TEXTO PAGINA: 72
72 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de octubre de 2023 El Peruano / • Las zonas determinadas como zona de riesgo no mitigable, deberán ser incorporados en el Plan de Desarrollo Urbano, especi fi cando el uso de suelo, a fi n de evitar ocupación y uso indebido de la zona. • Se remite el expediente a la Gerencia Municipal, para continuar con el trámite correspondiente, a fi n de que se pueda analizar y aprobar la declaratoria de las zonas propuestas como zonas de riesgo no mitigable, teniendo como objetivo salvaguardar la vida y salud de la población y sus medios de vida”; Que, a través del Informe Nº 169-2023-XMSB./OPT- GPyD/MPP, de fecha 18 de septiembre de 2023, la Ofi cina de Plani fi cación de Territorial, remitió lo actuado a la Gerencia e Plani fi cación y Desarrollo, realizó las siguientes recomendaciones: “RECOMENDACIONES:a) Teniendo como antecedentes los informes técnicos de la referencia c), d) y h) emitidos por la Ofi cina de Plani fi cación Territorial O fi cina de Defensa Civil y el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento, se recomienda declarar las zonas de Riesgo No Mitigable a los cuatro sectores identi fi cados siendo los siguientes: Laguna Humedales “Santa Julia distrito Veintiséis de Octubre. Sector Laguna Coscomba (Laguna Azul Laguna Negra) Distrito de Piura. Sector Quebrada El Gallo, Distrito de Castilla.Río Piura (Faja Marginal-Considerado como ZRNM) b) Se recomienda tener en cuenta las conclusiones y recomendaciones realizadas por la O fi cina de Defensa civil. c) Habiendo realizado el análisis técnico correspondiente, por parte de la O fi cina de Defensa Civil en coordinación con la O fi cina de Plani fi cación Territorial, se recomienda que el presente expediente sea derivado a la gerencia de Asesoría legal para su opinión y posteriormente se derive a la Comisión de Desarrollo Urbano para su aprobación por el pleno del consejo mediante Ordenanza Municipal”; Que, en este contexto, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 1647-2023-GAJ/MPP, indicó a la Gerencia Municipal: “(…) Por lo expuesto, en el presente informe legal, a la normatividad señalada, y estando a lo indicado por las áreas técnicas correspondientes, esta Gerencia de Asesoría Jurídica, OPINA que se debe continuar el trámite hasta la emisión de la Ordenanza Municipal respectiva, en la cual se apruebe la DECLARACIÓN DE ZONAS DE ALTO RIESGO, debiendo derivarse para ello el expediente a la Comisión de Desarrollo Urbano para la emisión del dictamen correspondiente, posteriormente sea puesto a consideración del Pleno del Concejo para que conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, determine lo pertinente, conforme al proyecto de ordenanza adjuntado, por ajustarse a la normatividad invocada”; Que, con Memorando Nº 0425-2023-GM/MPP, de fecha 20 de septiembre de 2023, la Gerencia Municipal, remitió lo actuado a la O fi cina de Secretaria General, a fi n de que acuerdo a sus funciones, diligencie a la Comisión de Concejo pertinente, conforme a lo normado por el Reglamento Interno de Concejo de la Municipalidad Provincial de Piura; Que, a través del O fi cio Nº 845-2023-OSG/MPP, de fecha 21 de septiembre de 2023, la O fi cina de Secretaria General, remitió el presente expediente al señor Presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano, a fi n de que el presente sea visto en dicha Comisión, de conformidad con el Artículo 85º del Reglamento Interno de Concejo; Que, mediante Dictamen Nº 027-2023-CDU/MPP, de fecha 25 de septiembre de 2023, la Comisión de Desarrollo Urbano, dictaminó recomendar al Pleno de Concejo Municipal:“(…) Artículo Primero.- Recomendar al Pleno del Concejo Municipal la Aprobación del Proyecto de Ordenanza Municipal que declara como zonas de riesgo No Mitigable en el área Urbana Metropolitana de Piura-Castilla-Catacaos y Veintiséis de Octubre: - Laguna Humedales “Santa Julia” distrito Veintiséis de Octubre. - Sector Laguna Coscomba (Laguna Azul, Laguna Negra) Distrito de Piura. - Sector Quebrada El Gallo, Distrito de Castilla.- Río Piura (Faja Marginal-Considerado como ZRNM), de acuerdo a las coordenadas que se han determinado. Artículo Segundo.- Elevar al Despacho de Alcaldía para que se considere el presente Dictamen en la próxima Sesión de Concejo”; Que, mediante O fi cio Nº 041-2023-CDU/MPP, de fecha 26 de septiembre de 2023, el señor Presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano, remitió a la O fi cina de Secretaria General, el Dictamen Nº 027-2023-CDU/MPP, en el cual se recomienda al Pleno del Concejo Municipal, APROBAR el Proyecto de Ordenanza Municipal, que declara como zonas de riesgo No Mitigable en el área Urbana Metropolitana de Piura-Castilla-Catacaos y Veintiséis de Octubre; Que, estando a lo expuesto y aprobado en Sesión Extraordinaria Nº 29, de fecha 27 de septiembre de 2023 y con las prerrogativas conferidas en el numeral 8 del Artículo 9º, numerales 3 y 5 del Artículo 20º y Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y con las visaciones correspondientes, se aprueba por UNANIMIDAD, lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA DECLARAR LOS SECTORES DE LAGUNA HUMEDALES “SANTA JULIA” DISTRITO VEINTISÉIS DE OCTUBRE. SECTOR LAGUNA COSCOMBA (LAGUNA AZUL, LAGUNA NEGRA) DISTRITO DE PIURA, SECTOR QUEBRADA EL GALLO, DISTRITO DE CASTILLA, RÍO PIURA (FAJA MARGINAL-CONSIDERADO COMO ZRNM) COMO ZONAS DE RIESGO NO MITIGABLE Artículo 1°.- APROBAR LA DECLARACIÓN DE LOS SECTORES DE LAGUNA HUMEDALES “SANTA JULIA” DISTRITO VEINTISÉIS DE OCTUBRE, SECTOR LAGUNA COSCOMBA (LAGUNA AZUL, LAGUNA NEGRA) DISTRITO DE PIURA, SECTOR QUEBRADA EL GALLO DISTRITO DE CASTILLA, RÍO PIURA (FAJA MARGINAL-CONSIDERADO COMO ZRNM) COMO ZONAS DE RIESGO NO MITIGABLE, los cuales tienen los siguientes polígonos y coordenadas: LAGUNAS HUMEDALES SANTA JULIA: Zona de riesgo no mitigable DATUM WGS 84 ZONA 17 SURPuntosCoordenadas XCoordenadas Y 1 538392.54 9425222.67 2 538467.31 9425201.18 3 538616.25 9425183.72 4 538739.58 9425136.02 5 538129.87 9424263.34 6 538075.18 9424169.09 7 537920.43 9423769.98 8 538003.04 9423735.08 LAGUNA-HUMEDALES “SANTA JULIA”, DISTRITO VEINTISEIS DE OCTUBRE.9 538373.06 9423481.42 10 538291.69 9423195.70 11 538093.79 9423246.40 12 537945.43 9423372.14 13 537790.68 9423451.22 14 537724.80 9423420.66 15 537591.84 9423373.83 16 537514.85 9423366.29 17 537406.90 9423395.26