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54 NORMAS LEGALES Viernes 17 de noviembre de 2023 El Peruano / administrativos sancionadores en donde se haya impuesto la sanción consistente en la “cancelación de la autorización e inhabilitación de fi nitiva para obtener nueva autorización”, en el periodo comprendido a partir del 25 de enero de 2020 hasta la fecha de emisión del presente; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° E-558403-2023 de fecha 26 de octubre de 2023, La Empresa presenta documentos para subsanar las observaciones del O fi cio N° 34167-2023-MTC/17.03; Que, mediante O fi cio N° 36906-2023-MTC/17.03 de fecha 26 de octubre de 2023, se procedió a comunicar a la empresa VIRGEN DEL CARMEN DE SICUANI S.C.R.L., la programación de la inspección In Situ, para el día 03 de noviembre de 2023; Que, conforme a lo indicado en el Acta N° 066-2023- MTC/17.03.01, de fecha 03 de noviembre de 2023, se realizó la inspección programada en el local ubicado en: Prolongación Samuel Alcázar S/N, distrito Rímac, provincia y departamento de Lima; Que, se veri fi co que en el Sistema Nacional de Registros de Transporte y Tránsito – SINARETT, a la fecha de emisión del presente documento, La Empresa no registra resolución de sanción, cancelación de la autorización e inhabilitación de fi nitiva para obtener nueva autorización; Que, del análisis de los documentos presentados y la inspección, se veri fi ca que La Empresa cumple con las condiciones para acceder a una autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo con una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular Tipo Mixta; Que, el numeral 39.2 del artículo 39 del Reglamento, señala que la autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular - CITV deberá ser publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, asimismo el artículo 41-A del Reglamento, respecto de la vigencia de la autorización, señala lo siguiente: “Las autorizaciones expedidas a las personas naturales o jurídicas para operar como Centros de Inspección Técnica Vehicular - CITV tienen una vigencia de cinco (05) años, pudiendo ser renovables por el mismo periodo, conforme a lo señalado en el artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS”; Que, de acuerdo al Informe Nº 1035-2023- MTC/17.03.01 elaborado por la Coordinación de Autorizaciones de Centros de Inspección Técnica Vehicular y Entidades Complementarias de la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, se advierte que la documentación presentada por La Empresa ha dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en los artículos 30 y 37 del Reglamento, por lo que procede emitir el acto administrativo correspondiente; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo, con una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular Tipo Mixta, por el plazo de cinco (05) años a la empresa VIRGEN DEL CARMEN DE SICUANI S.C.R.L., en el local ubicado en: Prolongación Samuel Alcázar S/N, distrito Rímac, provincia y departamento de Lima. Artículo 2.- La empresa autorizada deberá sujetar su actuación conforme a lo establecido en el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y normas complementarias. Artículo 3.- En virtud de lo establecido en el numeral 39.2 del artículo 39 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, la presente Resolución Directoral deberá ser publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 4.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 5.- Disponer la noti fi cación de la presente Resolución Directoral en el domicilio señalado por el administrado ubicado en: Jr. Pitumarca Nro. 161, distrito de Sicuani, provincia de Canchis, departamento de Cusco, correo electrónico: carlos999tomy@gmail.com. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director (e)Dirección de Circulación VialDirección General de Autorizaciones en Transportes 2234190-1 Designan Jefe de la Oficina de Administración del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVÍAS NACIONAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1267-2023-MTC/20 Lima, 12 de octubre de 2023VISTO: El Informe N° 276-2023-MTC/20.5 de la O fi cina de Recursos Humanos del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVÍAS NACIONAL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 033-2002- MTC publicado el 12 de julio de 2002, modi fi cado por los Decretos Supremos N° 021-2018-MTC y 014-2019-MTC, se creó el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVÍAS NACIONAL, encargado de las actividades de preparación, gestión, administración y ejecución de proyectos de infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional no concesionada, así como de la plani fi cación, gestión y control de actividades y recursos económicos que se emplean para el mantenimiento y seguridad de las carreteras y puentes de la Red Vial Nacional no concesionada; Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Jefe de la O fi cina de Administración de PROVÍAS NACIONAL, en consecuencia resulta necesario designar al profesional que desempeñara el cargo referido; Que, en el literal m), del artículo 8 del Manual de Operaciones del Proyecto Especial de Infraestructura Nacional – PROVÍAS NACIONAL, aprobado por Resolución Ministerial N° 0828-2020-MTC/01.02, publicada el 24 de noviembre de 2020 y modi fi cada con Resolución Ministerial N° 0731-2023-MTC/01, publicada el 10 de junio de 2023, establece que dentro de las funciones de la Dirección Ejecutiva, se encuentra la de designar o encargar, según corresponda, al personal de confi anza de PROVÍAS NACIONAL; así como, encargar las direcciones, o fi cinas y jefaturas de las unidades zonales, en caso de ausencia de su titular, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva; Que, mediante Informe N° 276-2023-MTC/20.5, la O fi cina de Recursos Humanos ha veri fi cado el cumplimiento del per fi l del profesional propuesto por la Dirección Ejecutiva, por lo que resulta viable designar al ingeniero Wilmer Casimiro Ñahui Abregu en el cargo de con fi anza de Jefe de la O fi cina de Administración de PROVÍAS NACIONAL; Estando a lo expuesto, es pertinente emitir la resolución respectiva; Con la conformidad y visto de la O fi cina de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica, en lo que corresponde a sus respectivas competencias; En mérito al Decreto Supremo 033-2002-MTC, modi fi cado por los Decretos Supremos N° 021-2018-MTC y 014-2019-MTC, Resolución Ministerial N° 0828-2020- MTC/01.02, modi fi cado por Resolución Ministerial N° 0731-2023-MTC/01; y la Resolución Ministerial N° 1264-2023-MTC/01;