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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (25/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Miércoles 25 de octubre de 2023 El Peruano / de la denominación del cargo estructural de Jefe/a de ofi cina de la O fi cina de Administración y Finanzas, de “Servidor Público-Directivo Superior” a “Servidor de Confi anza”. Que, a través de la Resolución de Gerencia General N.° 0140-2023-SUNASS-GG se modi fi có el Manual de Clasi fi cador de Cargos, dicho manual cuenta con fi chas de cargos estructurales especí fi cas, dentro de las cuales se encuentra la referida a la posición N° 078 del CAP-Provisional. Que, se encuentra vacante el cargo N° 078 del CAP Provisional que corresponde al Jefe/a de o fi cina de la Ofi cina de Administración y Finanzas, el cual es un cargo de con fi anza y es necesario cubrirlo. Que, mediante el Memorando N.° 00341-2023- SUNASS-GG, la Gerencia General solicitó a la Unidad de Recursos Humanos emita opinión sobre si la señora Luz María Ramos Macavilca, cumple con los requisitos para desempeñar el cargo de jefa de o fi cina de la O fi cina de Administración y Finanzas. Que, de acuerdo con el Informe N.° 00145-2023- SUNASS-OAF-URH de la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración y Finanzas, la señora Luz María Ramos Macavilca cumple con el per fi l exigido en el Manual de Clasi fi cador de Cargos para desempeñar el cargo de Jefa de o fi cina de la O fi cina de Administración y Finanzas de la Sunass. Que, el artículo 3 de la Ley N.° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios públicos en cargos de confi anza distintos a los comprendidos en su artículo 1, se efectúa mediante resolución del respectivo titular de la entidad. En uso de la facultad conferida en la Ley N.° 27594, y el literal h) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNASS, aprobado por Decreto Supremo N.° 145-2019-PCM, y con los vistos buenos de la Unidad de Recursos Humanos, la Gerencia General y la Ofi cina de Asesoría Jurídica. SE RESUELVE:Artículo 1°.- DESIGNAR a partir del 25 de octubre de 2023 a la señora LUZ MARÍA RAMOS MACAVILCA en el cargo de jefa de o fi cina de la O fi cina de Administración y Finanzas de la Sunass. Artículo 2°.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional de la SUNASS (www.sunass.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.MAURO ORLANDO GUTIÉRREZ MARTÍNEZ Presidente ejecutivo 2227871-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Autorizan el funcionamiento de Proponte Sociedad Anónima Cerrada Empresa Administradora de Fondos Colectivos como empresa administradora de fondos colectivos RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 073-2023-SMV/02 Lima, 17 de octubre de 2023LA SUPERINTENDENTE DEL MERCADO DE VALORES VISTOS:El Expediente Nº 2023009127, así como el Informe Nº 1224-2023-SMV/10.2 del 8 de septiembre de 2023 emitido por la Intendencia General de Supervisión de Entidades con proveído favorable del Superintendente Adjunto de Supervisión Prudencial; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Intendencia General de Supervisión de Entidades Nº 031-2022-SMV/10.2 del 29 de marzo de 2022, se otorgó a las señoras Ángela María Corrales Ramos y Diana Paola Corrales Ramos y a los señores Alejandro Marcos Corrales Ramos y Bruno Esteban Corrales Ramos, la autorización de organización de una empresa administradora de fondos colectivos a ser denominada Proponte Sociedad Anónima Cerrada Empresa Administradora de Fondos Colectivos; Que, con documentos presentados hasta el 7 de septiembre de 2023 Proponte Sociedad Anónima Cerrada Empresa Administradora de Fondos Colectivos solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores-SMV autorización de funcionamiento para actuar como una empresa administradora de fondos colectivos; Que, el artículo 8º del Reglamento del Sistema de Fondos Colectivos y de sus Empresas Administradoras, aprobado por Resolución SMV Nº 020-2014-SMV/01 y sus modi fi catorias, así como el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución de Superintendente Nº 023-2015-SMV/02 y sus modi fi catorias, señalan los requisitos que deben cumplirse para obtener la autorización de funcionamiento de una empresa administradora de fondos colectivos; Que, la Intendencia General de Supervisión de Entidades con participación de representantes de la Superintendencia Adjunta de Riesgos, realizó una verifi cación no presencial, a través de una plataforma virtual, a las instalaciones de la referida empresa. Ello, a efectos de veri fi car que Proponte Sociedad Anónima Cerrada Empresa Administradora de Fondos Colectivos cuenta con la infraestructura física, la capacidad tecnológica y los recursos humanos necesarios para su funcionamiento; Que, de la evaluación de la documentación presentada por Proponte Sociedad Anónima Cerrada Empresa Administradora de Fondos Colectivos y de la veri fi cación no presencial antes mencionada, se determinó que dicha empresa cumple con los requisitos previstos para la obtención de la autorización de funcionamiento como empresa administradora de fondos colectivos; tal como se desarrolla en el Informe Nº 1224-2023-SMV/10.2 del 8 de septiembre de 2023; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 3º, numeral 1, de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126 y sus modificatorias; así como por el artículo 12º, numeral 1, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF y sus modificatorias; RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el funcionamiento de Proponte Sociedad Anónima Cerrada Empresa Administradora de Fondos Colectivos como empresa administradora de fondos colectivos. Artículo 2.- Disponer la inscripción de Proponte Sociedad Anónima Cerrada Empresa Administradora de Fondos Colectivos en la sección correspondiente del Registro Especial de otras Entidades bajo Competencia de la SMV. Artículo 3.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en la Página Institucional de la Superintendencia del Mercado de