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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (18/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de octubre de 2023 El Peruano / 2023-SUTRAN–GPS, de fecha 17 de agosto de 2023, mediante el cual señala que la empresa CENTRO DE INSPECCIÓN TÉCNICA VEHICULAR AVIACIÓN S.A.C., no registra sanciones de multa impagas; ni cuenta con alguna Resolución en Calidad de Firme, no Registra Multas impagas que se encuentren en etapa coactiva, a partir del 25 de enero de 2020, que contenga la Sanción de Cancelación de la Autorización e Inhabilitación Defi nitiva para Obtener Nueva Autorización; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° E-430670-2023, de fecha 22 de agosto de 2023, la Empresa, solicitó plazo ampliatorio de diez (10) días hábiles, con el fi n de subsanar la observación solicitada mediante O fi cio N° 27461-2023-MTC/17.03; Que, mediante O fi cio N° 29418-2023-MTC/17.03 de fecha 25 de agosto de 2023, noti fi cado en la misma fecha, se otorgó a la Empresa, el plazo de ampliación correspondiente a los diez (10) días hábiles; Que, mediante Hoja de Ruta N° E-462190-2023 de fecha 07 de setiembre de 2023, la empresa presentó documentos para subsanar las observaciones formuladas mediante O fi cio N° 27461-2023-MTC/17.03; Que, con Informe N° 246-2023-MTC/17.03.01/RRH de fecha 19 de setiembre de 2023, se concluyó que la empresa CENTRO DE INSPECCIÓN TÉCNICA VEHICULAR AVIACIÓN S.A.C., cumplió con lo indicado en la normativa vigente del procedimiento administrativo y en el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares; Que, mediante O fi cio N° 32381-2023-MTC/17.03, de fecha 21 de setiembre de 2023, noti fi cado en la misma fecha, se procedió a programar la inspección in situ, a realizarse el día 28 de setiembre de 2023, en el local ubicado en: Lote 2, del predio ubicado en el sector Irrigación Zamacola, Valle Chili, Santa Rosa, del distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa; Que, conforme a lo indicado en el Acta N° 053-2023- MTC/17.03.01, de fecha 28 de setiembre de 2023, se realizó la inspección programada en el local ubicado en: Lote 2, del predio ubicado en el sector Irrigación Zamacola, Valle Chili, Santa Rosa, del distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa; Que, del análisis de los documentos presentados y la inspección, se veri fi ca que la Empresa cumple con las condiciones para acceder a una autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo con una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular Tipo Mixta; Que, el numeral 39.2 del artículo 39 del Reglamento, señala que la autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular - CITV deberá ser publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, asimismo el artículo 41-A del Reglamento, respecto de la vigencia de la autorización, señala lo siguiente: “Las autorizaciones expedidas a las personas naturales o jurídicas para operar como Centros de Inspección Técnica Vehicular - CITV tienen una vigencia de cinco (05) años, pudiendo ser renovables por el mismo periodo, conforme a lo señalado en el artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS”; Que, de acuerdo al Informe Nº 0966-2023-MTC/17.03.01 elaborado por la Coordinación de Autorizaciones de Centros de Inspección Técnica Vehicular y Entidades Complementarias de la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, se advierte que la documentación presentada por La Empresa ha dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en el TUPA del MTC, y los artículos 30 y 37 del Reglamento; De conformidad con la Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Ley N° 29237 - Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y Decreto Supremo N° 009-2022-MTC, de que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Autorizar para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo con una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular Tipo Mixta, por el plazo de cinco (05) años a la empresa CENTRO DE INSPECCIÓN TÉCNICA VEHICULAR AVIACIÓN S.A.C., en el local ubicado en: Lote 2, del predio ubicado en el sector Irrigación Zamacola, Valle Chili, Santa Rosa, del distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa. Artículo 2 .- La Empresa autorizada deberá sujetar su actuación conforme a lo establecido en el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y normas complementarias. Artículo 3 .- La Empresa autorizada bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil contratada, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ActoFecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza 11 de julio de 2024 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 11 de julio de 2025Tercera renovación o contratación de nueva póliza 11 de julio de 2026 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 11 de julio de 2027 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 11 de julio de 2028 En caso que la Empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c) del artículo 45 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4 .- En virtud de lo establecido en el numeral 39.2 del artículo 39 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, la presente Resolución Directoral deberá ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 5 .- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 6.- Disponer la noti fi cación de la presente Resolución Directoral en: Lote 2, del predio ubicado en el sector Irrigación Zamacola, Valle Chili, Santa Rosa, del distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa y/o correo electrónico: citvaviacion@hotmail.com. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director (e)Dirección de Circulación VialDirección General de Autorizaciones en Transportes 1 Numeral 4.1 del artículo 4 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC que de fi ne a los Centros de Inspección Técnica Vehicular – CITV, como: “Persona jurídica habilitada por la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para realizar las Inspecciones Técnicas Vehiculares”. 2 Cabe señalar que, el requerimiento de la empresa CENTRO DE INSPECCIÓN TÉCNICA VEHICULAR AVIACIÓN S.A.C., está relacionado a una solicitud de autorización para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Tipo Fijo, con una (01) línea de inspección técnica vehicular tipo Mixta en el local ubicado en: Lote 2, del predio ubicado en el sector Irrigación Zamacola, Valle Chili, Santa Rosa, del distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa. 2224593-1