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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (11/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 56

56 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de octubre de 2023 El Peruano / 12,224.00 Soles, para atener los viáticos solicitados, desglosando que dichos gastos serán de la siguiente manera: - PASAJES AÉREOS : S/ 3,056.00 - VIÁTICOS (10 DÍAS) : S/ 9,168.00 Que, la Jefa de la O fi cina de Asesoría Jurídica a través del Informe Legal Nº 488-2023-UNDC/OAJ-ERS de fecha 05 de octubre de 2023, en relación a la solicitud de autorización y viáticos requerido por el Vicepresidente Académico, Dr. Roger Hernando Peña Huaman, para que represente a la Universidad y acompañe a la delegación de estudiantes, que realizaran el intercambio de Movilidad Estudiantil en la Universidad Metropolitana de Educación, Ciencia y Tecnología - UMECIT, del 06 al 10 de noviembre de 2023 en la República de Panamá; opina que resulta legalmente viable autorizar el viaje; Que, en consecuencia, de acuerdo a los fi nes expuestos en los considerandos precedentes, resulta de interés institucional autorizar el viaje en comisión de servicios, del Vicepresidente Académico, Dr. Roger Hernando Peña Huaman, para que represente a la Universidad y acompañe a la delegación de estudiantes que participarán en el intercambio de Movilidad Estudiantil en la Universidad Metropolitana de Educación, Ciencia y Tecnología - UMECIT, que se realizara del 06 al 10 de noviembre de 2023 en la República de Panamá; Que, con Memorándum Nº 472-2023-UNDC/CO/ AOM-P de fecha 05 de octubre de 2023, el Presidente de la Comisión Organizadora considera que la solicitud de autorización de viaje en comisión de servicios del Vicepresidente Académico, Dr. Roger Hernando Peña Huaman, a realizarse en la República de Panamá del 06 al 10 de noviembre del 2023, debe ser visto en Sesión de Comisión Organizadora, razón por la cual la Secretaría General incluye en agenda de Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora de fecha 05 de octubre de 2023; Que, en consecuencia, la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete, en su Sesión Ordinaria Nº 040-2023, de fecha 05 de octubre de 2023, acordó autorizar el viaje en Comisión de Servicios del Vicepresidente Académico, Dr. Roger Hernando Peña Huaman, a realizarse en la República de Panamá del 06 al 10 de noviembre del 2023, siendo pertinente emitir la correspondiente resolución, en mérito al acuerdo adoptado; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; el Documento Normativo denominado: “Disposiciones para la Constitución y Funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución”, aprobado mediante la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y su modi fi catoria, y en la Resolución Viceministerial Nº 069-2022-MINEDU, así como en el Estatuto de la Universidad Nacional de Cañete y demás normas concordantes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje en Comisión de Servicios del, Dr. Roger Hernando Peña Huaman, Vicepresidente Académico de la Universidad Nacional de Cañete a realizarse en la República de Panamá, del 06 al 16 de noviembre de 2023, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución de Comisión Organizadora. Artículo Segundo.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos, y viáticos que demande el viaje que se autoriza en el artículo primero de la presente Resolución de Comisión Organizadora, son cubiertos con cargo al presupuesto institucional 2023 del Pliego 547: Universidad Nacional de Cañete, de acuerdo al siguiente detalle:NOMBRES Y APELLIDOS PASAJE AÉREOVIÁTICOS (10 DIAS) TOTAL ROGER HERNANDO PEÑA HUAMANS/ 3,056.00 S/ 9,168.00S/ 12,224.00 Artículo Tercero.- FACULTAR, a la Dirección General de Administración, para que realice los trámites necesarios para el cumplimiento de la presente Resolución, teniendo en cuenta la normativa vigente. Artículo Cuarto.- DISPONER, que el Dr. Roger Hernando Peña Huaman, a los quince (15) días calendario siguientes a su retorno del viaje, presente un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Asimismo, presentar su rendición de cuentas en el mismo plazo establecido conforme a Ley. Artículo Quinto.- NOTIFICAR, la presente Resolución a todas las instancias y dependencias administrativas y académicas de la Universidad Nacional de Cañete, para su conocimiento, cumplimiento y demás fi nes pertinentes. Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional, realizar la publicación de la presente Resolución de Comisión Organizadora en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Ofi cina de Tecnologías de la Información, la publicación en el Portal Institucional de la Universidad Nacional de Cañete. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.ARNULFO ORTEGA MALLQUI Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete KEVIN YUVER CHIHUAN QUISPE Secretario General de la Universidad Nacional de Cañete 2223641-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Autorizan ausencia de secretaria general (e) del Jurado Nacional de Elecciones por goce de derecho vacacional y encargan su despacho RESOLUCIÓN N° 0162-2023-JNE Lima, dos de octubre de dos mil veintitrésVISTA: la Carta N° 000001-2023-SG/JNE, sobre la programación de vacaciones, periodo 2021-2022, de la abogada María Alexandra Marallano Muro, secretaria general (e) del Jurado Nacional de Elecciones; y CONSIDERANDO QUE:A través de la carta citada en el visto, la secretaria general (e) solicita la aprobación de la programación de su goce vacacional por el periodo comprendido desde el 10 hasta el 15 de octubre de 2023. De conformidad con la normativa sobre la materia, este Supremo Tribunal Electoral estima procedente atender la solicitud de la secretaria general (e); por consiguiente, se debe disponer la correspondiente encargatura, en tanto dure su ausencia. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, ACUERDA:1.- AUTORIZAR la ausencia de la señora abogada María Alexandra Marallano Muro, secretaria general (e) del Jurado Nacional de Elecciones, por el periodo