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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MAYO DEL AÑO 2023 (26/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 85

85 NORMAS LEGALES Viernes 26 de mayo de 2023 El Peruano / 03 de junio de 2023, otorgándoseles los importes por concepto de pasajes y viáticos, según se detalla en el Anexo adjunto; Que mediante Memorando N° 000048-2023-R-D/ UNMSM de fecha 22 de mayo de 2023 del Despacho Rectoral, se autoriza recti fi car la Resolución Rectoral Nº 006415-2023-R/UNMSM, que autoriza el viaje en Comisión de Servicios, del 28 de mayo al 03 de junio de 2023, respecto al monto de los Viáticos, según se indica en la parte resolutiva de la presente Resolución; Que el artículo 212º inciso 212.1 del Texto Único Ordenado de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N.º 004-2019-JUS dispone: «Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión»; y, Estando dentro de las atribuciones conferidas a la Rectora por la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria, el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario; SE RESUELVE:1°.- Recti fi car el segundo resolutivo de la Resolución Rectoral N.º 006415-2023-R/UNMSM de fecha 19 de mayo de 2023, que autorizó el viaje en Comisión de Servicios al Dr. Vladimir Rodríguez Cairo, docente permanente de la Facultad de Ciencias Contables y a la Dra. Silvia Del Pilar Iglesias León, docente permanente de la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográ fi ca, como se indica: DICE:2º Otorgar al Dr. Vladimir Rodríguez Cairo y a la Dra. Silvia Del Pilar Iglesias León el monto total de US$ 6,240.00 dólares americanos (Seis mil doscientos cuarenta con 00/100 dólares americanos) para sufragar el gasto de la comisión de servicios autorizada, con cargo al Presupuesto 2023 del Rectorado, debiendo a sus retornos rendir cuentas documentadas de los gastos efectuados, en el plazo de quince (15) días calendario de concluido el viaje, siendo los gastos que se autorizan el que detalla a continuación: Pasajes (ida y vuelta para 2 personas) US$ 3,160.00 dólares americanos Viáticos (US$ 440.00 x 7 días para 2 personas) US$ 3,080.00 dólares americanos DEBE DECIR:2º Otorgar al Dr. Vladimir Rodríguez Cairo y a la Dra. Silvia Del Pilar Iglesias León el monto total de US$ 9,320.00 dólares americanos (Nueve mil trescientos veinte con 00/100 dólares americanos) para sufragar el gasto de la comisión de servicios autorizada, con cargo al Presupuesto 2023 del Rectorado, debiendo a sus retornos rendir cuentas documentadas de los gastos efectuados, en el plazo de quince (15) días calendario de concluido el viaje, siendo los gastos que se autorizan el que detalla a continuación: Pasajes (ida y vuelta para 2 personas) US$ 3,160.00 dólares americanos Viáticos (US$ 440.00 x 7 días para 2 personas) US$ 6,160.00 dólares americanos Quedando vigente todo lo demás que ella contiene.2°.- Encargar a la Secretaría General y a la O fi cina de Abastecimiento la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” de conformidad a las normas vigentes. 3°.- Encargar a la Dirección General de Administración, Ofi cina General de Recursos Humanos, Facultad de Ciencias Contables y a la Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográ fi ca, el cumplimiento de la presente Resolución Rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.JERI GLORIA RAMÓN RUFFNER DE VEGA Rectora RUBÉN ATANACIO NÚÑEZ HIJAR Secretario General 2181178-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Autorizan transferencia del acervo documentario registral de la sección de Nacimiento, Matrimonio y Defunción; así como de sus respectivo s títulos archivados y la información sistematizada en formato electrónico, si la tuviera, de las Oficinas de Registros del Estado Civil automatizadas de diversas Municipalidades Provinciales RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000101-2023/JNAC/RENIEC Lima, 25 de mayo del 2023VISTOS:El Informe N° 000354-2023/DRC/SDTN/RENIEC (17MAY2023) emitido por la Sub Dirección Técnico Normativa de la Dirección de Registros Civiles; Memorando N° 000829-2022/DSR/RENIEC (09AGO2022) emitido por la Dirección de Servicios Registrales y la Hoja de Elevación N° 000130-2023/DRC/RENIEC (24MAY2023) emitida por la Dirección de Registros Civiles; y, CONSIDERANDO:Que, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales y, entre otros, de inscribir los nacimientos, matrimonios, defunciones y demás actos que modi fi can la capacidad y estado civil; Que, la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26497, establece que la Jefatura Nacional queda autorizada a establecer los mecanismos necesarios para la transferencia e integración de las O fi cinas de Registros del Estado Civil, pudiendo, como consecuencia de ello, adoptar las disposiciones conducentes al cumplimiento de dicho mandato, conforme a la Octava Disposición Final del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 000023- 96-JEF (03ABR1996), se delegó a las O fi cinas de los Registros Civiles que funcionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Agencias Municipales, Comunidades Nativas, guarniciones militares de frontera y misioneros religiosos autorizados a inscribir, las funciones previstas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o), y q) del artículo 44° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; Que, mediante Resolución Jefatural N° 000116-2013/ JNAC/RENIEC (05ABR2013), la Jefatura Nacional autorizó el proceso de automatización de las actividades delegadas a las O fi cinas de Registros de Estado Civil (OREC) que funcionan en las municipalidades provinciales, distritales o de centros poblados, a nivel nacional, para realizar registros en línea de hechos vitales y actos modi fi catorios