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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (23/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Jueves 23 de noviembre de 2023 El Peruano / provisional se determina de acuerdo a lo señalado en el Plano Perimétrico con código PPROV-104-MC_DGPA-DSFL-2023 WGS84, el cual presenta las siguientes coordenadas: Sitio arqueológico Huaca Pintada VERTICE LADO DIST. ÁNGULO ESTE NORTE P1 P1 - P2 35.73 189º44’41” 626280.068 9282046.001 P2 P2 - P3 20.27 155º28’52” 626315.395 9282040.645P3 P3 - P4 15.09 173º36’5” 626334.892 9282046.199 P4 P4 - P5 11.47 188º44’53” 626348.857 9282051.926 P5 P5 - P6 10.95 187º40’24” 626360.008 9282054.613 P6 P6 - P7 19.7 160º29’40” 626370.906 9282055.734 P7 P7 - P8 10.51 190º55’32” 626388.701 9282064.177 P8 P8 - P9 18.2 122º53’27” 626398.879 9282066.801 P9 P9 - P10 13.07 158º58’0” 626404.634 9282084.067 P10 P10 - P11 17.13 154º2’19” 626404.041 9282097.122 P11 P11 - P12 24.15 159º39’4” 626395.853 9282112.167 P12 P12 - P13 22.68 149º20’16” 626377.656 9282128.036 P13 P13 - P14 23.06 178º3’55” 626355.353 9282132.141 P14 P14 - P15 19.37 177º42’52” 626332.543 9282135.548 P15 P15 - P16 9.4 148º53’56” 626313.288 9282137.643 P16 P16 - P17 8.35 164º17’46” 626304.761 9282133.686 P17 P17 - P18 12.43 226º15’27” 626298.42 9282128.252 P18 P18 - P19 46.75 92º46’13” 626286.052 9282129.479 P19 P19 - P20 37.64 178º50’37” 626279.197 9282083.231 P20 P20 - P1 5.64 81º36’1” 626274.429 9282045.89 Zona: 18 Sur Área: 9 614.37 m² (0.9614 ha.)Perímetro: 381.60 m. Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección Nº 02-2023-LMGA-DDC LAMBAYEQUE-MC de fecha 24 de octubre de 2023, así como en los Informes Nº 001308-2023-DSFL/MC, Informe Nº 000245-2023-DSFL-MDR/MC y en el Plano Perimétrico con código PPROV-104-MC_DGPA-DSFL-2023 WGS84; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura de Lambayeque, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA Paralización y/o cese de la afectación:xComunicación con los pobladores del C.P. La Pintada (En coordinación con la Municipalidad distrital de Túcume) para solicitar que NO sigan excavando, removiendo y nivelando suelos, con fi nes agrícolas. Señalización: xColocar hitos y Paneles informativos sobre su intangibilidad. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura Lambayeque, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación del monumento arqueológico prehispánico comprendido en el régimen de protección provisional.Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Túcume, a fi n de que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo Nº 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección Nº 02-2023-LMGA-DDC LAMBAYEQUE-MC de fecha 24 de octubre de 2023, Informe Nº 000245-2023-DSFL-MDR/MC e Informe Nº 000239-2023-DGPA-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código PPROV-104-MC_DGPA-DSFL-2023 WGS84, las cuales serán publicadas en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe) para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GILBERTO MARTIN CORDOVA HERRERA Dirección General de PatrimonioArqueológico Inmueble 2236851-1 DEFENSA Autorizan viaje de alumnos de la Escuela de Educación Superior Tecnológico “Sargento 2do Fernando Lores Tenazoa” (ETE) del Ejército de Perú a Colombia, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 01202-2023-DE Lima, 20 de noviembre del 2023VISTOS: El O fi cio Nº 239 SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el O fi cio N° 03143-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01930-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Radicado N° 2023950002156261 MDN-COGFM-COEJC-SECEJ-JEMGF-CEDOC-EMSUB-2925, el Sub Director de la Escuela Militar de Subo fi ciales “Sargento Inocencio Chinca” del Ejército Nacional de Colombia, hace una invitación a la Escuela de Educación Superior Tecnológico “Sargento 2do Fernando Lores Tenazoa” (ETE) del Ejército de Perú, para que una delegación visite las instalaciones de la referida Escuela, ubicada en el Fuerte Militar de Tolemaida, Nilo-Cundinamarca, del 27 de noviembre al 01 de diciembre de 2023, incluyendo días de viaje; asimismo, indica que para esta actividad el país an fi trión costeará los gastos de transporte interno, alojamiento y alimentación durante el desarrollo del intercambio y el Ejército del Perú asumirá el costo del transporte internacional y seguro médico; Que, mediante Carta N° 009 U-10, el Director de la Escuela Técnica del Ejército del Perú, agradece y acepta la invitación del Ejército Nacional de Colombia para visitar la Escuela Militar de Subo fi ciales “Sargento