Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2023 (24/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de mayo de 2023 El Peruano / Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, resulta pertinente proponer a la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República la redistribución de la carga procesal de la Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria y de la Sala Civil Permanente. Asimismo, solicitar información a la O fi cina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República, respecto al personal administrativo y jurisdiccional adscritos a cada una de las Salas Especializadas del Supremo Tribunal; y que se realice las acciones pertinentes para la implementación de la Mesa de Partes Única. Quinto. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 794- 2023 de la décima octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 10 de mayo de 2023, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo y Espinoza Santillán, sin intervención de la señora Medina Jiménez por motivos de salud; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Proponer a la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República la redistribución de la carga procesal de la Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria y de la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, respectivamente, en el siguiente sentido: - Que la Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria remita a la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, los expedientes ingresados a partir del 1 de enero de 2020 al 31 de mayo de 2023. El número de expedientes transferidos será equivalente para ambas salas. - Que la Sala Civil Permanente remita a la Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, los expedientes ingresados a partir del 1 de enero de 2020 al 31 de mayo de 2023. El número de expedientes transferidos será equivalente para ambas salas. Artículo Segundo.- Disponer que el Jefe de la O fi cina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República informe al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, sobre el número de personal administrativo y jurisdiccional con carácter de permanente de cada una de las Salas Especializadas de la Corte Suprema; además del grupo de apoyo que tiene asignado. En caso de incumplimiento de la presente disposición, se comunicará al órgano de control correspondiente, para las acciones respectivas. Artículo Tercero.- Disponer que el Jefe de la O fi cina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República, realice las acciones pertinentes para la pronta implementación de la Mesa de Partes Única de las Salas Especializadas de la Corte Suprema de Justicia de la República, tanto física como electrónica. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Salas Especializadas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Secretaría General y O fi cina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2180539-2Aprueban el “Programa Anual de Actividades del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Poder Judicial” Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000192-2023-CE-PJ Lima, 23 de mayo del 2023VISTO:El O fi cio N° 000119-2023-VPES-D-CE-PJ, cursado por el señor Consejero Vicente Espinoza Santillán. CONSIDERANDO:Primero. Que, mediante Resoluciones Administrativas Nros. 000094-2023-CE-PJ y 000141-2023-CE-PJ se reconformó el Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Poder Judicial, que es el encargado de formular normas y planes para impulsar la implementación de la gestión del riesgo de desastres, en el ámbito de su competencia. Segundo. Que, el Plan Estratégico Institucional 2021 al 2030, establece los Objetivos y Acciones Estratégicas Institucionales, incorporando desde el año 2021 como Objetivo Estratégico Institucional N° 07: Implementar la Gestión de Riesgo de Desastres en el Poder Judicial, en el marco de la Ley N° 29664 Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, con la fi nalidad de identi fi car y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos; así como evitar la generación de nuevos riesgos. Tercero. Que, en ese contexto, el señor Consejero Vicente Espinoza Santillán, en su condición de Presidente del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Poder Judicial, mediante O fi cio N° 000119-2023-VPES-D-CE-PJ remite el “Programa Anual de Actividades del Grupo de Trabajo para la Gestión del Riesgo de Desastres del Poder Judicial”. Cuarto. Que, el referido programa tiene como objetivo general implementar en el Poder Judicial actividades, procesos e instrumentos, en el marco de la Ley N° 29664. Asimismo, como objetivos especí fi cos se señalan los siguientes: a) Fortalecer el desarrollo de capacidades de los miembros del GTGRD-PJ, en materia de gestión del riesgo de desastres; b) Implementar la gestión del riesgo de desastres, en las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional; c) Sensibilizar a los funcionarios del Poder Judicial, sobre la importancia del fortalecimiento de las competencias de los brigadistas institucionales, permitiendo su capacitación en materia de gestión del riesgo de desastres; y d) Fortalecer la cultura de prevención y resiliencia en el personal del Poder Judicial a nivel nacional. Quinto. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por lo que siendo así y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente aprobar la propuesta presentada. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 843- 2023 de la décima novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 17 de mayo de 2023, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo y Espinoza Santillán, sin intervención de la señora Medina Jiménez por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,