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10 NORMAS LEGALES Sábado 27 de mayo de 2023 El Peruano / Que, mediante Informe de Inspección N° 0001-2023-ARS-DDC TUMBES/MC del 11 de mayo de 2023, que sustenta el Informe Técnico de Viabilidad de la Determinación de la Protección Provisional del Bien Inmueble Prehispánico, el especialista de la Dirección Desconcentrada de Cultura Tumbes, sustenta la propuesta de Protección Provisional del sitio arqueológico Loma del Pato, ubicado en el distrito de San Juan de la Virgen, en la provincia y departamento de Tumbes; especi fi cando los fundamentos sobre la valoración cultural positiva y niveles de vulnerabilidad del bien inmueble objeto de protección provisional, de acuerdo con los lineamientos y criterios técnicos contenidos en la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC. En el referido informe se indica que el monumento arqueológico prehispánico viene siendo objeto de afectación veri fi cada debido a agentes antrópicos y naturales, según lo siguiente; INFORMACIÓN BÁSICA Afectación Descripción Agentes AntrópicosSi No Veri fi cada Posible Afectación 1: sobre la totalidad de la super fi cie del sitio arqueológico presenta cultivos de platanal, para ello, probablemente en un inicio se ha utilizado maquinaria pesada para nivel el terreno y formar una terraza arti fi cial propicia para la siembra y cultivo de plantas de plátano.X X Factores NaturalesX X Afectación 2: El resultado de las lluvias extremas presentes en la región Tumbes, ha provocado el incremento del caudal del Rio Tumbes. En consecuencia, el cauce del rio se ha desbordado en su margen derecha afectando en gran medida al sitio arqueológico Loma del Pato.La crecida del Rio Tumbes ha ocasionado la erosión del lado oeste del sitio arqueológico (860 m2 han sido afectados) dejando expuestos per fi les estratigrá fi cos y evidencias arqueológicas en super fi cie como fragmentos de cerámica prehispánica, restos malacológicos, restos de carbón y evidencias de improntas de quincha. Que, mediante Memorando N° 000169-2023/DDC LAM/MC de fecha 15 de mayo de 2023, la Dirección Desconcentrada de Cultura Tumbes remite a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble la propuesta para la determinación de la protección provisional del sitio arqueológico Loma del Pato, ubicado en el distrito de San Juan de la Virgen, en la provincia y departamento de Tumbes, recaída en el Informe de Inspección N° 0001-2023-ARS-DDC TUMBES/MC del 11 de mayo de 2023, para su atención; Que, el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que el acto administrativo “puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición de que se les identi fi que de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto. Los informes, dictámenes o similares que sirvan de fundamento a la decisión, deben ser noti fi cados al administrado conjuntamente con el acto administrativo”; Que, mediante Informe N° 00516-2023-DSFL/MC de fecha 19 de mayo de 2023, sustentado en el Informe N° 00097-2023-DSFL-MDR/MC de fecha 17 de mayo del 2023, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal asume la propuesta contenida en el Informe de Inspección N° 0001-2023-ARS-DDC TUMBES/MC del 11 de mayo de 2023 del Lic. Andrés Zarifs Risco Sempertegui, arqueólogo de la Dirección Desconcentrada de Cultura Tumbes; y, en consecuencia, recomienda la determinación de la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Loma del Pato, ubicado en el distrito de San Juan de la Virgen, en la provincia y departamento de Tumbes; Que, mediante Informe N° 00118-2023-DGPA-KDP/ MC de fecha 22 de mayo de 2023, el área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble recomienda emitir la resolución directoral que determine la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Loma del Pato, ubicado en el distrito de San Juan de la Virgen, en la provincia y departamento de Tumbes; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC, aprobada por Resolución Viceministerial Nº 077-2018-VMPCIC-MC; la Resolución Viceministerial N° 000001-2023-VMPCIC-MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Loma del Pato, ubicado en el distrito de San Juan de la Virgen, en la provincia y departamento de Tumbes, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo periodo, de acuerdo al Plano Perimétrico con código PPROV-038-MC_DGPA-DSFL-2023 WGS84, presenta las siguientes coordenadas: CUADRO DE DATOS TÉCNICOS SITIO ARQUEOLÓGICO LOMA DEL PATO Zona: 17 Sur Área: 2291.76 m² m² (0.2292 ha)Perímetro: 206.18 m.Coordenadas de referencia: E 562969.8016 / N 9595721.8267 CUADRO DE DATOS TÉCNICOS SITIO ARQUEOLÓGICO LOMA DEL PATO DATUM -WGS84 VERTICE LADO DISTANCIAANG. INTERNOESTE (X) NORTE (Y) 1 1-2 63.25 59°25’46” 562967.1700 9595767.6200 2 2-3 23.58 145°35’10” 562995.5400 9595711.09003 3-4 9.87 118°12’25” 562992.3546 9595687.7260 4 4-5 59.67 115°32’32” 562983.1100 9595684.2800 5 5-1 49.81 101°14’6” 562940.2004 9595725.7381 TOTAL 206.18 539°59’59” Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 0001-2023-ARS-DDC TUMBES/MC del 11 de mayo de 2023 elaborado por el Lic. Andrés Zarifs Risco Sempertegui, arqueólogo de la Dirección Desconcentrada de Cultura Tumbes, así como el Informe N° 00516-2023-DSFL/MC de fecha 19 de mayo del 2023 e Informe N° 00097-2023-DSFL-MDR/MC de fecha 17 de mayo del 2023 de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal y el plano N° PPROV-038-MC_DGPA-DSFL-2023 WGS84; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura Tumbes, las siguientes: