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9 NORMAS LEGALES Viernes 6 de octubre de 2023 El Peruano / normas que rigen el comercio entre los países; teniendo como funciones administrar un sistema mundial de normas comerciales, servir de foro para la negociación de acuerdos comerciales, ocuparse de la solución de las diferencias comerciales entre sus miembros y atender las necesidades de los países en desarrollo; el Perú es miembro de la OMC desde su creación en el año 1995; Que, en junio de 2022, en el marco de la 12° Conferencia Ministerial de la OMC, se adoptó el Acuerdo sobre Subvenciones a la Pesca, con el fi n de establecer disciplinas integrales y efectivas que prohíban ciertas formas de subsidios a la pesca que contribuyen a la sobrecapacidad y la sobrepesca, entre otros, reconociendo que debería ser parte integral de estas negociaciones el trato especial y diferenciado apropiado y efectivo para los países Miembros en desarrollo y para los menos adelantados; Que, asimismo, en la Decisión emitida en la 12° Conferencia Ministerial de la OMC se indica que no obstante lo dispuesto en el Acuerdo antes mencionado, el Grupo de Negociación de Normas continuará las negociaciones sobre la base de las cuestiones pendientes en los documentos WT/MIN(21)/W/5 y WT/MIN(22)/W/20, a fi n de formular recomendaciones a la 13° Conferencia Ministerial de la OMC, para lograr un acuerdo completo sobre las subvenciones a la pesca; Que, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 9 al 13 de octubre de 2023, se llevará a cabo un bloque de reuniones de Negociaciones del Acuerdo sobre Subvenciones a la Pesca de la OMC, que tienen por objetivo acercar posiciones y lograr resultados concretos para la reunión del Comité de Negociaciones Comerciales a realizarse en diciembre próximo; Que, en tal razón, resulta de interés institucional autorizar el viaje de la señorita Jose fi na María del Carmen del Prado Chávez Herrera, profesional de la Dirección de Norteamérica y Europa de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación de la entidad, presente y de fi enda la posición peruana en estas reuniones; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señorita Jose fi na María del Carmen del Prado Chávez Herrera, profesional de la Dirección de Norteamérica y Europa de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 7 al 14 de octubre de 2023, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo participe en las reuniones a que se re fi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, están a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos Clase Económica US$Zona Geográ fi caViáticos por día US$Total Viáticos US$ Jose fi na María del Carmen del Prado Chávez Herrera 3 450,00 Europa 540,00 x 6 3 240,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo primero de la presente resolución, presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en el evento al que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS MATHEWS SALAZAR Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2220834-1 CUL TURA Aprueban las “Bases del Premio a la creación de obras infantiles y juveniles 2023” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 000234-2023-VMPCIC/MC San Borja, 5 de octubre del 2023VISTOS: los Informes N° 000710-2023-DGIA/MC y N° 000712-2023-DGIA/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe N° 001499-2023-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 5 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, dispone que éste es el organismo rector en materia de cultura y ejerce competencia, exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, en la formulación, planeación, dirección, coordinación, ejecución, supervisión, evaluación y fi scalización de las políticas nacionales y sectoriales del Estado en materia de cultura, aplicables y de cumplimiento en todos los niveles de gobierno y por todas las entidades del sector cultura; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 000369-2023-MC, se crea el “Premio a la creación de obras infantiles y juveniles”, como el reconocimiento económico que visibiliza el valor de manuscritos inéditos destinados a un público infantil y juvenil, e incentiva la creación de obras inéditas literarias o no literarias escritos por autoras y autores peruanos; Que, el artículo 3 de la citada resolución ministerial señala que el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales del Ministerio de Cultura aprueba anualmente, mediante resolución viceministerial, las bases del “Premio a la creación de obras infantiles y juveniles”; Que, el artículo 81 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, señala que la Dirección del Libro y la Lectura es la unidad orgánica encargada de elaborar, proponer, promover y ejecutar planes, programas, acciones y normas dirigidos a la promoción y difusión del libro, al fomento de la lectura, al desarrollo de la industria editorial nacional y a la exportación del libro peruano; asimismo, establece en su numeral 81.5 que tiene entre sus funciones, promover certámenes para premiar obras literarias de autores nacionales, en los diversos géneros, así como las ediciones nacionales y en las categorías que considere pertinentes; Que, en ese marco, mediante los Informes N° 000710- 2023-DGIA/MC y N° 000712-2023-DGIA/MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes remite los Informes N° 001033-2023-DLL/MC y N° 001042-2023-DLL/MC, respectivamente, de la Dirección del Libro y la Lectura, los cuales contienen la propuesta de “Bases del Premio a la creación de obras infantiles y juveniles 2023”, para su aprobación; Que, en aplicación de lo establecido en el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 000369-2023-MC,