TEXTO PAGINA: 11
11 NORMAS LEGALES Viernes 27 de octubre de 2023 El Peruano / regionales y de los gobiernos locales, con cargo a recursos del FONDES, creado mediante el artículo 4 de la Ley Nº 30458, en el marco del numeral 4.5 del mismo artículo, del numeral 13.4 del artículo 13 de la Ley Nº 30624, de los numerales 67.1 y 67.2 del artículo 67 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, del Decreto Supremo Nº 132-2017-EF y sus modi fi catorias; y, de acuerdo a las disposiciones que imparta la Comisión Multisectorial del FONDES; Que, el numeral 57.2 del artículo 57 de la Ley Nº 31638, precisa que los recursos a los que se re fi ere el acápite i del literal a) del numeral 57.1, se trans fi eren a través de modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Defensa, a solicitud del INDECI; Que, mediante los O fi cios Nº 000930-2023-INDECI/ JEF INDECI y Nº 000957-2023-INDECI/JEF INDECI, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 5 330 142,00 (CINCO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA MIL CIENTO CUARENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), a favor de sesenta (60) gobiernos locales, para fi nanciar noventa y dos (92) intervenciones priorizadas en el Acta Nº 33 de la Comisión Multisectorial del FONDES, las cuales corresponden a dieciocho (18) actividades de emergencia, a cinco (05) actividades de mitigación y capacidad de respuesta, a sesenta y nueve (69) Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR) de emergencia; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Técnico Nº 000179-2023-INDECI/OGPP de su O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, con los sustentos respectivos; Que, mediante el Memorando Nº 0586-2023- EF/63.04, que adjunta el Informe Nº 0364-2023-EF/63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas remite información sobre el estado situacional de sesenta y nueve (69) IOARR de emergencia, priorizados en el Acta Nº 33 de la Comisión Multisectorial del FONDES, las que se encuentran activas y cumplen con los criterios de no duplicación, ni fraccionamiento; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 5 330 142,00 (CINCO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA MIL CIENTO CUARENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), a favor de sesenta (60) gobiernos locales, para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley Nº 30458, Ley que regula diversas medidas para fi nanciar la ejecución de Proyectos de Inversión Pública en apoyo de gobiernos regionales y locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales; y, en el literal a) del numeral 57.1 y el numeral 57.2 del artículo 57 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; DECRETA:Artículo 1. Objeto1.1. Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 5 330 142,00 (CINCO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA MIL CIENTO CUARENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de sesenta (60) gobiernos locales, para fi nanciar noventa y dos (92) intervenciones priorizadas en el Acta Nº 33 de la Comisión Multisectorial del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), en el marco de lo dispuesto en el literal a) del numeral 57.1 y en el numeral 57.2 del artículo 57 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, de acuerdo al siguiente detalle:DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 006 : Instituto Nacional de Defensa CivilUNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI - Instituto Nacional de Defensa Civil PROGRAMA PRESUPUESTAL 0068 : Reducción de vulnerabilidad y atención de emergencias por desastres PRODUCTO 3000001 : Acciones comunesACTIVIDAD 5006144 : Atención de actividades de emergencia FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.4 Donaciones y transferencias 5 330 142,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 5 330 142,00 ============ A LA: En SolesSECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos LocalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y servicios 2 055 177,00 GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de activos no fi nancieros 3 274 965,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 5 330 142,00 ============ 1.2. El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 1.1 del presente artículo, se encuentran en el Anexo I: “Transferencia de Partidas a favor de diversos gobiernos locales – Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR) de emergencia” y en el Anexo II: “Transferencia de Partidas a favor de diversos gobiernos locales - Actividades de emergencia, de mitigación y capacidad de respuesta”, que forman parte integrante de la presente norma y se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1. El Titular del pliego habilitador y de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario contados desde la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2. La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3. La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los gobiernos locales involucrados elabora las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos.