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21 NORMAS LEGALES Viernes 27 de octubre de 2023 El Peruano / como de los documentos sustentatorios requeridos que permiten realizar la segunda transferencia fi nanciera a favor del Gobierno Regional de Ucayali, en el marco de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; Que, mediante Informe Nº 1078-2023/MINEM-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye que corresponde emitir el acto resolutivo que autoriza la segunda transferencia fi nanciera de recursos a favor del Gobierno Regional de Ucayali; Que, en ese sentido, en aplicación de lo señalado en la Ley N° 31638, resulta necesario autorizar la segunda transferencia de recursos del Ministerio de Energía y Minas, hasta por la suma de S/ 100 000,00 (Cien Mil y 00/100 Soles), a favor del Gobierno Regional de Ucayali; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31638, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto; el Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; y, el Decreto Supremo N° 031-2017, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la segunda transferencia fi nanciera de recursos provenientes de la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora N° 001 Ministerio de Energía y Minas – Central del Pliego 016 Ministerio de Energía y Minas, por la suma de S/ 100 000,00 (Cien Mil y 00/100 Soles), a favor del Gobierno Regional de Ucayali, para ser destinada exclusivamente a la Dirección o Gerencia Regional de Energía y Minas, para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, en el marco del proceso de descentralización, de acuerdo al siguiente detalle: Fuente de fi nanciamiento : Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes : (En Soles) 2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional 100 000,00 Artículo 2.- La transferencia señalada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará según el siguiente detalle: A LA: (En Soles) SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADASPliego 462 : Gobierno Regional de Ucayali 100 000,00 Unidad Ejecutora : N° 001 Región Ucayali - Sede CentralUnidad Ejecutora SIAF : N° 0942Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público - CUTRUC : N° 20393066386 Artículo 3 .- Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación y de Gestión celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Ucayali, correspondiente al año 2023. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), en la misma fecha de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH Ministro de Energía y Minas 2229029-1Autorizan viaje de representantes de la Dirección General de Formalización Minera para participar en evento a realizarse en la Confederación Suiza RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 426-2023-MINEM/DM Lima, 25 de octubre de 2023VISTOS: El O fi cio Múltiple N° 237-2023-MINAM/ VMGA/DGCA del 7 de agosto de 2023 del Director General de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente; el Memorando N° 233-2023/MINEM-VMM del Viceministerio de Minas; el Informe Nº 1116-2023-MINEM/DGFM de la Dirección General de Formalización Minera; el Informe N° 423-2023-MINEM/OGPP-OPPIC de la Ofi cina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 249-2023/MINEM-OGPP-OPRE de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 308-2023-MINEM-OGA/OFIN de la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración; el Informe N° 1081-2023-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, señala que una de las funciones del Ministerio consiste en diseñar, establecer y supervisar las políticas nacionales y sectoriales en materia de energía y de minería, asumiendo la rectoría respecto de ellas; Que, el numeral 8.1 del artículo 8 de la referida Ley, menciona que corresponde al Ministerio de Energía y Minas, entre otros, promover la inversión sostenible y las actividades del sector; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y sus normas reglamentarias; Que, mediante O fi cio Múltiple N° 237-2023-MINAM/ VMGA/DGCA del 7 de agosto de 2023 el Director General de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente cursada invitación al Director General de la Dirección General de Formalización Minera para participar en la “Quinta Reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio de Minamata sobre el Mercurio (COP5)”, a realizarse en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 30 de octubre al 3 de noviembre de 2023; Que, con Informe N° 1116-2023-MINEM/DGFM, la Dirección General de Formalización Minera señala que la “Quinta Reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio de Minamata sobre el Mercurio (COP5)” permitirá fortalecer las acciones que el Ministerio de Energía y Minas viene realizando con miras a la implementación del Plan Nacional de Acción para la minería de oro artesanal y de pequeña escala (PLAN MAPE); así como, los servicios de la Política Nacional Multisectorial para la Pequeña Minería y Minería Artesanal al 2030; Que, asimismo, en el citado Informe se menciona que resulta importe la participación del señor Alberto Arturo Rojas Cortegana, Director General de la Dirección General de Formalización Minera, y la señora Milka So fi a Vilca Martínez, Especialista III de Minería Ilegal de la Dirección General de Formalización Minera, en la “Quinta Reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio de Minamata sobre el Mercurio (COP5)” que se realizará en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 30 de octubre al 3 de noviembre de 2023; Que, con Memorando N° 233-2023/MINEM-VMM, el Viceministro de Minas mani fi esta su conformidad respecto a la participación de los dos (2) representantes de la