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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MAYO DEL AÑO 2023 (16/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Martes 16 de mayo de 2023 El Peruano / Predial del ejercicio 2023, en cuanto a la cuota inicial y las cuotas de fraccionamiento, éstos se harán de acuerdo a lo normado mediante el reglamento de fraccionamiento vigente. Artículo 12º.- DEL PAGO MEDIANTE NUESTROS MEDIOS VIRTUALES Y PLATAFORMAS DIGITALES Aquellos contribuyentes que efectúen sus pagos mediante nuestra plataforma virtual (página web), obtendrán un descuento adicional del 5% en los montos insolutos de los Arbitrios Municipales establecidos en el artículo 6º y 9°, indicados en la presente ordenanza. Artículo 13º.- DEUDAS CON RECURSO IMPUGNATORIO Para acogerse a la presente Ordenanza, se deberá acreditar el desistimiento de los medios impugnatorios, que se hayan interpuesto por las deudas que se encuentren dentro del alcance de la presente Ordenanza Municipal. Artículo 14º.- COSTAS Y GASTOS COACTIVOS Condónese el 100% de las costas y gastos coactivos, derivados de la tramitación de los procedimientos de cobranza coactiva correspondiente a las obligaciones tributarias que se acojan a la presente Ordenanza, dentro de la vigencia de la misma y de sus efectos establecidos en el artículo 5°, 6º, 7°, 8°, 9º, 10°, 11° y 12°. Artículo 15º.- DEUDA CANCELADA ANTERIORMENTE Los contribuyentes que con anterioridad hayan efectuado pagos al contado o dentro de convenios de fraccionamiento por deudas comprendidas dentro del presente programa de bene fi cios, se considerarán como válidos y no generaran derecho de devolución ni compensación alguna. Artículo 16º.- QUIEBRE DE VALORES Y SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO COACTIVO La regularización de la deuda tributaria bajo los alcances de la presente Ordenanza dará lugar a dejar sin efecto los valores emitidos a la fecha por los conceptos regularizados y a la suspensión de los procedimientos de cobranza coactiva que se sigan al respecto, siempre y cuando se haya realizado el pago total de la deuda. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- FACULTAR al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, asimismo su prorroga si así fuera necesario. Segunda.- DEJAR SIIN EFECTO todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Tercera.- ENCARGAR a la SECRETARÍA GENERAL la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario O fi cial “El Peruano”. Cuarta.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Secretaría General, Gerencia de Administración y Finanzas, Sub Gerencia de Control y Recaudación Tributaria, Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria, Ejecutoría Coactiva y demás dependencias de la Administración Municipal el estricto cumplimiento y difusión de la presente Ordenanza Municipal. Quinta.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información, tomar acciones y/o medidas técnicas necesarias para la implementación en el Sistema Integrado de Gestión Municipal; la publicación en el portal institucional de la Municipalidad, (www.munilaperla.gob.pe) y el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RODOLFO MARIANO ADRIANZEN CASTAÑEDA Alcalde 2177700-1MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Ordenanza que aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal de La Punta ORDENANZA Nº 006-2023-MDLP/AL La Punta, 25 de abril de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO:El Concejo Municipal del Distrito de La Punta en Sesión Ordinaria de fecha 25 de abril de 2023, con el voto aprobatorio de los Regidores Distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo, y ; VISTO:El Memorando N° 041-2023-MDLP/DOPP emitido por la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 090-2023-MDLP/SG emitido por la O fi cina de Secretaría General, Archivo y Comunicaciones; el Informe N° 026-2023/MDLP/DOPP emitido por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 040-2023/MDLP/OAJ emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 155-2023-MDLP/SGAC emitido por la Secretaria General, Archivo y Comunicaciones; el Informe N° 013-2023/MDLP/OGAJ emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 260-2023-MDLP/GM emitido por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la misma que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, los numerales 3 y 12 del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local y por Ordenanza su Reglamento Interno; Que, el numeral 14 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Alcalde: “Proponer al Concejo Municipal los Proyectos de Reglamento Interno del Concejo Municipal, los de personal, los administrativos y todos los que sean necesarios para el gobierno y la administración municipal”; Que, de acuerdo con el artículo 34º de Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad, aprobado mediante Ordenanza Nº 004-2023-MDLP/AL, la Secretaría General, Archivo y Comunicaciones es un órgano de apoyo “que proporciona soporte administrativo al Concejo Municipal, a la Alcaldía y a los Regidores (…)”; Que, mediante Ordenanza Nº 001-2013, se aprueba el actual Reglamento Interno del Concejo Municipal (RIC) de La Punta; Que, por otro lado, cabe mencionar que mediante Ley N° 31433, se modi fi ca la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto a las atribuciones y responsabilidades de concejos municipales y consejos regionales, para fortalecer el ejercicio de su función de fi scalización. Asimismo, con la Ley N° 31270, se regulan las sesiones virtuales de consejos regionales y concejos municipales; Que, mediante el Memorando N° 041-2023-MDLP/ DOPP de fecha 24 de febrero de 2023, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto solicita a la Secretaría General la actualización del Reglamento Interno del Concejo Municipal, en vista de las modi fi caciones a la Ley