TEXTO PAGINA: 5
5 NORMAS LEGALES Viernes 27 de octubre de 2023 El Peruano / públicas y/o privadas; asimismo, se encuentra facultado a implementar programas de formación continua, siendo que tales facultades se desarrollan en cumplimiento de su normativa interna, así como de la normativa emitida por el Ministerio de Educación, en lo que fuera aplicable; Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2023-MINCETUR, se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Centro de Formación en Turismo-ROF del CENFOTUR; y, la Sección Segunda, se aprueba por Resolución Directoral N° 056-2023-CENFOTUR-DN; Que, el artículo 7 de la Sección Primera del ROF del CENFOTUR establece que el Consejo Directivo es el órgano de gobierno del CENFOTUR y le corresponde aprobar las políticas para la realización de los fi nes y objetivos institucionales, acorde con las Políticas Nacionales del MINCETUR; es, además, tarea del Consejo Directivo velar por el debido desarrollo de los fi nes institucionales. Está integrado por seis (06) miembros y compuesto por: un (01) representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, quien lo preside; un (01) representante de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo-PROMPERÚ; un (01) representante del sector educación, propuesto por el Ministro/a de Educación; y tres (03) representantes del Sector Privado, designados en mérito a sus cali fi caciones profesionales y reconocida trayectoria en la actividad turística o académica. Los miembros del Consejo Directivo, son designados por un período de dos (2) años renovables, salvo aquellos que se realicen para completar periodos al renovar su composición, asimismo, la designación de los miembros del Consejo Directivo que representen al MINCETUR y del sector privado son designados por Resolución Suprema refrendada por el Ministro/a de Comercio Exterior y Turismo, asimismo la designación del representante del Ministerio de Educación se realiza mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro/a de Educación; Que, con Memorándum Nº 1704-2023-MINCETUR/ SG se propone a la señora Madeleine Rosa María Burns Vidaurrázaga, Viceministra de Turismo, como miembro del Consejo Directivo del CENFOTUR en representación de MINCETUR; Que, mediante O fi cio N° 000683-2023-PROMPERÚ/ PE, la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo-PROMPERÚ propone al señor Aldo José Chaparro Luy, Asesor de la Presidencia Ejecutiva de PROMPERÚ como miembro del Consejo Directivo del CENFOTUR en representación de PROMPERÚ; Que, en tal sentido es pertinente designar a los representantes de MINCETUR y de PROMPERÚ ante el Consejo Directivo de CENFOTUR; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modi fi catorias; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419 y otras disposiciones; y, el Reglamento de Organización y Funciones del CENFOTUR, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 001-2023-MINCETUR; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar como miembros del Consejo Directivo del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR, a las siguientes personas: En representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR: - MADELEINE ROSA MARÍA BURNS VIDAURRÁZAGA, quien lo preside.En representación de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ: - ALDO JOSÉ CHAPARRO LUY.Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JUAN CARLOS MATHEWS SALAZAR Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2229184-5 CUL TURA Autorizan la inafectación del IGV a importación solicitada por la Asociación Guarango Cine y Video RESOLUCIÓN SUPREMA N° 019-2023-MC Lima, 26 de octubre de 2023CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Supremo N° 075-97-EF, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 018-2013-EF, se aprueban los requisitos y procedimientos a seguir para autorizar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) en favor de las instituciones culturales; Que, el artículo 1 del mencionado decreto supremo establece que se puede autorizar como operaciones no gravadas con el Impuesto General a las Ventas, entre otras, la importación de material y equipo, excepto vehículos motorizados, destinado exclusivamente al cumplimiento de sus fi nes culturales; Que, asimismo, el artículo 2 del referido decreto supremo dispone que, para la expedición de la resolución suprema que autorice la inafectación del Impuesto General a las Ventas, las instituciones culturales deben adjuntar a su solicitud, copia del documento que acredite la cali fi cación del Ministerio de Cultura; copia literal de la fi cha registral de inscripción de la asociación o fundación en la O fi cina de los Registros Públicos correspondientes; copia de la resolución que acredite su inscripción en el Registro de Entidades Exoneradas del Impuesto a la Renta que lleva la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT; y, el detalle del objeto de la institución cultural de acuerdo con su estatuto; además se señala que, tratándose de importaciones, la inafectación deberá solicitarse cada vez que éstas se realicen; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 055- 2020-MC, el Ministerio de Cultura elimina diecisiete (17) procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo 001-2015-MC, entre ellos, la Prórroga de reconocimiento como asociación cultural; por lo que, el referido reconocimiento tiene actualmente una vigencia indeterminada; Que, a través de la Resolución Directoral N° 0000060- 2021-DGIA/MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio de Cultura otorga el reconocimiento como Asociación Cultural a la Asociación Guarango Cine y Video; Que, mediante la solicitud de ingreso de documentos WEB de fecha 6 de julio de 2023 (Expediente N° 0098843-2023), la citada asociación solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas para la importación de un monitor HDR, marca EIZO, modelo ColorEdge PROMINENCE CG3146, a fi n de mejorar la calidad de imagen y el audiovisual nacional, así como cumplir con