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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (15/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALESMiércoles 15 de noviembre de 2023 El Peruano / para solicitar autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular-CITV; Que, mediante Informe N° 211-2023-MTC/17.03.01/ rarh de fecha 06 de setiembre de 2023, se señala que el expediente técnico y plano de distribución presentado por la empresa GRUPO MAXIISA PERÚ S.A.C., no cumplió con lo indicado en el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares; Que, mediante O fi cios N° 31027-2023-MTC/17.03 y N° 31106-2023-MTC/17.03 de fecha 08 y 11 de setiembre de 2023, esta Dirección consulta a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías-SUTRAN, sobre la existencia de sanciones fi rmes, impuestas a empresas a partir del 25 de enero de 2020; Que, con O fi cio N° 31494-2023-MTC/17.03 de fecha 14 de setiembre de 2023, noti fi cado en la misma fecha, se formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por la Empresa, requiriéndole la subsanación correspondiente, para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° E-487759-2023 de fecha 20 de setiembre de 2023, la Empresa, presentó diversa documentación con la fi nalidad de subsanar las observaciones señaladas en el Ofi cio N° 31494-2023 -MTC/17.03; Que, mediante Informe N° 259-2023-MTC/17.03.01/ rarh de fecha 22 de setiembre de 2023, se señala que el expediente técnico y plano de distribución presentado por la empresa GRUPO MAXIISA PERÚ S.A.C., cumplió con la normativa señalada en el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares; Que, con O fi cio N° 32929-2023-MTC/17.03 de fecha 25 de setiembre de 2023, noti fi cado en la misma fecha, se formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por la Empresa, requiriéndole la subsanación correspondiente, para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles; Que, mediante O fi cio N° 33024-2023-MTC/17.03 de fecha 25 de setiembre de 2023, noti fi cado a la Municipalidad Distrital de San Agustín de Cajas, esta Dirección, solicitó la remisión del documento mediante el cual, se aprueba el Estudio de Impacto Vial a la empresa GRUPO MAXIISA PERÚ S.A.C.; Que, mediante Hojas de Ruta N° E-497869-2023 y E-502443-2023 de fecha 26 y 27 de setiembre de 2023, la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías-SUTRAN, remite a esta Dirección el O fi cio N° D000896-2023-SUTRAN-GPS y D000905- 2023-SUTRAN-GPS, de fecha 25 y 26 de setiembre de 2023, mediante los cuales señala que la empresa GRUPO MAXIISA PERÚ S.A.C., no registra sanciones de multa impagas; ni cuenta con alguna Resolución en Calidad de Firme, no Registra Multas impagas que se encuentren en etapa coactiva, a partir del 25 de enero de 2020, que contenga la Sanción de Cancelación de la Autorización e Inhabilitación De fi nitiva para Obtener Nueva Autorización; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° E-521879-2023, de fecha 06 de octubre de 2023, la Empresa, presentó documentación para levantar las observaciones precisadas en el O fi cio N° 32929-2023- MTC/17.03; Que, mediante O fi cio N° 36626-2023-MTC/17.03, de fecha 24 de octubre de 2023, noti fi cado en la misma fecha, se procedió a comunicar a la empresa GRUPO MAXIISA PERÚ S.A.C., la programación de la inspección In Situ, para el día 27 de octubre de 2023; Que, mediante escritos registrados con Hojas de Ruta N° E-556285-2023 y E-556410-2023 de fecha 25 de octubre de 2023, la Empresa, solicita la acreditación de personal técnico, para el funcionamiento de su CITV; Que, conforme a lo indicado en el Acta N° 063-2023- MTC/17.03.01, de fecha 27 de octubre de 2023, se realizó la inspección programada en el local ubicado en: Av. Alfonso Ugarte, cuadra 4, del distrito de San Agustín de Cajas, provincia de Huancayo, departamento de Junín; Que, del análisis de los documentos presentados y la inspección, se veri fi ca que la Empresa cumple con las condiciones para acceder a una autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo con una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular Tipo Mixta;Que, el numeral 39.2 del artículo 39 del Reglamento, señala que la autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular-CITV deberá ser publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, asimismo el artículo 41-A del Reglamento, respecto de la vigencia de la autorización, señala lo siguiente: “Las autorizaciones expedidas a las personas naturales o jurídicas para operar como Centros de Inspección Técnica Vehicular-CITV tienen una vigencia de cinco (05) años, pudiendo ser renovables por el mismo periodo, conforme a lo señalado en el artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS”; Que, de acuerdo al Informe Nº 1032-2023- MTC/17.03.01 elaborado por la Coordinación de Autorizaciones de Centros de Inspección Técnica Vehicular y Entidades Complementarias de la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, se advierte que la documentación presentada por la Empresa ha dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en el procedimiento administrativo DCV-022 del TUPA del MTC y los artículos 30 y 37 del Reglamento, por lo que procede emitir el acto administrativo correspondiente; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo con una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular Tipo Mixta, por el plazo de cinco (05) años a la empresa GRUPO MAXIISA PERÚ S.A.C., en el local ubicado en: Av. Alfonso Ugarte, cuadra 4, del distrito de San Agustín de Cajas, provincia de Huancayo, departamento de Junín. Artículo 2.- La Empresa autorizada deberá sujetar su actuación conforme a lo establecido en el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y normas complementarias. Artículo 3.- La Empresa autorizada bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil contratada, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: Acto Fecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza16 de agosto de 2024 Segunda renovación o contratación de nueva póliza16 de agosto de 2025 Tercera renovación o contratación de nueva póliza16 de agosto de 2026 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza16 de agosto de 2027 Quinta renovación o contratación de nueva póliza16 de agosto de 2028 En caso que la Empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c) del artículo 45 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4.- En virtud de lo establecido en el numeral 39.2 del artículo 39 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, la presente Resolución Directoral deberá ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 5.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías-SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 6.- Disponer la noti fi cación de la presente Resolución Directoral en: Av. La Esperanza N° 631,