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95 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de mayo de 2023 El Peruano / MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COLQUEMARCA Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, la Estructura Orgánica y Organigrama de la Municipalidad Distrital de Colquemarca ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-2023-MDC Colquemarca, 4 de abril del 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COLQUEMARCA POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE COLQUEMARCA. En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de marzo del año 2023, sobre el proyecto de ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Colquemarca, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades son órganos de Agobiemos Local, tienen Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia. Que, Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, en su Artículo II del Título Preliminar, señala que las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los actos de su competencia. Asimismo, el numeral 8) del Artículo 9o de dicha Ley establece que son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modi fi car o derogar Ordenanzas. Que, el Decreto Supremo Nº 064-2021-PCM, modi fi ca al Decreto Supremo Nº 054-2018- PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; y modi fi cado con Decreto Supremo Nº 131-2018- PCM, precisando en su artículo 46º que, se requiere la aprobación o modi fi cación del ROF, según corresponda en los siguientes supuestos: a) Por modi fi cación de la estructura orgánica que conlleva a la creación de nuevas unidades de organización; b) Por modi fi cación de la estructura orgánica que conlleva a eliminar unidades de organización; c) Por reasignación o modi fi cación de funciones, sin que se modi fi que la estructura orgánica; Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 007-2020-PCM/SGP, se aprueba la “Norma Técnica Nº 01-2020-PCM/SGP/SSAP que establece modelos de organización para municipalidades”, la cual tiene como finalidad que las municipalidades adopten el modelo que más se ajuste a sus características y a las necesidades de las personas de su jurisdicción. Coligiéndose que, la organización debe ser diseñada para obtener en la mejor forma posible los objetivos estratégicos; debiendo ajustarse la estructura de la organización a los requerimientos estratégicos de la institución, facilitar el desarrollo de las actividades operativas de la municipalidad y el desarrollo del trabajo de las personas en un clima de armonía y cooperación; Que, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM aprueba los Lineamientos de Organización del Estado con la fi nalidad que las entidades públicas, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera para responder a las necesidades en bene fi cio de la ciudadanía, estableciendo establece en el Artículo 45º numeral 45.3 “Las Entidades que no forman parte del poder ejecutivo, aprueban su ROF íntegramente de la siguiente manera (……) c) Las Municipalidades y sus Organismos Públicos Locales , por Ordenanza Municipal”. Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado modi fi cado con el Decreto Legislativo Nº 1446, declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano, así mismo en el artículo 6º de la Ley Nº 27658,establece que el diseño y estructura de la Administración Pública, sus dependencias, entidades y organismos, se deben regir por los siguientes criterios: (a) Las funciones y actividades que realice la Administración Pública, a través de sus dependencias, entidades y organismos, debe estar plenamente justi fi cada y amparada en sus normas; (b) Las dependencias, entidades, organismos e instancias de la Administración Pública no deben duplicar funciones o proveer servicios brindados por otras entidades ya existentes y; (c) En el diseño de la estructura orgánica pública prevalece el principio de especialidad, debiéndose integrar las funciones y competencias a fi nes. Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018- PCM que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado que en su CAPÍTULO II DEL PROCESO DE APROBACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES que en su Artículo 46º establece los casos por la cual se crea la necesidad de aprobar el ROF, siendo uno de ellos por modi fi cación parcial. Este supuesto se da por la reasignación o modi fi cación de funciones entre unidades de organización sin que se afecte la estructura orgánica o cuando la afectación de la estructura orgánica se debe a una disminución del número de unidades de organización por nivel organizacional. Que, los numerales 3) y 8) del artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que es atribución del Concejo Municipal aprobar el régimen de organización inferior y funcionamiento del gobierno local, así como aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; por su parte el artículo 40º de la misma norma, señala que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Que, mediante Informe N° 00158-2023-OPP-MDC/C, de fecha 23 de febrero de 2023, el Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, solicita la aprobación de los instrumentos de gestión como es el Reglamento de Organización y Funciones (ROF); la misma que cuenta con la opinión legal y conforme a las fi chas de evaluación de las funciones especí fi cas y las funciones sustantivas de cada unidad. Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9 de la ley orgánica de municipalidades - ley Nº 27972, contando con el voto por unanimidad de los señores regidores asistentes a la sesión de oncejo de la fecha, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF, LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y ORGANIGRAMA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COLQUEMARCA Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Colquemarca, la misma que consta de dos (II) Títulos, nueve (IX) capítulos ciento veintidós (122) artículos, disposiciones fi nales y complementarias, la Estructura Orgánica y Organigrama de la Municipalidad Distrital de Colquemarca, que como Anexos forman parte integrante de la presente Ordenanza; la presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Segundo.- DISPONER la adecuación progresiva de los documentos de gestión municipal,