sean necesarios para el gobierno y la administración municipal.15. Informar al Concejo Municipal Distrital de La Punta mensualmente respecto al control de la recaudación de los ingresos municipales y autorizar los egresos de conformidad con la ley y el presupuesto aprobado. 16. Celebrar matrimonios civiles de los vecinos, de Acuerdo a las normas del Código Civil. 17. Designar y cesar al gerente municipal y, a propuesta de este, a los demás funcionarios y directivos públicos de con fi anza, cumpliendo con los requisitos previamente establecidos en la normativa vigente y en los documentos de gestión interna que regulan el per fi l de cada puesto. 18. Autorizar las licencias solicitadas por los funcionarios y demás servidores de la Municipalidad. 19. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones municipales con el auxilio del Serenazgo y la Policía Nacional. 20. Delegar sus atribuciones políticas en un Regidor hábil y, las administrativas, en el gerente municipal. 21. Proponer al Concejo Municipal Distrital la realización de auditorías, exámenes especiales y otros actos de control. 22. Implementar, bajo responsabilidad, las recomendaciones contenidas en los informes de auditoría interna. 23. Celebrar los actos, contratos y convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones. 24. Proponer la creación de empresas municipales bajo cualquier modalidad legalmente permitida, sugerir la participación accionaria, y recomendar la concesión de obras de infraestructura y servicios públicos municipales. 25. Supervisar la recaudación municipal, el buen funcionamiento y los resultados económicos y fi nancieros de las empresas municipales y de las obras y servicios públicos municipales ofrecidos directamente o bajo delegación al sector privado. 26. Presidir la Comisiones Provinciales de Formalización de la Propiedad Informal o designar a su representante en aquellos lugares que se implementen. 27. Otorgar los títulos de propiedad emitidos en el ámbito de su jurisdicción y competencia. 28. Nombrar, contratar, cesar y sancionar a los servidores municipales de carrera. 29. Proponer al Concejo Municipal Distrital las operaciones de crédito interno y externo, conforme a ley. 30. Presidir el comité de defensa civil de su jurisdicción.31. Suscribir convenios con otras municipalidades para la ejecución de obras y prestación de servicios comunes. 32. Atender y resolver los pedidos que formulen las organizaciones vecinales o, de ser el caso, tramitarlos ante el Concejo Municipal Distrital. 33. Resolver en última instancia administrativa los asuntos de su competencia de Acuerdo al Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad. 34. Proponer al Concejo Municipal espacios de concertación y participación vecinal. 35. Presidir, instalar y convocar al comité provincial o distrital de seguridad ciudadana, según sea el caso. 36. Convocar, bajo responsabilidad, como mínimo a dos audiencias públicas distritales o provinciales, conforme a la circunscripción de gobierno local. 37. Proponer al concejo municipal las ternas de candidatos para la designación del secretario técnico del procedimiento administrativo disciplinario y del coordinador de la unidad funcional de integridad institucional. 38. Las demás que le correspondan de acuerdo a ley. Artículo 9°. - La vacancia del cargo del Alcalde o Regidor es declarada por el Concejo en sesión extraordinaria, según los casos expresamente establecidos en la Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa noti fi cación al afectado para que ejerza su derecho a la defensa. Cualquier vecino puede solicitar la vacancia del cargo de Alcalde o Regidor ante el Concejo Municipal Distrital de La Punta, aportando prueba escrita que sustente la causal de la vacancia. El procedimiento se regirá conforme lo establecido al efecto en la Ley Orgánica de Municipalidades.