TEXTO PAGINA: 26
26 NORMAS LEGALES Domingo 28 de mayo de 2023 El Peruano / Que, por cuestiones de itinerario y teniendo en cuenta su participación en reuniones bilaterales, la señora Ministra de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores viajará a la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, del 28 al 31 de mayo de 2023; Que, los gastos por concepto de viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, en tanto dure la ausencia de la Titular, resulta necesario encargar el Despacho de Relaciones Exteriores; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República ANA CECILIA GERVASI DIAZ, Ministra de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, del 28 al 31 de mayo de 2023, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0083906 (259) Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional; y, Código POI AOI00004500085, Garantizar Permanentemente la Gestión del Despacho Ministerial, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, contados a partir del término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosViáticos por día USDNúmero de díasTotal de viáticos USD ANA CECILIA GERVASI DÍAZ 370.00 2+1 1,110.00 Artículo 3.- Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores al señor ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA, Ministro de Estado en el Despacho de Economía y Finanzas, a partir del 28 de mayo de 2023 y en tanto dure la ausencia de la Titular. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros ANA CECILIA GERVASI DÍAZ Ministra de Relaciones Exteriores 2181939-8Autorizan viaje de Presidente del Consejo de Ministros a Brasil, y encargan su Despacho al Ministro del Interior RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 081-2023-PCM Lima, 27 de mayo de 2023CONSIDERANDO:Que, el numeral 1 del artículo 19 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que le corresponde al Presidente del Consejo de Ministros, además de las funciones señaladas en la Constitución Política del Perú, apoyar al Presidente de la República en la gestión de la política general del Gobierno; Que, es objetivo de la política exterior del Perú, participar activamente en los procesos de integración política, social, económica y física en los niveles subregional, regional y hemisférico, y desarrollar una política de asociación preferencial con nuestros países vecinos a fi n de facilitar un desarrollo armónico, así como para crear identidades y capacidades de iniciativa, negociación y diálogo, que permitan condiciones más equitativas y recíprocas de participación en el proceso de globalización; Que, mediante OF.RE (VMR) Nº 1-0-A/41, el Ministerio de Relaciones Exteriores informa que el Gobierno Peruano ha sido invitado a participar en la Reunión de Presidentes de los países de América del Sur, convocada por el gobierno de la República Federativa del Brasil, a realizarse en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, el 30 de mayo de 2023; Que, la señora Presidenta de la República ha designado como su representante especial al señor Luis Alberto Otárola Peñaranda, Presidente del Consejo de Ministros, para que, en representación de nuestro país, participe en la citada reunión; Que, la Reunión de Presidentes de los países de América del Sur tiene como objetivo principal favorecer una discusión franca e inclusiva sobre las perspectivas de lanzamiento de una nueva agenda de integración en América del Sur, permitiendo el intercambio de puntos de vista sobre los mecanismos existentes en la región y la necesidad de actualizarlos; Que, asimismo, con ocasión del mencionado evento, se ha previsto que el Presidente del Consejo de Ministros sostenga reuniones bilaterales con autoridades de Brasil, Chile, Ecuador y Uruguay, a fi n de abordar temas de interés común, las cuales se llevarán a cabo los días 29 y 30 de mayo de 2023; Que, en ese sentido, resulta de interés nacional autorizar el viaje del señor Luis Alberto Otárola Peñaranda, Presidente del Consejo de Ministros, para participar en las citadas reuniones; Que, el transporte aéreo estará a cargo del Ministerio de Defensa; y, los gastos por concepto de viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros, en el marco de las normas vigentes sobre la materia; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, en tanto dure la ausencia del Titular, resulta necesario encargar el Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba