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98 NORMAS LEGALES Viernes 26 de mayo de 2023 El Peruano / Mundial, establecidos en el Acuerdo de Préstamo Nº 9040-PE, en concordancia con el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, que aprueba la “Ley de Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y Dicta otras Medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura” y demás normas y disposiciones aplicables, vinculadas a la ejecución del proyecto de Inversión Pública: “Ampliación del Tramo Norte del COSAC I, Desde la Estación El Naranjal Hasta la Av. Chimpu Ocllo, Distritos de Comas y Carabayllo, Provincia de Lima - Lima” (CUI Nº 2282140); Que, mediante los O fi cios Nº 000147-2023-EMAPE/ GG, Nº 000204-2023-EMAPE/GG y Nº 000219-2023-EMAPE/GG la Gerencia General de la Empresa Municipal de Apoyo de Proyectos Estratégicos S.A. (EMAPE S.A.), informa que en atención al cambio de administración de EMAPE S.A, y que los funcionarios facultados para suscribir los Contratos para la Adquisición de Predios del Proyecto de “Ampliación del Tramo Norte COSAC 1, desde la estación Naranjal hasta la Av. Chimpu Ocllo, distritos Comas - Carabayllo, provincia Lima – Lima”, ya no forman parte de la dirección administrativa de EMAPE S.A., solicitan se formalicen las designaciones de los funcionarios que asumirán las facultades de representación con respecto a la formalización de los documentos de transferencia a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, vinculados al proyecto de Ampliación del Tramo Norte COSAC 1, desde la estación Naranjal hasta la Av. Chimpu Ocllo, distritos Comas - Carabayllo, provincia Lima – Lima. Asimismo, para dicho fi n se propone a los siguientes funcionarios: - Gerente Central de Planeamiento y Presupuesto NICOLÁS LUCIO VILA ESPINOZA DNI 07729833 Designación: Resolución de Gerencia General Nº 000060-2023-EMAPE/GG - Gerente Central de Administración y Finanzas MARIA LUISA SILVA PEREDO DNI 29657196 Designación: Resolución de Gerencia General Nº 000065-2023-EMAPE/GG Que, la delegación de facultades solicitadas por el Gerente General de EMAPE S.A., se sustenta en el Informe Nº 000067-2023-EMAPE/UTCP de la Unidad Técnica Coordinadora de Proyecto – UTCP por el cual se solicita noti fi car a la Gerencia Municipal Metropolitana de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para que se designe nuevamente a funcionarios que asuman las facultades de representación con respecto a la formalización de los documentos de transferencia a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima, vinculados al proyecto de Ampliación del Tramo Norte COSAC 1, desde la estación Naranjal hasta la Av. Chimpu Ocllo, distritos Comas - Carabayllo, provincia Lima – Lima; Que, la Gerencia Central de Asesoría Legal de EMAPE S.A., mediante Informe Nº 90-2023-EMAPE-GCAL de fecha 21 de marzo de 2023, concluye que resulta procedente el otorgamiento de facultades para continuar con la ejecución del proyecto de Inversión Pública: “Ampliación del Tramo Norte del COSAC I, Desde la Estación El Naranjal Hasta la Avenida Chimpu Ocllo, Distritos de Comas y Carabayllo, Provincia de Lima- Lima”; Que, sobre el particular, es necesario indicar que en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura se sustenta, entre otros, en el Principio de Celeridad y E fi cacia, cuyo principio señala que quienes participan en los procesos regulados en el Decreto Legislativo deben ajustar su actuación a fi n de lograr la obtención oportuna de los inmuebles, evitando actuaciones que constituyan meros formalismos, sin que ello releve a las autoridades del respeto al debido proceso o vulnere el ordenamiento jurídico; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 (T.U.O. de la Ley Nº 27444), Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; Que, en esa misma línea, el numeral 85.1 del artículo 85 del T.U.O. de la Ley Nº 27444, señala que la titularidad y el ejercicio de competencia asignada a los órganos administrativos se desconcentran en otros órganos de la entidad siguiendo los criterios establecidos en la Ley. Asimismo, el numeral 85.2, del acotado artículo 85, dispone que los órganos de dirección de las entidades se encuentran liberados de cualquier rutina de ejecución, de emitir comunicaciones ordinarias y de las tareas de formalización de actos administrativos, con el objeto de que puedan concentrarse en actividades de planeamiento, supervisión, coordinación, control interno de su nivel y en la evaluación de resultados. Así también, el numeral 85.3 del mismo artículo 85, dispone que los órganos jerárquicamente dependientes se les trans fi ere competencia para emitir resoluciones, con el objeto de aproximar a los administrados las facultades administrativas que conciernan a sus intereses; Que, mediante Informe Nº D000412-2023-MML-GAJ de fecha 17 de abril del 2023, la Gerencia de Asuntos Jurídicos concluye, entre otros, que resulta viable que mediante Decreto de Alcaldía se delegue al Gerente Central de Planeamiento y Presupuesto y a la Gerente de Administración y Finanzas de EMAPE S.A., las facultades para que en forma individual y/o conjunta, puedan gestionar, emitir y aprobar todo tipo de actos, suscribir bajo cualquier modalidad contractual e inscribir en Registros Públicos, todos los documentos que sean necesarios, sin limitación o reserva alguna, para cumplir las exigencias y los procedimientos del Banco Mundial establecidos en el Acuerdo de Préstamo Nº 9040-PE, en concordancia con el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, que aprueba la “Ley de Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura”, y demás normas y disposiciones aplicables, vinculadas a la ejecución del proyecto de Inversión Pública: “Ampliación del Tramo Norte del COSAC I, Desde la Estación El Naranjal Hasta la Avenida Chimpu Ocllo, Distritos de Comas y Carabayllo, Provincia de Lima- Lima” (CUI-Nº 2282140); Que, mediante O fi cio Nº 307-2023-EMAPE/GG de fecha 27 de abril del 2023, la Gerencia General de EMAPE S.A. comunicó que el nuevo Reglamento de Organización y Funciones – ROF, aprobado mediante Resolución de Gerencia General Nº 069-2023-EMAPE/GG de fecha 12 de abril de 2023, modi fi có la denominación de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto a Gerencia Central de Plani fi cación y Presupuesto. Que, en tal sentido, resulta necesario delegar en el Gerente Central de Plani fi cación y Presupuesto, así como a la Gerente Central de Administración y Finanzas de EMAPE S.A, las facultades de suscribir en representación del Alcalde Metropolitano de Lima e inscribir en Registros Públicos, todos los documentos que sean necesarios, sin limitación o reserva alguna, para cumplir las exigencias y los procedimientos del Banco Mundial establecidos en el Acuerdo de Préstamo Nº 9040-PE, en concordancia con el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, vinculadas a la ejecución del proyecto con Código Único de Inversión Nº 2282140: Estando a lo dispuesto por los artículos 39 y 42 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y, de conformidad con las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20 de la precitada norma y a lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Ordenanza Nº 2208; DECRETA:Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO el Decreto de Alcaldía Nº 29 publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 16 de noviembre del 2021, con el que se resolvió “Delegar al señor José Rómulo Buleje Guillén, Gerente General de EMAPE S.A., identi fi cado con DNI Nº 21544296 y al señor Pedro César Ruiz Cerna, Gerente