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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (25/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Miércoles 25 de octubre de 2023 El Peruano / aprobado por Decreto Supremo N° 006-2022-JUS, establece que, el proceso de concurso público de méritos concluye con la proclamación de ganadores y/o la declaración de plazas desiertas por parte del Jurado Califi cador, en caso de no existir postulantes aprobados en las respectivas plazas; por lo que habiéndose cubierto en el concurso mencionado una de las plazas notariales convocadas, es procedente emitir la correspondiente resolución de nombramiento de notario; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado; el Decreto Supremo N° 006-2022-JUS, que aprueba el Reglamento del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Nombrar al señor CARLOS ALBERTO CARPIO HOLGADO, como notario del distrito de Santiago de Surco, provincia de Lima, departamento de Lima, Distrito Notarial de Lima, debiendo expedirse para tal efecto el Título correspondiente. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución al Consejo del Notariado, al Colegio de Notarios de Lima, y al interesado para los fi nes de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2227957-1 Nombran notaria del distrito de Piura, provincia de Piura, Distrito Notarial de Piura y Tumbes RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0344-2023-JUS Lima, 23 de octubre de 2023VISTOS, el Informe N° 229-2023-JUS/CN/ST-CP y los Memorandos N° 488-2023-JUS/CN/ST y N° 511-2023-JUS/CN/ST de la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado; y, el Informe N° 1099-2023-JUS/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 de la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, concordante con el artículo 4 de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, establece que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos es la entidad competente para ejercer la regulación notarial y registral, y supervisión de fundaciones; Que el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, establece que el Estado reconoce, supervisa y garantiza la función notarial en la forma que señala la citada norma; Que, conforme a lo previsto en el artículo 6 del citado Decreto Legislativo, el ingreso a la función notarial se efectúa mediante concurso público de méritos ante jurado califi cador; Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, y el Reglamento del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2022-JUS y normas conexas, la señora abogada ALICIA IMELDA AGUINAGA RAPRAY ha resultado ganadora de la plaza notarial correspondiente al distrito de Piura, provincia de Piura, departamento de Piura, del Distrito Notarial de Piura y Tumbes conforme consta en el Acta de Adjudicación de plazas convocadas en el Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial del Distrito Notarial de Piura y Tumbes (N° 001-2022-CNPYT) convocado por el Colegio de Notarios de Piura y Tumbes, de fecha 12 de agosto de 2023; Que, el artículo 12 del citado Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, dispone que concluido el concurso público de méritos de ingreso a la función notarial, el jurado comunicará el resultado al Consejo del Notariado, para la expedición simultanea de las resoluciones ministeriales a todos los postulantes aprobados y la expedición de títulos por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos; Que, el artículo 23 del Reglamento del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial, aprobado por el Decreto Supremo N 006-2022-JUS, establece que el proceso de concurso público de méritos concluye con la proclamación de ganadores y/o la declaración de plazas desiertas por parte del Jurado Califi cador, en caso de no existir postulantes aprobados en las respectivas plazas; por lo que habiéndose cubierto en el concurso mencionado la plaza notarial convocada, es procedente emitir la correspondiente resolución de nombramiento de la notaria; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado; el Reglamento del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2022-JUS; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Nombrar a la señora abogada ALICIA IMELDA AGUINAGA RAPRAY como notaria del distrito de Piura, provincia de Piura, departamento de Piura, del Distrito Notarial de Piura y Tumbes, debiendo expedirse para tal efecto el título correspondiente. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución al Consejo del Notariado, al Colegio de Notarios de Piura y Tumbes y a la interesada para los fi nes de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2227958-1 Nombran notario del distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao, Distrito Notarial del Callao RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0345-2023-JUS Lima, 23 de octubre de 2023VISTOS, el Informe N° 034-2023-JUS/CN/ST y el Memorando N° 525-2023-JUS/CN/ST, de la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado; y, el Informe N° 1136-2023-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 de la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, concordante con el artículo 4 de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, establece que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos es la entidad competente para ejercer la regulación notarial y registral y supervisión de fundaciones; Que el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, establece que el