Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2023 (24/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de mayo de 2023 El Peruano / a las Divisiones de Auditoría I y II de la Gerencia de Fiscalización I y a las Divisiones de Control Masivo I y II de la Gerencia de Fiscalización II, de la Intendencia Lima; Que, mediante el Decreto Supremo N° 040-2023- EF y la Resolución de Superintendencia N° 000081-2023/SUNAT, se aprobaron la Sección Primera y la Sección Segunda, respectivamente, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT; Que, el artículo 494° de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 000081-2023/SUNAT, contempla, entre otras subunidades orgánicas de la Intendencia Lima, a las Divisiones de Auditoría I y II, dependientes de la Gerencia de Fiscalización I, y a las Divisiones de Control Masivo I y II, dependientes de la Gerencia de Fiscalización II; Que, los artículos 507° y 509° de la referida Sección Segunda del ROF de la SUNAT, señalan como competencia de las Divisiones de Auditoría I y II la ejecución de las acciones de fi scalización orientadas a establecer la correcta determinación de las obligaciones tributarias y otras obligaciones administradas por la SUNAT, de la evaluación de las solicitudes de prescripción que se presenten durante el procedimiento de fi scalización, así como de ejecutar otras acciones de o fi cio, de los contribuyentes que se le asigne por Resolución de Superintendencia; Que, asimismo, los artículos 517° y 519° de la citada Sección Segunda del ROF de la SUNAT, establecen las competencias de las Divisiones de Control Masivo I y II, disponiendo que están encargadas de ejecutar las acciones de fi scalización de alcance limitado, así como la verifi cación del cumplimiento de obligaciones formales, de acuerdo a su directorio conformado, mediante Resolución de Superintendencia; Que, mediante el Informe Técnico N° 000003-2023-SUNAT/7B3000 de la Gerencia de Programación y Fiscalización de la Intendencia Nacional de Gestión de Procesos, se sustenta la necesidad de asignar los contribuyentes de la jurisdicción de la Intendencia Lima a las subunidades orgánicas antes mencionadas; Que, por otra parte, con Informe N° 000012-2023-SUNAT/1V2000, la Gerencia de Organización y Procesos de la O fi cina Nacional de Planeamiento y Estudios Económicos, en el ámbito de sus competencias, ha emitido conformidad a la propuesta formulada por la Intendencia Nacional de Gestión de Procesos; En uso de la facultad conferida por el inciso m) del artículo 10° del Documento de Organización y Funciones Provisional de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 000042-2022/SUNAT; SE RESUELVE:Artículo 1.- Asignación de contribuyentes a las Divisiones de Auditoría I y II de la Gerencia de Fiscalización I de la Intendencia Lima Asignar los principales y medianos contribuyentes de la jurisdicción de la Intendencia Lima a las Divisiones de Auditoría I y II de la Gerencia de Fiscalización I de la Intendencia Lima, en función al último dígito del número del Registro Único de Contribuyentes (RUC) de cada contribuyente, conforme se detalla a continuación: Unidad Orgánica Subunidad Orgánica Último dígito del RUC Gerencia de Fiscalización IDivisión de Auditoría I Impar (1, 3, 5, 7 y 9) División de Auditoría II Par (0, 2, 4, 6 y 8) Artículo 2.- Asignación de contribuyentes a las Divisiones de Control Masivo I y II de la Gerencia de Fiscalización II de la Intendencia Lima Asignar los contribuyentes de la jurisdicción de la Intendencia Lima a las Divisiones de Control Masivo I y II de la Gerencia de Fiscalización II de la Intendencia Lima, en función al último dígito del número del Registro Único de Contribuyentes (RUC) de cada contribuyente, conforme se detalla a continuación: Unidad Orgánica Subunidad Orgánica Último dígito del RUC Gerencia de Fiscalización IIDivisión de Control Masivo I Impar (1, 3, 5, 7 y 9) División de Control Masivo II Par (0, 2, 4, 6 y 8) Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT (www.gob.pe/sunat). DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL ÚNICA. Vigencia La presente resolución rige a partir de la entrada en vigencia del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo N° 040-2023-EF y la Resolución de Superintendencia N° 000081-2023/SUNAT. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA ÚNICA. Derogación Derogar la Resolución de Superintendencia N° 000143-2022/SUNAT. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ENRIQUE VERA CASTILLO Superintendente Nacional 2179922-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Aprueban actualización de la Directiva DI-002-SNR-DTR, Directiva que regula procedimientos registrales y procedimientos administrativos agrupados (V .02) RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 093-2023-SUNARP/SN Lima, 23 de mayo de 2023VISTOS; el Informe Técnico N° 046-2023-SUNARP/ DTR del 22 de mayo de 2023 de la Dirección Técnica Registral; el Memorándum N° 00484-2023-SUNARP/OPPM del 12 de abril de 2023 de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 00349-2023-SUNARP/OAJ del 21 de abril de 2023 de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 26366 se crea la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos-Sunarp, Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de plani fi car, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional;