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84 NORMAS LEGALES Jueves 25 de mayo de 2023 El Peruano / Educación de Puno y de las Unidades de Gestión Educativa Local del ámbito del Departamento de Puno, desarrollada en 66 Artículos, cuatro disposiciones complementarias, transitorias y fi nales, Anexos: 01, 02, 02-A, 03, 04 y 05, que forman parte del presente. Artículo Segundo.- ENCARGAR, el cumplimiento del MANUAL DE OPERACIONES a la Dirección Regional de Educación de Puno y Unidades de Gestión Educativa Local del ámbito del Departamento de Puno. Artículo Tercero.- PUBLÍQUESE, el presente Decreto Regional en el Diario O fi cial el Peruano en el portal de transparencia y servicios al ciudadano del GORE Puno, DRE Puno y UGELs en la página web de la entidad. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Puno, a los 21 días del mes de abril del dos mil veintitrés. Regístrese, comuníquese y publíquese.RICHARD HANCCO SONCCO Gobernador Regional 2180447-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima DECRETO DE ALCALDÍA N° 009 Lima, 5 de mayo de 2023El ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;VISTOS: El Informe N° D000113-2023-MML-GP-SOM de la Subgerencia de Organización y Modernización (hoy Ofi cina de Plani fi cación Estratégica y Modernización), el Memorando N° D000374-2023-MML-GP de la Gerencia de Plani fi cación (hoy O fi cina General de Plani fi cación Estratégica, Modernización y Cooperación Técnica), el Informe N° D000503-2023-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos jurídicos (hoy O fi cina General de Asuntos Jurídicos) y el Memorando N° D000697-2023-MML-GMM de la Gerencia Municipal Metropolitana, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 6 de la referida Ley N° 27972, señala que la Alcaldía es el órgano ejecutivo de gobierno local, siendo el Alcalde su representante legal y la máxima autoridad administrativa; Que, el artículo 42 de la Ley N° 27972, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, el numeral 1 del artículo 44 de la acotada Ley N° 27972, establece entre otros, que los Decretos de Alcaldía son publicados en el Diario O fi cial El Peruano en el caso de todas las municipalidades de la provincia de Lima y de la Provincia Constitucional del Callao; Que, el numeral 44.5 del artículo 44 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, y el artículo 19 de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, que aprueba Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del (TUPA); establecen que, una vez aprobado el Texto Único de Procedimientos Administrativos (en adelante el TUPA), toda modi fi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Decreto de Alcaldía; Que, mediante Ordenanza Nº 1874 y modi fi catorias, la Municipalidad Metropolitana de Lima aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) que contiene los Procedimientos Administrativos y Servicios Exclusivos, Requisitos y Derechos de Trámite que son de competencia de la entidad edil; Que, mediante Ordenanza N° 2537, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 19 de abril de 2023, se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, documento que contiene principales cambios en lo que respecta a los órganos y unidades de organización, indicando en la Disposición Complementaria Transitoria Única que en un plazo de treinta (30) días hábiles, contados desde la publicación de la ordenanza, los Órganos, Unidades Orgánicas, Órganos Desconcentrados, Organismos Descentralizados y Empresas Municipales, pertenecientes a la Municipalidad Metropolitana de Lima, se adecúen al Reglamento de Organización y Funciones; Que, mediante Memorando N° D000374-2023- MML-GP, de fecha 03 de mayo de 2023, la Gerencia de Plani fi cación (actualmente denominada O fi cina General de Plani fi cación Estratégica, Modernización y Cooperación Técnica) remite el Informe N° 113-2023-MML-GP-SOM, de fecha 03 de mayo de 2023, de la Subgerencia de Organización y Modernización (actualmente denominada O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Modernización), mediante el cual sustenta la necesidad de modi fi car el TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a razón de los cambios en el nuevo Reglamento de Organización y Funciones respecto de la denominación de las dependencias responsables de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad contenidos en el TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado con Ordenanza Nº 1874 y modi fi catorias; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos (actualmente denominada O fi cina General de Asuntos Jurídicos) mediante Informe N° D000503-2023-MML-GAJ de fecha 04 de mayo de 2023, opina que resulta viable que mediante Decreto de Alcaldía se modi fi que el TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a razón de los cambios en el nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima aprobada por Ordenanza 2537; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y por las facultades conferidas por el numeral 6 del Artículo 20 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR la modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Ordenanza N° 1874-MML y modi fi catorias, conforme se detalla en el Anexo, que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo (ahora O fi cina General de la Secretaria de Concejo), la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario o fi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Gobierno Digital e Innovación (ahora Ofi cina de Gobierno Digital), su publicación y su Anexo que forma parte del presente Decreto de Alcaldía en el