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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MAYO DEL AÑO 2023 (25/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 83

83 NORMAS LEGALES Jueves 25 de mayo de 2023 El Peruano / Que, el artículo 4 del referido Decreto Supremo 047- 2002-PCM señala que las resoluciones de autorizaciones de viaje deberán publicarse en el diario o fi cial “El Peruano” con anterioridad al viaje; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 28301, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional; el Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional, aprobado por la Resolución Administrativa 095-2004-P/TC; la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; el Decreto Supremo 047-2002-PCM; el Decreto Legislativo 1440 y la Directiva de Otorgamiento de Pasajes y Viáticos para Comisiones de Servicios al Interior y Exterior del País, aprobada por Resolución de Dirección General 012-2019-DIGA/TC,SE RESUELVE Artículo Primero.- OTORGAR licencia con goce de haber a los magistrados Gustavo Gutiérrez Ticse y Manuel Monteagudo Valdez, del 07 al 12 de junio de 2023, para que en comisión de servicios asistan al 135 Plenario de la Comisión de Venecia del Consejo de Europa, a desarrollarse los días 09 y 10 de junio de 2023, en Venecia, Italia, en la Scuola Grande di San Giovanni Evangelista. Artículo Segundo.- AUTORIZAR el viaje en comisión de servicios de los magistrados Gustavo Gutiérrez Ticse y Manuel Monteagudo Valdez para que asistan al evento descrito en el artículo precedente, con cargo al presupuesto de la entidad. Artículo Tercero.- El cumplimiento de lo dispuesto en esta resolución irrogará egresos del presupuesto del Tribunal Constitucional, según el siguiente detalle: COMISIONADOS FECHA DE VIAJEPASAJE AÉREO US$GASTOS DE INSTALACIÓN Y TRASLADO US$ 540.00 POR 1 DÍAVIÁTICOS A EUROPA POR US$ 540.00 2 DÍASTARJETA DE SEGURO INTERNACIONAL U$ magistrado Gustavo Gutiérrez Ticse 07 al 12 de junio de 2023 3,225.00 $ 540.00 $ 1080.00 $ 42.00 magistrado Manuel Monteagudo Valdez07 al 12 de junio de 2023 3,562.50 $ 540.00 $ 1080.00 $ 42.00 Monteagudo Valdez; así como a la señora magistrada y a los magistrados del Tribunal Constitucional; a la Secretaría General, a la Dirección General de Administración, y a las Oficinas Gestión y Desarrollo Humano, Logística, Contabilidad y Tesorería, Tecnologías de la Información y al Órgano de Control Institucional, para los fines de ley. Regístrese, publíquese y comuníquese.FRANCISCO MORALES SARAVIA Presidente del Tribunal Constitucional 2181035-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE PUNO Aprueban el Manual de Operaciones (MOP) de la Dirección Regional de Educación de Puno y de las Unidades de Gestión Educativa Local del ámbito del departamento de Puno DECRETO REGIONAL N° 05-2023-GR-PUNO/GR La Gobernación Regional del Gobierno Regional de Puno. Ha aprobado el Decreto Regional siguiente:CONSIDERANDO:Que, por mandato constitucional, Ley de Reforma Constitucional N° 27680, se dispone crear los Gobiernos Regionales y conforme a lo dispuesto por el Artículo 2º de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, estos emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho Público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera un Pliego Presupuestal Que la Dirección Regional de Educación de Puno es un órgano desconcentrado administrativamente depende del Pliego Gobierno Regional Puno, y normativamente depende del Ministerio de Educación.Que, el Decreto Supremo N” 054-2018-PCM, aprueba los lineamientos de organización del estado y sus modi fi catorias y en merito a la Resolución Ministerial N° 176-2021-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica “Orientaciones para la organización y funcionamiento de las Direcciones Regionales y Unidades de Gestión Educativa Local, se toma el escenario 3: Cuando la naturaleza organizacional de la Dirección Regional Puno, establecida en el Reglamento de Organización de Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Puno, sea de nivel 3, como “Unidad Orgánica de Línea” Dirección Regional de Educación y se desarrolle un Manual de Operaciones — MOP, dicho instrumento de gestión incluye la estructura orgánica. Que, el Manual de Operaciones de la Dirección Regional de Educación de Puno, ha sido revisado por la Sub Gerencia de Modernización y Desarrollo Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional Puno. En ese sentido, cuenta con informe favorable contenido en el Informe N° 039-2023-GR-PUNO/GRPPAT- SGMDI de fecha 27 de febrero del 2023 y la aclaración del procedimiento contenida en el Informe N° 049-2023-GR-PUNO/GRPPAT-SGMDI de fecha 22 de marzo del 2023. Que, es atribución del Gobernador Regional aprobar las normas reglamentarias de organización y funciones de las dependencias administrativas del Gobierno Regional en virtud del artículo 21, acápite h de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867. Por lo que, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 37º inciso b) de la Ley N° 27867 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. HA DADO EL DECRETO REGIONAL, SIGUIENTE:Artículo Primero.- APROBAR, el MANUAL DE OPERACIONES (MOP) de la Dirección Regional de Artículo Cuarto.- La rendición de cuentas deberá realizarse conforme lo establece la Ley 27619 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 047-2002-PCM. Artículo Quinto.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros, cualquiera fuera su denominación. Artículo Sexto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de realizado el referido viaje, los magistrados deben informar los resultados obtenidos con motivo de su participación en el evento antes mencionado. Artículo Séptimo.- COMUNICAR la presente resolución a los magistrados comisionados, magistrados Gustavo Gutiérrez Ticse y Manuel