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93 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de mayo de 2023 El Peruano / Décimo Segunda.- En contextos de Emergencia Nacional, Emergencia Sanitaria u otros que afecten el normal desarrollo de la vida de la Nación, la Entidad Municipal deberá disponer mecanismos tecnológicos y/o digitales para la presentación de la información y/o documentos requeridos en la presente Ordenanza conservando el espíritu e intención de la misma sin contravenir la normativa vigente. Décimo Tercera.- Derogar toda Ordenanza o disposición que se oponga a la presente norma. Décimo Cuarta.- FACULTAR al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias para la adecuación y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Décimo Quinta.- Encargar a todas las Unidades Orgánicas de la entidad, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal, así como la toma de acciones correspondientes con arreglo a ley. Décimo Sexta.- Encargar a la Secretaría General, disponga la publicación de la presente norma en el Diario O fi cial “El Peruano así como en el portal de la Municipalidad Provincial del Callao, cuya dirección electrónica es: (www.gob.pe/municallao). PEDRO SPADARO PHILIPPS Alcalde 2180344-1 MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Conforman la Comisión Técnica Mixta de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados de la Municipalidad Distrital de Bellavista DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2023-MDB Bellavista, 26 de abril de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA. VISTO: El Acuerdo de Concejo N°019-2023-MDB, del 25 de abril de 2023; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley N°27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre en su artículo 18 inciso 18.1 literal a establece que las municipalidades distritales ejercen las competencias en materia de transporte que los reglamentos nacionales y las normas emitidas por la Municipalidad Provincial respectiva les señalen y, en particular, la regulación del transporte menor, mototaxis y similares; Que, el Decreto Supremo N° 055-2010-MTC, que aprueba el Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados o No Motorizados, en la Sétima Disposición Complementaria Final señala que cada Municipio Distrital cuenta con una Comisión Técnica Mixta, la cual es autónoma y está integrada por los regidores de la Comisión de Transporte o por la Comisión que haga sus funciones, por representantes acreditados de la Policía Nacional del Perú y de las Organizaciones de Transportadores del Servicio Especial; Que, la Ordenanza Municipal N° 011-2010-CDB de fecha 30 de junio de 2010 aprobó la regulación del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores No Motorizados y Motorizados, en su artículo 3 inciso 3.27 establece que la Comisión Técnica Mixta estará conformada por tres regidores de la Comisión de Transporte, un representante acreditado de la Policía Nacional del Perú y un representante de cada persona jurídica de transportadores del Servicio Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Motorizados y No Motorizados, autorizados y debidamente inscritos en los Registros Públicos; y en la primera Disposición Complementaria de la Ordenanza, establece la facultad del Señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las normas complementarias necesarias a la referida Ordenanza; Que, mediante Acuerdo de Concejo N°19-2023-MDB de fecha 25 de abril de 2023 se designó a los tres regidores del Concejo Municipal que integrarán la Comisión Técnica Mixta antes citada; Que, el presente Decreto tiene como antecedentes los siguientes documentos: Memorándum N°174-2023-MDB/SG del 13 de marzo de 2023, de la Secretaria General y el Informe N°042-2023-MDB/GAJ, del 16 de marzo de 2023, de la Gerencia de Asesoría Jurídica que opina favorablemente a la conformación de la Comisión Técnica Mixta de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con el artículo 20 inciso 6 y el artículo 42 de la Ley N° 27972-Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo 1.- Conformase la Comisión Técnica Mixta de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados de la Municipalidad Distrital de Bellavista, la misma que quedará integrada de la siguiente manera: Cargo/ Condición Nombres y Apellidos Institución Presidente Regidor Gregory Germán Cáceres CórdovaMunicipalidad Distrital de Bellavista Vicepresidente Regidor Julio Martín Córdova OsorioMunicipalidad Distrital de Bellavista Secretario Regidora Silvia María Pereyra ZapataMunicipalidad Distrital de Bellavista Miembro Titular Cmdte. PNP Jesús Martín Alzamora GreenJefe de la Unidad de Tránsito y Seguridad Vial, Callao Miembro Suplente SS. PNP Segundo Eleodoro Olórtegui Marín Unidad de Tránsito y Seguridad Vial del Callao Miembro Suplente SS. PNP Jorge Cruz RomeroUnidad de Tránsito y Seguridad Vial del Callao Miembro Titular Sr. Arístides Washington Yupanqui RojasAsociación de Mototaxis San Judas Tadeo Miembro SuplenteSr. William Javier Ávalos GavilánAsociación de Mototaxis San Judas Tadeo Miembro Titular Sr. Teó fi lo Eusebio Jorge BenancioEmpresa de Transporte Ligero de Mototaxis Bellavista AUTODISA S.A. Miembro Suplente Sra. Rosmery Yahaira Gutiérrez GavilánEmpresa de Transporte Ligero de Mototaxis Bellavista AUTODISA S.A. Artículo 2.- Dejar sin efecto el Decreto de Alcaldía N° 02-2022-MDB/AL del 20 de abril de 2022. Artículo 3.- Disponer la noti fi cación del presente Decreto de Alcaldía a los miembros de la Comisión conformada y su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 4.- Encargar a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones la difusión del presente Decreto de Alcaldía en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Bellavista www.munibellavista.gob.pe y en los portales electrónicos institucionales del Estado Peruano que corresponda. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ALEXANDER MIGUEL CALLAN CALLAN Alcalde 2180129-1