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101 NORMAS LEGALES Viernes 26 de mayo de 2023 El Peruano / municipales al año, con la fi nalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fi scal”; Que, el artículo 148° de la Ley Orgánica de Municipalidades -Ley N°27972 establece que los gobiernos locales están sujetos a la transparencia y sostenibilidad fi scal y a otras conexas en su manejo de recursos públicos y que dichas normas constituyen un elemento fundamental para la generación de con fi anza de la ciudadanía para el accionar del Estado, así como para alcanzar un manejo e fi ciente de los recursos públicos; Que, de acuerdo al Artículo 17° de la Ley N°27783 Ley Bases de la Descentralización, “17.1. Los gobiernos regionales y locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública. Para este efecto deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones que señala la ley, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas. 17.2. Sin perjuicio de los derechos políticos que asisten a todos los ciudadanos de conformidad con la Constitución y la ley de la materia, la participación de los ciudadanos se canaliza a través de los espacios de consulta, coordinación, concertación y vigilancia existentes, y los que los gobiernos regionales y locales establezcan de acuerdo a ley.”, asimismo, el literal g) del Artículo 42° de la misma ley, determina que es competencia municipal exclusiva, entre otras “Aprobar y facilitar los mecanismos y espacios de participación, concertación y fi scalización de la comunidad en la gestión municipal”; Que, el artículo 58º de la Ordenanza Nº527-MPL y su modi fi catoria Ordenanza 594-MPL que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones, la Estructura Orgánica y el Organigrama de la Municipalidad de Pueblo Libre, establece que la Subgerencia de Participación Vecinal es la unidad orgánica encargada de promover la participación organizada de la ciudadanía, a fi n de generar una cultura cívica responsable y vigilante de los asuntos de la gestión: promueve, facilita, articula y fortalece los espacios de participación de los ciudadanos en el gobierno local, dentro del marco de los dispositivos legales aplicables; y de acuerdo con el inciso j) del artículo 60º de dicha norma, la subgerencia en mención tiene como función “Promover y convocar la participación vecinal para la formulación, debate y concertación del Plan de Desarrollo Local, del Presupuesto Participativo y la gestión de la Municipalidad.”; Que, la Subgerencia de Participación Vecinal, mediante el Informe Nº076-2023-SG/SGPV del 18 de mayo de 2023, sustenta la necesidad de aprobar la pautas y mecanismos para el correcto desarrollo de la audiencia pública que convoque la municipalidad, promoviendo y facilitando la participación democrática y responsable de las instituciones públicas y privadas, de la comunidad y de los representantes de la sociedad civil; señalando también que la fi nalidad de las audiencias públicas es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las di fi cultades que impidieron el cumplimiento de los compromisos. De igual forma presentar el plan de trabajo y metas de la gestión municipal, fi nalmente indica la procedencia de la misma; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Nº312-2023-GAJ-MPL del 24 de mayo de 2023, considera procedente la emisión del decreto de alcaldía para convocar a la Ciudadanía, a las organizaciones públicas y privadas, a las organizaciones públicas y privadas, a las organizaciones de la sociedad civil, entre otras, a la primera Audiencia Pública de la Municipalidad de Pueblo Libre para el año 2023; así como a la aprobación de los procedimientos que se deben seguir para llevar a cabo dicha audiencia pública; Que, la Gerencia Municipal, mediante el Memorándum N°1557-2023-MPL-GM del 24 de mayo de 2023, señala que se continúe con el trámite de aprobación correspondiente; la misma que se fundamenta en la opinión legal favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica;Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- CONVOCAR a la ciudadanía, a las organizaciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil, entre otras, a la Primera Audiencia Pública de la Municipalidad de Pueblo Libre para el año 2023, conforme al cronograma señalado en el Anexo Nº1 del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- APROBAR el REGLAMENTO PARA LA PRIMERA AUDIENCIA PÚBLICA DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE DEL AÑO 2023, la misma que en Anexo Nº2 forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Equipo Técnico de la Audiencia Pública de la Municipalidad de Pueblo Libre llevar a cabo las acciones necesarias para el debido cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía y a la Gerencia de Tecnología de la Información brindar el soporte técnico mediante la implementación de instrumentos tecnológicos que contribuyan al desarrollo de las fases de la Audiencia Pública. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía y su Anexo 1 en el diario o fi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnología de la Información su publicación y el de sus Anexo N°1 y 2 en el Portal Institucional de la Municipalidad de Pueblo Libre (www.muniplibre.gob.pe), dentro del día siguiente de su aprobación. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.MONICA ROSSANA TELLO LÓPEZ Alcaldesa ANEXO N°1 DEL DECRETO DE ALCALDÍA N°004-2023-MPL CRONOGRAMA DE LA PRIMERA AUDIENCIA PÚBLICA 2023 ACTIVIDADES FECHA Difusión y convocatoria (Diario el Peruano, www.muniplibre.gob.pe)26 de mayo de 2023 Inscripción y registro de participantes para el uso de la palabra con sus consultas y/o preguntas previas.(Portal web y/o red social: www.muniplibre.gob.pe o sede de Subgerencia de Participación Vecinal) Agenda: Informe de Gestión Saliente y avances de la actual Gestión. 29 de mayo de 2023 Publicación de inscritos (Portal web: www.muniplibre.gob.pe) 30 de mayo del 2023 Audiencia Pública Fecha : Miércoles, 31 de mayo del 2023Hora : 18:00 pmLugar : Salón San Martín (1er piso) Municipalidad de Pueblo Libre.Av. General Vivanco N°859 Pueblo Libre. ANEXO N°2 DEL DECRETO DE ALCALDÍA N°004-2023-MPL REGLAMENTO PARA LA PRIMERA AUDIENCIA PÚBLICA DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE DEL AÑO 2023. CONTENIDO I.- PRESENTACIÓN II.- DEFINICIÓN Y ALCANCEIII.- BASE LEGALIV.- OBJETIVOS DE LA AUDIENCIA PÚBLICA